Reclamación previa a la vía judicial civil.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Reclamación previa a la ví­a judicial civil.

Sin certificado Con certificado Presencial 012

Consejería:

Gobierno

Dirección General:

Gobierno

Descripción:

Requisito previo al ejercicio de acciones fundadas en el derecho privado contra cualquier administración pública

Tipo procedimiento:

Otros

Tipo de Inicio:

Instancia de parte

Tipo de destinatario:

Ciudadanas/os Personas Fí­sicas y Personas Jurí­dicas

Documentación:

Reclamación previa a la ví­a judicial civil.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Durante el plazo de prescripción de la acción civil.

Fecha:

27 de febrero del 2007

Lugar presentación :

Registro general del Gobierno de Cantabria. C/ Peña Herbosa nº 29, 39004, Santander, y demás admitidos en el art. 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Consejero/a competente por razón de la materia objeto de reclamación, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artí­culo 87 y en el apartado 2 del artí­culo 95 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. / Artí­culo 136 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

í?rgano resuelve / Norma atributiva:

Consejero/a competente por razón de la materia objeto de reclamación, salvo las relativas a propiedad y derechos reales que, en todo caso, corresponderán al Consejero/a de Economí­a y Hacienda / Artí­culo 137 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Plazo de resolución:

3 meses.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Desestimatorio.

Vía administrativa:

Agota la ví­a Administrativa.

Recursos:

Demanda ante la jurisdicción civil/plazo de prescripción de la acción civil / Juzgados o tribunales de la jurisdicción civil.

Normativa:

Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R égimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Información al ciudadano:

Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

3786949


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