Ayuntamiento de Albacete

  • REQUISITOS

    • El objeto de la reclamación/demanda se referirá a una materia dentro del ámbito territorial del municipio de Albacete.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Instancia o solicitud formalizada.
    • Voluntariamente, se pueden aportar pruebas gráficas o documentales que se consideren convenientes.

    El plazo para resolver la reclamación/demanda es entre 15 días y 3 meses, dependiendo de la materia

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Instancia General (iniciar).


  • REQUISITOS

    • El objeto de la reclamación/demanda se referirá a una materia dentro del ámbito territorial del municipio de Albacete.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Instancia o solicitud formalizada.
    • Voluntariamente, se pueden aportar pruebas gráficas o documentales que se consideren convenientes.

    El plazo para resolver la reclamación/demanda es entre 15 días y 3 meses, dependiendo de la materia

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Instancia General (iniciar).


  • REQUISITOS

    Haber sido sancionado en materia de tráfico de acuerdo con la Ley sobre Tráfico de circulación de vehículos a motor y seguridad vial o de sus reglamentos.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    Los documentos que estimen convenientes para fundamentar los hechos denunciados.

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana, (iniciar).

  • REQUISITOS

    Haber sido sancionado en materia de tráfico de acuerdo con la Ley sobre Tráfico de circulación de vehículos a motor y seguridad vial o de sus reglamentos.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    Los documentos que estimen convenientes para fundamentar los hechos denunciados.

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana, (iniciar).

  • INFORMACIÓN QUE SE PUEDE SOLICITAR

    El derecho de acceso a la información está sujeto a ciertos límites que tienen como objetivo proteger otros bienes jurídicos que pueden quedar desprotegidos si se da la información. Es decir, los límites existen para proteger información que no debe ser pública porque, si lo fuera, podría dañar a una persona o al interés público.

    Estos límites están tasados en la Ley y son los siguientes:

    - La seguridad nacional

    - La defensa

    - Las relaciones exteriores

    - La seguridad pública

    - La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios

    - La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva

    - Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control

    - Los intereses económicos y comerciales

    - La política económica y monetaria

    - El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial

    - La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    Canales de solicitud

    Presencialcialmente si es una persona física: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: Personas físicas y jurídicas . Acceso a la Sede Electrónica pulsando aquí

  • INFORMACIÓN QUE SE PUEDE SOLICITAR

    El derecho de acceso a la información está sujeto a ciertos límites que tienen como objetivo proteger otros bienes jurídicos que pueden quedar desprotegidos si se da la información. Es decir, los límites existen para proteger información que no debe ser pública porque, si lo fuera, podría dañar a una persona o al interés público.

    Estos límites están tasados en la Ley y son los siguientes:

    - La seguridad nacional

    - La defensa

    - Las relaciones exteriores

    - La seguridad pública

    - La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios

    - La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva

    - Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control

    - Los intereses económicos y comerciales

    - La política económica y monetaria

    - El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial

    - La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    Canales de solicitud

    Presencialcialmente si es una persona física: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: Personas físicas y jurídicas . Acceso a la Sede Electrónica pulsando aquí

  • REQUISITOS

    La ley 8/2013 de 26 de junio de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas (BOE 27 de junio de 2013 ha modificado el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal cambiando las mayorías):


    10.3.b) Cuando así se haya solicitado, previa aprobación por las tres quintas partes de las cuotas de participación, la división material de los pisos o locales y sus anejos, para formar otros más reducidos e independientes; el aumento de su superficie por agregación de otros colindantes del mismo edificio o su disminución por segregación de alguna partes; la construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio, incluyendo el cerramiento de las terrazas y la modificación de la envolvente para mejorar la eficiencia energética, o de las cosas comunes, cuando concurran los requisitos a que alude el artículo 17.6 del texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008 de 20 de junio.

    En estos supuestos deberá constar el consentimiento de los titulares afectados y corresponderá a la Junta de Propietarios, de común acuerdo con aquéllos, y por mayoría de tres quintas partes del total de los propietarios, la determinación de la indemnización por daños y perjuicios que corresponda. La fijación de las nuevas cuotas de participación, así como la determinación de la naturaleza de las obras que se vayan a realizar, en caso de discrepancia sobre las mismas, requerirá la adopción del oportuno acuerdo de la Junta de Propietarios, por idéntica mayoría. A este respecto también podrán los interesados solicitar arbitraje o dictamen técnico en los términos establecidos en la Ley.

    Para la obtención de la autorización administrativa necesaria deberá aportarse la siguiente documentación.


    DOCUMENTACION NECESARIA

    - Documento que acredite, en su caso, la representación.

    - Documento que acredite la titularidad del dominio (la escritura de propiedad de la finca, inscripción registral etc.,) o derecho bastante sobre los locales o fincas.

