Actuaciones en Áreas de Prevención de Riesgo de incendios (APR de incendios)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Para realizar determinadas obras o instalacions en zonas delimitadas como Áreas de Prevención de Riesgo de incendios (APR de incendios), según los planes territoriales insulares, es preceptivo obtener un informe previo favorable de la Consejería de Medio Ambiente y Movilidad, Dirección General de Biodiversidad.

Personas destinatarias

Ayuntamientos y otras administraciones públicas, particulares

Plazo máximo para la resolución y notificación

.

Silencio administrativo

Según normativa aplicable

Forma de inicio

Instancia de parte o de oficio

Fin de la via administrativa

No

Normativa del procedimiento

Órgano competente para resolver

Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad

Simplificación documental

En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

1. Llenar la solicitud - instancia en modelo normalizado y entregar, junto con una copia del proyecto y otra información que se considere relevante, en el registro de la Consejería de Medio Ambiente y Movilidad.

2. Estudio por parte de los técnicos de la Dirección General de Biodiversidad del riesgo de incendio que implica la realización del proyecto. Si lo consideran necesario propondrán cambios y medidas correctoras para evitar o disminuir el riesgo de incendio. Si se considera que el riesgo que comporta la ejeccución del proyecto no es asumible ni siquiera adoptando medidas preventivas y correctoras se podrá redactar un informe negativo a la ejecución del proyecto.

3. Entrega del informe, favorable o no, al solicitante.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

El periodo de solicitud es todo el año.

Se tiene que presentar:

- Solicitud/instancia en modelo normalizado.

- Copia del proyecto de las obras y / o las instalaciones.

Una vez realizada el informe la documentación se devolverá.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo

Tel.: 971176666 - Fax: 971176678

(forestal@caib.es)


Oficinas de la administración

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Plaça Porta de Santa Catalina 10, 07012, Palma

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Tel. 971504279

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Calle Reina Esclaramunda 9, 07003, Palma

Tel. 971175600

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Tel. 971713628

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