SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN O CONVALIDACIÓN DEL SISTEMA DE BINGO ELECTRÓNICO

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Autorizar la práctica del juego electrónico y/o convalidar los sistemas de bingo electrónico homologados por los órganos competentes de otras Comunidades Autónomas.

Destinatarios

Empresas titulares de salas de bingo tradicional o las empresas gestoras del sistema de juego.

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Modelo de solicitud de autorización de bingo electrónico (Modelo 720)

Modelo de solicitud de convalidación del sistema de bingo electrónico (Modelo 721)

ORDEN de 22 de julio de 2014 por la que se regula la modalidad de juego del bingo electrónico en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE 145, de 29 de julio de 2014).

Plazo normativo para resolver

Tres meses.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

a) Garantizar el desarrollo independiente de esta modalidad de juego respecto de aquellas otras que se realicen con soportes físicos de cartones de bingo, la no interferencia con el correcto funcionamiento de éstas y de otras modalidades de juego que se practiquen en el interior de la sala.

b) El mantenimiento de las condiciones técnicas de seguridad del establecimiento.

c) Los diferentes elementos y equipos necesarios para la práctica y desarrollo de la modalidad de bingo electrónico, deberán encontrarse homologados por la Dirección General competente en materia de juego. Para la homologación de los sistemas de juego, estos deberán cumplir los siguientes requisitos:

1) Garantizar la seguridad y transparencia del desarrollo del juego, controlando su correcto funcionamiento.

2) Disponer de mecanismos de trazabilidad sobre el registro de operaciones realizadas.

3) Permitir el almacenamiento de los datos de cada partida celebrada, relativos al número de cartones vendidos, el importe total de las ventas, los números extraídos, los cartones premiados y la cuantía de los premios obtenidos.

- Solicitud, a la que se acompañará de la siguiente documentación:

a) Copia autenticada del contrato suscrito con la empresa gestora del sistema de juego suministradora del equipamiento e infraestructura necesarios para el desarrollo en la sala del bingo electrónico.

b) Memoria sucinta elaborada por la empresa gestora del sistema de juego en la que se describa y certifique el correcto cumplimiento de todas las condiciones y funcionalidades que se establecen en la presente Orden para el desarrollo y explotación de la modalidad de bingo electrónico.

Asimismo, en la memoria se describirán las características del área anexa donde se practicará la modalidad de bingo electrónico y se indicará el número de puestos o terminales que se pretendan instalar en el interior de la sala, sin que dicho número de puestos electrónicos pueda superar la proporción de un puesto electrónico por cada cuatro plazas autorizadas a la sala de bingo para la práctica del juego del bingo tradicional.

c) Certificación expedida por la empresa gestora del sistema de juego respecto de todas las combinaciones ganadoras contempladas por el programa de juego incorporado al equipamiento del bingo electrónico que se pretenda instalar.

d) Copia de la resolución de homologación o convalidación del sistema y equipamiento del bingo electrónico que se pretenda instalar en la sala de bingo.

e) Justificante de la constitución de la fianza a la que se refiere el artículo 18 del Reglamento del Juego del Bingo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Si la explotación del bingo electrónico se realizara en varias salas de bingo de manera simultánea se requerirá autorización de la Dirección General competente en materia de juego. A tal efecto, la empresa titular deberá aportar la información y documentación por cada sala de bingo a la que se refiere el presente apartado.

* Si La implantación del bingo electrónico supone una modificación de la autorización de funcionamiento, las empresas titulares de salas de bingo que pretendan explotarla deberán solicitar conjuntamente con la solicitud señalada en el apartado anterior, la correspondiente modificación de la autorización de funcionamiento a la Dirección General competente en materia de juego.

Formularios de solicitud

Modelo de solicitud de autorización de bingo electrónico (Modelo 720)

Modelo de solicitud de convalidación del sistema de bingo electrónico (Modelo 721)

ORDEN de 22 de julio de 2014 por la que se regula la modalidad de juego del bingo electrónico en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE 145, de 29 de julio de 2014).

Director/a. General.

Plazo normativo para resolver

Tres meses.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

í?rgano gestor

DIRECCIí?N GENERAL DE TRIBUTOS
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06800 MERIDA
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