Ministerio de Economía y Empresa

      • Descripción: El Protectorado de Fundaciones Bancarias tramita diversos procedimientos: están sometidos a un régimen de autorización previa del Protectorado los actos de enajenación, onerosa o gratuita, o de gravamen de los bienes y derechos que formen parte de la dotación y de los directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales; están sometidos a un régimen de comunicación, los actos sobre bienes y derechos que no formen parte de la dotación o que no se encuentren directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales relacionados en el Reglamento; el Patronato elaborará y remitirá al Protectorado, en los últimos tres meses de cada ejercicio, un plan de actuación, en el que quedarán reflejados los objetivos y las actividades que se prevean desarrollar durante el ejercicio siguiente; la remuneración de patronos y auto-contratación exige autorización del Protectorado; En el supuesto de títulos valores que formen parte de la dotación o estén directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales y coticen en un mercado secundario oficial, el Patronato podrá solicitar al Protectorado la autorización para enajenar en cualquier momento a lo largo del ejercicio los valores que se detallen en la solicitud o los que vengan a sustituirlos; se exige comunicación al Protectorado en caso de que el Patronato acuerde la modificación de los estatutos de la Fundación siempre que resulte conveniente en interés de la misma, que podrá hacer salvo que el fundador lo haya prohibido; el Patronato comunicará trimestralmente al Protectorado las enajenaciones de valores cotizados que haya efectuado, previa obtención de la correspondiente autorización otorgada por el propio Protectorado. Este podrá revocar la autorización cuando las operaciones sean lesivas para los intereses de la Fundación, sin perjuicio de la eficacia de las operaciones ya efectuadas; las fundaciones, siempre que no lo haya prohibido el fundador, podrán fusionarse previo acuerdo de los respectivos Patronatos, que se comunicará al Protectorado; Cuando el Patronato acuerde extinguir la Fundación por haberse realizado íntegramente el fin fundacional, por resultar imposible su realización o por concurrir cualquier otra causa prevista en el acto constitutivo o en los estatutos, deberá solicitar la ratificación del Protectorado; las Fundaciones deben remitir al Protectorado las Cuentas Anuales, que serán aprobadas por el Patronato en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio, sin que pueda delegarse esta función en otros órganos de la Fundación; tanto los desembolsos como los aumentos ; la Ley exige que la aceptación de legados con cargas, de donaciones onerosas o remuneratorias y la repudiación de herencias, donaciones o legados sin cargas sea comunicada al Protectorado en el plazo máximo de diez días hábiles siguientes; igualmente, el Protectorado de fundaciones tiene atribuida la función de asesoramiento a fundaciones que se encuentran en proceso de constitución así como a las ya inscritas, sobre su régimen jurídico, económico-financiero y contable. Asimismo, las fundaciones pueden presentar o solicitar otros documentos; las Fundaciones Bancarias remitirán igualmente un Informe Anual de Gobierno Corporativo.
      • Código: 272903
      • Dirigido a: Empresa
    • Acceso a la aplicación de solicitud

      • Descripción: El Punto de Información Único recoge la información sobre los sitios web de las diferentes Administraciones Públicas que informan sobre los permisos, licencias u otros procedimientos aplicables, necesarios para el despliegue de redes de comunicaciones electrónicas. Más adelante, el Punto de Información Único ofrecerá mayores funcionalidades, incluyendo la posibilidad de que los operadores de telecomunicación puedan consultar los puntos de contacto de los operadores de todos los sectores y Administraciones Públicas, a los que dirigirse para solicitar acceso a sus infraestructuras susceptibles de alojar redes de comunicaciones electrónicas con el fin de desplegar redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad. Igualmente, se podrá solicitar información sobre obras civiles previstas o en curso que realicen los operadores de todos los sectores y Administraciones Públicas, sobre las que solicitar un proceso de coordinación para desplegar las redes antes mencionadas. También, el Punto de Información Único ofrecerá los enlaces a las direcciones web mencionadas en el anterior párrafo. Por último, servirá como enlace al que comunicar la información antes mencionada por parte los operadores de todos los sectores y Administraciones Públicas, que son los sujetos obligados según Real Decreto 330/2016, de 9 de septiembre, relativo a medidas para reducir el coste del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad.
      • Código: 215675
      • Dirigido a: Empresa / Administración
    • Acceso a la aplicación de solicitud

      • Descripción: Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral mantienen a disposición de los ciudadanos el censo actualizado para su consulta permanente, que puede realizarse a través de los Ayuntamientos, Consulados, o en la propia Delegación Provincial en la que está inscrito el ciudadano así como telemáticamente a través de la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (url: https://sede.ine.gob.es/censo_electoral ). El ciudadano que quiera reclamar sobre los datos de inscripción en el censo electoral debe presentar una reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la provincia en la que está inscrito.
      • Código: 1017741
      • Dirigido a: Ciudadano
      • Tipología: Registros y Censos
    • Acceso a la aplicación de solicitud

