Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat

  • Aportación de documentación a un expediente abierto de actividades

    Con este trámite puede presentar documentación requerida en una tramitación de actividades en curso en este ayuntamiento o añadir nueva que crea adecuada..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona que tenga un expediente abierto de actividades en este ayuntamiento y quiera añadir documentación, ya sea por requerimiento previo como por iniciativa propia para complementar su solicitud.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Requisitos
    • Tiene que saber el número de expediente o el número de la instancia con que inició su petición.

    Presentad la documentación que se menciona acto seguido, en las oficinas indicadas.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias), indicando el número de expediente al que quiere añadir la documentación anexa o el número de registro de la instancia con que inició su petición.
    • Cualquier documentación requerida o que quiera aportar por iniciativa propia para complementar su solicitud, incluidas las declaraciones que correpondan de las adjuntas en el apartado Impresos asociados.
    Impresos asociados

    NORMATIVA APLICABLE

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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Asesoramiento a las comunidades de vecinos y vecinas

    Solicitud de cualquier tipo de información o asesoramiento en relación con los derechos y deberes de las personas que conviven en una comunidad de vecinos y vecinas de la ciudad de L'Hospitalet..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    POR TELÉFONO:

    Puede hacer llegar su consulta llamando al teléfono indicado.

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    La Oficina de Gestión de Incidencias llamará al teléfono que indique en su petición con el fin de concretarla.

    Se entra la solicitud en el programa de Gestor de Incidencias de Convivencia y Civismo, se estudia la petición y se envía al servicio del Ayuntamiento que gestiona el apoyo a las comunidades para que le dé respuesta.

    NORMATIVA APLICABLE

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    • Ley de la propiedad horizontal.
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Asesoramiento e información técnica para la elaboración de planes de autoprotección

    Solicitud para recibir soporte en la elaboración del plan de autoprotección de un centro o local.

    Puede pedir el soporte adecuado en relación a todo lo que comporta la elaboración del plan de emergencia, confinamiento, evacuación, medios técnicos para la prevención de siniestros (señales, iluminación, extintores ...) y todos aquellos elementos que dicte la normativa legal vigente..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Puede hacer la solicitud cualquier persona que actúe en representación de la entidad, asociación o empresa interesada.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general
    Impresos asociados

    NORMATIVA APLICABLE

    • Decreto 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas.
    • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Asesoría Formación

    Ofrecemos resolver las dudas o cuestiones que os planteáis en el momento que decidís vuestro itinerario académico, necesario para vuestro futuro profesional. Asesoramos en la formación permanente y de reciclaje..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR TELÉFONO:

    Podeis pedir la cita previa de manera telefónica.

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Pedid cita previa.

    • Oficina Joven

      C. Llobregat n° 127. CP: 08904 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

      Mapa

    MÁS INFORMACIÓN

    La atención en la oficina se hará los jueves de 16 h a 20 h..

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Oficina Joven

      Teléfono: 93 403 69 60

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

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  • Asesoría Movilidad


    La asesoría en movilidad internacional es un servicio de soporte individual para jóvenes en el momento de configurar vuestro proyecto de salida al extrangero, sea por estudios, trabajo, voluntariado, vacaciones o una combinación de estos factores. Ponemos a vuestra disposición la información específica de que disponemos en la Oficina en el ámbito de la movilidad y os proporcionamos la orientación necesaria para utilitzarla de manera autónoma y con la posibilidad de un seguimiento personalizado. .

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR TELÉFONO:

    Es necesario que pidáis cita previa para poder obtener la asesoría en la oficina.

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Pedid cita previa.

    • Oficina Joven

      C. Llobregat n° 127. CP: 08904 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

      Mapa

    MÁS INFORMACIÓN

    Este servicio se hace los lunes de 16:30 h a 20 h..

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Oficina Joven

      Teléfono: 93 403 69 60

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

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  • Asesoría Ocupación

    Ofrecemos un servicio especializado en la resolución de consultas derivadas de la relación laboral, como pueden ser las cláusulas de un contrato, despidos, derechos y deberes laborales, entre otros aspectos. Realizando un seguimiento de estas cuestiones y conflictos.
    Además, realizamos asesoramiento en la investigación de trabajo, acompañándoos en este proceso..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Jóvenes

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR TELÉFONO:

    Es necesario que pidáis cita previa para poder ser atendidos en la oficina.