    - Autoliquidación abonada por prestación del servicio urbanístico (223,94€)

    - Memoria técnica y planos

    - Memoria. Antecedentes (uso al que está destinado el local original, indicando si cuenta con licencia de actividad, si cuenta con obra) y Justificación técnica del cumplimiento POM, accesibilidad, servicios comunitarios, (agua, electricidad, saneamiento, gas, ventilación), vados, etc..

    - Referencia catastral completa

    - Fotografías estado actual de la fachada y del interior.

    - Plano planta estado actual acotado con superficie construida inicial. Indicar accesos y accesibilidad.

    - Plano planta estado actual reformado acotado con superficie de locales resultantes, indicar accesos, accesibilidad.

    - Plano de sección acotado altura libre.

    - Justificación art 5.2.5 apartado 2.1.3. H (Ventilación)

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, 13, (ver mapa)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    La ley 8/2013 de 26 de junio de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas (BOE 27 de junio de 2013 ha modificado el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal cambiando las mayorías):


    10.3.b) Cuando así se haya solicitado, previa aprobación por las tres quintas partes de las cuotas de participación, la división material de los pisos o locales y sus anejos, para formar otros más reducidos e independientes; el aumento de su superficie por agregación de otros colindantes del mismo edificio o su disminución por segregación de alguna partes; la construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio, incluyendo el cerramiento de las terrazas y la modificación de la envolvente para mejorar la eficiencia energética, o de las cosas comunes, cuando concurran los requisitos a que alude el artículo 17.6 del texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008 de 20 de junio.

    En estos supuestos deberá constar el consentimiento de los titulares afectados y corresponderá a la Junta de Propietarios, de común acuerdo con aquéllos, y por mayoría de tres quintas partes del total de los propietarios, la determinación de la indemnización por daños y perjuicios que corresponda. La fijación de las nuevas cuotas de participación, así como la determinación de la naturaleza de las obras que se vayan a realizar, en caso de discrepancia sobre las mismas, requerirá la adopción del oportuno acuerdo de la Junta de Propietarios, por idéntica mayoría. A este respecto también podrán los interesados solicitar arbitraje o dictamen técnico en los términos establecidos en la Ley.

    Para la obtención de la autorización administrativa necesaria deberá aportarse la siguiente documentación.


    DOCUMENTACION NECESARIA

    - Documento que acredite, en su caso, la representación.

    - Documento que acredite la titularidad del dominio (la escritura de propiedad de la finca, inscripción registral etc.,) o derecho bastante sobre los locales o fincas.

    - Autoliquidación abonada por prestación del servicio urbanístico (223,94€)

    - Memoria técnica y planos

    - Memoria. Antecedentes (uso al que está destinado el local original, indicando si cuenta con licencia de actividad, si cuenta con obra) y Justificación técnica del cumplimiento POM, accesibilidad, servicios comunitarios, (agua, electricidad, saneamiento, gas, ventilación), vados, etc..

    - Referencia catastral completa

    - Fotografías estado actual de la fachada y del interior.

    - Plano planta estado actual acotado con superficie construida inicial. Indicar accesos y accesibilidad.

    - Plano planta estado actual reformado acotado con superficie de locales resultantes, indicar accesos, accesibilidad.

    - Plano de sección acotado altura libre.

    - Justificación art 5.2.5 apartado 2.1.3. H (Ventilación)

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, 13, (ver mapa)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    Con carácter general, tener 16 años cumplidos y específicamente los que se establezcan en cada convocatoria.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Solicitud.
    • Resguardo justificativo del pago de la tasa.
    • Certificado de minusvalía y compatibilidad, y adaptación de los medios y tiempos, en su caso (sólo para reserva de minusvalía)
    • Carné de paro o certificado acreditativo (en caso de desempleo).
    • Fotocopia de los méritos alegados (en caso de concurso o concurso-oposición).

    OBSERVACIÓN IMPORTANTE

    este procedimiento tiene vigencia si hay alguna convocatoria de plazas, si no la hubiera no habría apertura de plazo para presentar solicitudes

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    PAGO DE TASAS

    GRUPO
    A1A2C1C2E
    25 €20€15€10€

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana, solo cuando haya bolsa (inactiva).

  • REQUISITOS

    Con carácter general, tener 16 años cumplidos y específicamente los que se establezcan en cada convocatoria.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Solicitud.
    • Resguardo justificativo del pago de la tasa.
    • Certificado de minusvalía y compatibilidad, y adaptación de los medios y tiempos, en su caso (sólo para reserva de minusvalía)
    • Carné de paro o certificado acreditativo (en caso de desempleo).
    • Fotocopia de los méritos alegados (en caso de concurso o concurso-oposición).

    OBSERVACIÓN IMPORTANTE

    este procedimiento tiene vigencia si hay alguna convocatoria de plazas, si no la hubiera no habría apertura de plazo para presentar solicitudes

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    PAGO DE TASAS

    GRUPO
    A1A2C1C2E
    25 €20€15€10€6€

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana, solo cuando haya bolsa (inactiva).

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