      • Descripción: En periodo electoral, los ayuntamientos y consulados están obligados a mantener un servicio de consulta de las listas electorales vigentes de sus respectivos municipios y demarcaciones durante un plazo de ocho dias a partir del sexto día posterior a la convocatoria de elecciones. Dentro de este plazo, cualquier persona puede formular reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (de su provincia de inscripción), sobre sus datos de inscripción en dicho Censo.
      • Código: 1017742
      • Dirigido a: Ciudadano
      • Tipología: Registros y Censos
    • Acceso a la aplicación de solicitud

      • Descripción: Inspección de las actividades de los operadores respecto a las que tenga competencia sancionadora. En materia de inspección técnica, CNMC puede solicitar actuación del MINETUR. Potestad sancionadora respecto a determinadas infracciones muy graves, graves y leves establecidas en la LGTel. El precedimiento es el aplicable con carácter general a la actuación de las Administraciones Públicas. Incluyen la realización de todo tipo de actos y trámites procedimentales, incluida la práctica de la prueba, la imposición de sanciones y la adopción de medidas cautelares.
      • Código: 688017
      • Dirigido a: Empresa
      • Tipología: Tributario
    • Acceso a la aplicación de solicitud

      • Descripción: Una vez cumplimentada la solicitud, esta podrá presentarse, acompañada de la documentación justificativa de los requisitos exigidos: – En cualquiera de las sedes nacionales o territoriales de las Corporaciones convocantes, de forma presencial o por correo certificado. – A través de la Sede Electrónica del Ministerio de Economía y Empresa, en la que se indicará al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas como Órgano Administrativo destinatario. En este caso, se adjuntará tanto el PDF de la solicitud como los archivos necesarios para justificar los requisitos exigidos en la convocatoria. Una vez recibida la solicitud en el ICAC, este Organismo la remitirá para su tramitación a la Corporación elegida por el solicitante. Esta forma de presentación requiere que el solicitante tenga un certificado electrónico reconocido (FNMT o DNI Electrónico), o acceso mediante el servicio de identificación Cl@ve. La ruta para acceder a la instancia genérica es la siguiente: https://sede.mineco.gob.es/portal/site/sede/icac Pestaña «servicios comunes» Opción «Instancia genérica». – En cualquiera de los lugares a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
      • Código: 223880
      • Dirigido a: Ciudadano
      • Tipología: Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
    • Acceso a la aplicación de solicitud

      • Descripción: Los electores inscritos en el CERA (Censo electoral de los electores residentes-ausentes que viven en el extranjero) vigente para unas elecciones, que deseen ejercer su derecho a votar en las mismas, deben formular la solicitud de voto, mediante impreso oficial dirigido a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la provincia correspondiente a su municipio de inscripción. Está operativo el servicio que permite la presentación telemática de la solicitud de voto de los electores inscritos en el CERA para unas elecciones. Este procedimiento solo está vigente en periodo electoral.
      • Código: 410473
      • Dirigido a: Ciudadano
      • Tipología: Registros y Censos
    • Acceso a la aplicación de solicitud

      • Descripción: Los electores que prevean que en la fecha de la votación no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho de voto, o que no puedan personarse, pueden emitir su voto por correo, previa solicitud a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de su provincia de inscripción. El formulario de solicitud se puede cumplimentar vía web a través de la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística y así imprimir las copias necesarias para su posterior presentación en una oficina de Correos de España. Además, en periodo electoral, en la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística se habilita el servicio "Consulta del estado de tramitación de las solicitudes de voto por correo".
      • Código: 1017743
      • Dirigido a: Ciudadano
      • Tipología: Registros y Censos
    • Acceso a la aplicación de solicitud

      • Descripción: Las entidades aseguradoras y reaseguradoras están obligadas a someter a la aprobación de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones un Plan de recuperación y/o un Plan de financiación a corto plazo cuando detecten la existencia de alguna de las situaciones de deterioro de su situación financiera por insuficiencia con respecto al capital de solvencia obligatorio o al capital mínimo obligatorio, respectivamente
      • Código: 206161
      • Dirigido a: Empresa
      • Tipología: Inspectora
    • Acceso a la aplicación de solicitud

      • Descripción: Autorizar el uso temporal de equipos radioeléctricos que no hayan evaluado la conformidad y que se pueden presentar en ferias comerciales, exposiciones y actos similares siempre que se indique visiblemente que no pueden comercializarse, ponerse en servicio; teniendo en cuenta que su uso no tiene que causar interferencias perjudiciales, perturbaciones electromagnéticas, riesgos para la salud o seguridad de las personas, animales domésticos o bienes.
      • Código: 215027
      • Dirigido a: Ciudadano / Empresa
      • Tipología: Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
    • Acceso a la aplicación de solicitud

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.