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Pedid cita previa.

    • Oficina Joven

      C. Llobregat n° 127. CP: 08904 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

      Mapa

    MÁS INFORMACIÓN

    Esta asesoría se ofrece los martes de 10.30h a 14 h y los miércoles de 16 h a 20 h..

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Oficina Joven

      Teléfono: 93 403 69 60

      Horario: De martes a viernes de 10 a 14 h. De lunes a jueves de 16 a 20 h.

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  • Atención a domicilio

    Solicitud de Atención a domicilio.

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    • Personas en situación de dependencia con grado y nivel que contempla la implementación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (BOE 299, 15/12/2006).
    • Personas y/o unidades de convivencia con falta de autonomía personal, que se encuentran por motivos físicos, psíquicos o sociales, con graves dificultades para poder realizar las tareas habituales de la vida cotidiana.
    • Principalmente, personas que viven solas y no tienen apoyo social y/o familiar para atender sus necesidades básicas o que viven con otras personas de no que pueden atender estas necesidades

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    En el momento de la entrevista tiene que aportar la documentación necesaria a la oficina de servicios sociales de su distrito o en su defecto al SIOT.

    Documentación necesaria

    De la persona solicitante:

    • DNI/NIF (original y fotocopia)
    • Informe de salud emitido por el /la médico/a de la red pública de Salud (original)
    • Certificado de ingresos actualizado (original)
    En caso de que la persona solicitante no pueda ir presencialmente habrá que aportar debidamente firmado la Hoja de Autorización para trámites y la Hoja de consentimiento de datos
    Impresos asociados

    MÁS INFORMACIÓN

    El Servicio de Atención a domicilio es un servicio básico de competencia municipal, que forma parte de la Cartera de Servicios Sociales como prestación garantizada.

    El Servicio de Atención a domicilio (SAD) es un conjunto organizado y coordinado de acciones, servicios y técnicas de intervención profesional consistentes en atención personal, doméstica, de soporte psicosocial y familiar, y relaciones con el entorno.

    Las intervenciones del personal profesional tendrán que estar realizadas, programadas, supervisadas y evaluadas por personal profesional calificado..

    PRECIO

    Con copago según precios públicos.

    NORMATIVA APLICABLE

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    • Ley 39/2006 de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. BOE 299, 15.12.2006
    • Ley 12/2007 de servicios sociales. DOGC 4990, de 18.10.2007
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Atención grupal a familiares de persones con enfermedad mental

    Sesiones de trabajo psicológico en grupo con periodicidad quincenal..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Familiares de personas con enfermedad mental que quieren tratar y compartir sus experiencias y dificultades en el ámbito de la convivencia familiar.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Contactad con la oficina de atención presencial correspondiente.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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  • Autoliquidación de la Tasa para la Prestación de Servicios de Intervención Integral de la Administración Municipal en Actividades e Instalaciones (tasa de aperturas)

    Trámite para autoliquidar la Tasa para la Prestación de los Servicios de Intervención Integral de la Administración Municipal en Actividades e Intalaciones (Tasa de aperturas).
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    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Las personas físicas y jurídicas y las entidades del artículo 35.4 de la LGT, titulares de la actividad y/o de la instalación que fundamente la intervención de la Administración.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    Cuando se inicia la actividad.

    Se entenderá iniciada la actividad:
    1. En la fecha de presentación de la solicitud que inicie el correspondiente procedimiento, si el sujeto pasivo la formula expresamente
    2. En las intervenciones municipales iniciadas de oficio o a instancia de persona diferente al sujeto pasivo, en la fecha en que se dicte la resolución de inicio del correspondiente procedimiento.
    3. En otros supuestos de intervención municipal, cuando se inicie la actividad municipal que constituye el hecho imponible.
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    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Vaya a la oficina indicada para obtener el documento para autoliquidar la tasa y, si es la primera vez y, si procede, se deberà autoliquidar conjuntamente con la tasa de recogida de basuras de comercio, industria y actividades profesionales.

