Ayudas para suscripción de pólizas de seguro para hacer frente a las indemnizaciones de los daños ocasionados por accidentes de tráfico provocados por la fauna cinegética procedente de terrenos cinegéticos

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Ayudas destinadas a incentivar la suscripción, por parte de los titulares o adjudicatarios de aprovechamientos de terrenos cinegéticos, de pólizas de seguro para hacer frente a las indemnizaciones que pudieran tener que afrontar por los daños ocasionados en los accidentes de circulación provocados por la fauna cinegética procedente de dichos terrenos.

Requisitos

Tipo de seguro objeto de ayuda

Las pólizas de seguro cuya contratación podrá ser objeto de estas ayudas deberán cubrir el riesgo de daños por accidentes de circulación originados por animales de la fauna cinegética procedente del terreno cinegético y tener como mínimo, las siguientes coberturas:

  1. Límite por siniestro y año de seguro 300.000 euros.
  2. Sublímite indemnización por víctima 150.000 euros.
  3. Franquicia máxima por daños materiales 300 euros

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden los titulares de los terrenos cinegéticos o los adjudicatarios de sus aprovechamientos que suscriban pólizas de seguros por las contingencias y condiciones previstas en el apartado anterior y siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que el terreno cinegético tenga al corriente de pago la matrícula anual y las tasas que esté obligado a abonar y que el solicitante no tenga pendientes de pago tasas en materia de caza que le hayan sido liquidadas, con anterioridad a la finalización del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
  • El terreno cinegético debe tener aprobado y vigente un Plan Técnico de Caza
  • Haber adoptado el titular del terreno cinegético o el adjudicatario del aprovechamiento del coto las medidas previstas en el Plan de Mejoras cinegéticas y prevención de daños contenido en Plan Técnico de Caza aprobado, o en defecto de éstas, las establecidas por la Consejería competente en materia de medio ambiente tendentes a evitar daños por las especies cinegéticas.

En el caso de que el solicitante sea adjudicatario del aprovechamiento cinegético del Coto, la solicitud deberá estar conformada con el visto bueno del titular del mismo. Solo podrá haber un beneficiario de estas ayudas por Coto.

Requisitos

Para obtener las ayudas previstas en la presente Orden, las pólizas de seguro, de duración anual, deberán estar vigentes en el momento de la presentación de la solicitud y cubrir al menos hasta el fin del año en que se solicita la subvención.

Documentación

  • Solicitud
  • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  1. Copia del DNI o NIF del solicitante (si es la primera vez que se solicita o cambia la domiciliación bancaria).
  2. Copia de la ficha de alta de terceros del solicitante, o en su caso, de modificación. (sólo en caso de que no se hubiera presentado con anterioridad). Presentación telemática de la ficha
  3. Documentación relativa a la adjudicación de los aprovechamientos del Coto cuando el solicitante no sea el titular del terreno cinegético.
  4. Copia autenticada de la póliza de seguros y justificante del pago de la prima anual.
  5. Acreditación por parte del titular del Coto de la adopción de las medidas exigidas en el Plan Técnico de Caza o, en su caso, establecidas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, sobre prevención de daños originados por las especies cinegéticas.

En cualquier caso, en lo relativo a la justificación del gasto, se estará a lo dispuesto en los artículos 30 y 31 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Todos los documentos exigidos que no sean originales se presentarán debidamente compulsados, no siendo necesario presentar aquella documentación que ya obre en poder de la Administración.

Modelo de solicitud ( 174.5 Kb)

Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes

    Un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación: 1 de febrero de 2019).

    El plazo se inicia el 2 de febrero y finaliza el 1 de marzo de 2019

  • Plazo de resolución y notificación

    Seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo.

Más información

  • Normativa:

    Orden 13/2006, de 8 de agosto, de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la suscripción de pólizas de seguro para hacer frente a las indemnizaciones de los daños ocasionados por accidentes de tráfico provocados por la fauna cinegética procedente de terrenos cinegéticos y se convocan para el año 2006.

    Resolución 164/2019, de 28 de enero, Texto completo de la Convocatoria 2019

    Resolución 164/2019, de 28 de enero, Extracto de la convocatoria 2019

  • Sentido de silencio (silencio administrativo):

    Según normativa aplicable

  • Recurso que procede:

    Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

      La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

      Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

      Las personas jurídicas que soliciten estas ayudas, o quienes lo representen, están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, y deberán presentar las solicitudes electrónicamente. Si el interesado no dispone de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración , debe tramitar el alta en la dirección web: www.larioja.org/notificaciones, o bien solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico seccioncaza@larioja.org, indicando la dirección de correo electrónico que pretende que se le habilite. A través de esta dirección de correo electrónico se le avisará, con carácter informativo, no vinculante, de las notificaciones que tiene disponibles en la DEH.

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Juan Herrera Ruiz
    • Marta Fajardo González

    Asistencia técnica


    Oficinas de la administración

    Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

    Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño

    Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo

    Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño

    Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo

    Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo

    Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro

    Calle El Mazo 11, 26200, Haro

    Servicio de Comercio

    Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño

    Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas

    Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño

    Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local

    Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño

    Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca

    Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño

    Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada

    Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada

    Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García

    Calle República Argentina 68, 26006, Logroño

    Oficina de Empleo de Logroño

    Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño

    Sección de Coordinación y Promoción Deportiva

    Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.