2002130-Declaración de bien de interés cultural (BIC)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramita por Internet

Consiste en

Obtener la declaración de un bien del patrimonio cultural como bien de interés cultural (BIC).

Requisitos

  1. Haber autorización expresa del propietario, en caso de obras de arte de autores vivos, excepto en el caso de inmuebles u obras de arte que formen parte integrante de los mismos y obras de arte instaladas en espacios públicos o adquiridas por las Administraciones públicas.

  2. Haber transcurrido 30 años desde su construcción, en caso de inmuebles, excepto en casos de excepcional interés suficientemente acreditado o previa autorización expresa de su propietario.

  3. Incoación previa de expediente administrativo, iniciado de oficio por la Consejería con competencias en materia de Cultura, bien por propia iniciativa o a petición de parte.

  4. Informe favorable y motivado del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias y de, al menos, 2 de las siguientes instituciones consultivas:

    • las Reales Academias,
    • el Consejo Superior de Investigaciones Científicas,
    • la Universidad de Oviedo y las restantes universidades españolas y extranjeras,
    • el Real Instituto de Estudios Asturianos, o
    • la Academia de la Llingua Asturiana.

Necesitas

  1. Informe detallado sobre su estado de conservación y, en el caso de bienes inmuebles, una propuesta de delimitación del entorno afectado por su protección.

  2. Informes técnicos necesarios, elaborados desde las distintas disciplinas científicas aplicables a la naturaleza del bien, que justifiquen el interés relevante que reviste, acompañados de una completa documentación gráfica.

  3. Certificado Digital o DNI electrónico

Te interesa saber

  1. BIEN DE INTERÉS CULTURAL

    Los bienes más relevantes del patrimonio cultural de Asturias que, por su valor singular, se declaren como tales mediante decreto del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

  2. EFECTOS DE LA INCOACIÓN DE EXPEDIENTE DE DECLARACIÓN

    • Se anotará preventivamente en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Asturias dependiente de la Consejería de Educación y Cultura.
    • La aplicación provisional del régimen de protección previsto para los bienes de interés cultural.
    • Suspensión de las licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas y de los efectos de las ya otorgadas, en caso de bienes inmuebles.

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

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  1. BOPA
  2. BOE
  3. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

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Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Código: 2002130

Más información

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Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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