    Documentación necesaria

    1. Personas físicas

    • Si es el/la titular :

    NIF/NIE (original)

    • Si es el/la representante del titular:

    Autorización firmada por la persona titular
    NIF/NIE del/de el titular (fotocopia)
    NIF/NIE del/de la persona representada (original y fotocopia)

    • Documento 036 o documento CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) o declaración de alta o modificación del IAE (original y fotocopia)
    • Fotocopia del documento de cesión, suscrito por ambas partes, con las firmas debidamente reconocidas.
    2. Personas jurídicas
    • Si es el/la representante de una empresa, entidad u otra persona jurídica:

    Autorización de la representación sellada por la empresa o fotocopia de la escritura donde conste el administrador/a o apoderat/da que autoriza y, si ocurre, la fotocopia de la escritura de poderes.
    CIF de la empresa (fotocopia)
    NIF/NIE de la persona representante (original y fotocopia)

    • Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (original y fotocopia) donde conste el domicilio fiscal actual.
    • Autorización de representación en caso de que la persona que declara no se corresponda con el administrador o apoderado de la sociedad
    • Documento 036 o documento CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) o declaración de alta o modificación del IAE (original y fotocopia)
    • Fotocopia del documento de cesión, suscrito por ambas partes, con las firmas debidamente reconocidas.
    Deberá saber los datos necesarios para la elaboración de la autoliquidación como la identificación del local (si hay), m2, kW, actividad que se desarrollará... por ejemplo con contrato de alquiler, escritura de propiedad, recibo del impuesto sobre bienes inmuebles...
    Impresos asociados

    MÁS INFORMACIÓN

    Igualmente y si procede, deberá presentar la declaración de alta del IAE delante del AEAT..

    PRECIO

    Según las ordenanzas fiscales vigentes..

    TIEMPO DE RESPUESTA

    La hoja de autoliquidación se da en el momento de hacer la solicitud.

    NORMATIVA APLICABLE

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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Ã?rgano de Gestión Tributaria.

  • Autoliquidación de la tasa de recogida de basuras del comercio, la industria y las actividades profesionales

    Declaración de alta donde la persona obligada a pagar la tasa de la recogida de residuos provenientes del comercio, industria y actividades profesionales hace, por sí misma o asistida, el cálculo de la cuota diferencial para determinar e ingresar el importe de la deuda tributaria o, si es el caso, la cantidad que resulte a retornar o compensar por parte del ayuntamiento..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Las personas físicas o jurídicas que ocupen o utilicen locales situados en las vías públicas donde se presta el servicio, ya sea a título de propietario, usufructuario, arrendatario o precario.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    En el momento en que inicia una actividad económica..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Presente la documentación necesaria en cualquiera de las oficinas indicadas.
    Si es necesario, tendrá que autoliquidar también la tasa de aperturas y/o el impuesto sobre actividades económicas.

    Documentación necesaria
    • Si es persona física: DNI o tarjeta de residencia (original y fotocopia).
    • Si es persona jurídica: Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad donde conste el domicilio fiscal actual, junto con el DNI o tarjeta de residencia del administrador/a o apoderado/a de la sociedad. Tiene que acreditar, documentalmente, la representación de la sociedad (original y fotocopia de todos los documentos).
    • En el caso de representación, aporte la autorización de representación firmada por la persona solicitante acompañada de una fotocopia del documento de identidad de ésta y el original de la persona autorizada.
    • Documento 036 o documento CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) o declaración de alta o modificación del IAE. Lo puede obtener en la web de la Agencia Tributaria (original y fotocopia).
    • Documento de cesión, suscrito por ambas partes, con las firmas debidamente reconocidas (fotocopia).
    • Contrato de alquiler o escritura de propiedad (fotocopia)
    • Si escoge el sistema de pago fraccionado, documento donde figure el número de cuenta bancaria firmado por el titular (original y fotocopia).
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    • Si es fa el pagament de l'autoliquidació en el període voluntari, s'arxiva l'autoliquidació sense més tràmit.
    • Si no es fa el pagament en el període voluntari es passa a la Recaptació Executiva perquè s'iniciï el tràmit del cobrament amb el recàrrec corresponent.

    MÁS INFORMACIÓN

    Exenciones
    • No se presentará declaración de alta/autoliquidación en el supuesto de locales de superficie inferior a 50 m2 , salvo locales destinados a cafés, bares, restaurantes, establecimientos de hostelería, de venta al por mayor y al detalle de comestibles y talleres de reparación de vehículos.
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    PRECIO

    Según las ordenanzas fiscales vigentes..

    TIEMPO DE RESPUESTA

    Inmediato.

    NORMATIVA APLICABLE

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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Ã?rgano de Gestión Tributaria.

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