Región de Murcia

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Regular el uso de desfibriladores externos semiautomáticos por personal no médico.

    Acreditar al personal no médico para que puede hacer uso de estos aparatos en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    La Consejería de Salud acreditará a las personas que hayan superado los cursos de formación inicial y continuada en reanimación cardiopulmonar básica y desfibrilación semiautomática, para la utilización de los aparatos desfibriladores externos semiautomáticos. Para ello, las entidades públicas o privadas autorizadas por la Consejería de Salud para impartir el curso de formación remitirán una relación con las personas que hayan superado el curso, incluyendo los documentos siguientes:

    • Memoria del curso de formación.
    • Hoja de control de asistencia (firmas) de los alumnos.
    • Encuestas de satisfacción.
    • Copia de los exámenes teóricos y/o prácticos realizados.
    • Declaración responsable de impartición del curso según normativa y normas de calidad vigentes.

    Esta acreditación tendrá un período de vigencia de dos años y tendrá que renovarse antes de su vencimiento mediante la superación de la formación continuada.

    La no superación o no participación en el curso de formación continuada dará lugar a la caducidad de la acreditación.

    Se admitirán las acreditaciones de haber realizado los cursos de formación en otras Comunidades Autónomas de acuerdo con su normativa o regulación específica o los impartidos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con anterioridad a la entrada en vigor el Decreto nº 349/2007, de 9 de noviembre.

    Excepciones a la necesidad de acreditación por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia:

    Podrán utilizar aparatos desfibriliadores externos semiautomáticos quienes estén en posesión de una titulación oficial reconocida en España, en cuyo programa de estudios se incluyan las materias relacionadas en el Anexo del Decreto 349/2007, de 9 de noviembre.

    Así mismo podrán utilizar desfibriladores externos semiautomáticos aquellas personas que hayan sido habilitadas para ello por otra Comunidad Autónoma o Estado Miembro de la Unión Europea y presenten declaración responsable en tal sentido, previa al inicio de su actividad, emitida en los términos del artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Regimen Jurídico de las Administraciones públicas y Procedimiento Administrativo cumún.

    En la Carta de Servicios de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
    "5 La acreditación inicial o renovación para la utilización de desfibriladores semiautomáticos externos será emitida en un plazo inferior a 45 días desde que se reciba la solicitud (Procedimiento 5461).”

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Personal no médico para que pueda hacer uso de estos aparatos en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
    Entidades públicas o privadas acreditadas por la Consejería de Salud para impartir los cursos de formación regulados en el Anexo del Decreto 349/2007, de 9 de noviembre.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Entidad formadora debe estar acreditada por la Consejería de Salud o ya habilitada en otra CCAA u estado miembro de la Unión Europea.

    Realizar la solicitud de acreditación en el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la CARM.

    SOLICITUD DE ACREDITACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DE DEFIBRILADORES SEMIAUTOMATICOS EXTERNOS

    • Declaración responsable
      (Obligatorio / No original)
      Declaración responsable de impartición del curso según normativa y normas de calidad vigentes, según modelo normalizado.
    • Relación
      (Obligatorio / No original)
      Relación de las personas que hayan superado el curso de formación.
    • Memoria
      (Obligatorio / No original)
      Memoria del curso de formación según modelo normalizado.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A SALUD
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Información adicional sobre recursos

    Recurso que cabe interponer: alzada.Plazo de interposición: un mes, a contar desde el dia siguiente a la notificación de la Resolución.Organo competente: Consejera de Salud.Recurso que cabe interponer: Contencioso Administrativo.Plazo de interposición: Dos meses; contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución del recurso de alzada, o de la fecha en que deba entenderse producido el silencio administrativo.Organo competente: Jurisdición Contencioso Administrativa de Murcia.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Acreditar a las oficinas de farmacia de la región para la preparación de sistemas personalizados de dispensación.

    No aplicable a:

    - Medicamentos higroscópicos y fotosensibles.

    - Comprimidos dispersables.

    - Efervescentes o sublinguales.

    - Jeringas, jarabes, pomadas.

    - Cuando lo diga la ficha técnica.

    Los farmacéuticos que quieran elaborar SPD en las oficinas de farmacia de la Región de Murcia deberán realizar el curso de formación necesario para la acreditación, reconocido por la Consejería de Salud de la Región de Murcia.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    - Titulares de oficinas de farmacia y herederos legales

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE SALUD
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    - Personal:

    El farmacéutico titular de oficina de farmacia es responsable del programa de SPD. Dentro de la estructura de la oficina de farmacia, ha de haber un farmacéutico acreditado responsable del control del SPD tanto a nivel asistencial como técnico. El técnico o auxiliar de la oficina de farmacia puede participar en la elaboración del blíster pero la comprobación final ha de ser verificada por un farmacéutico.

    - Equipamiento y utillaje:

    ? Zona de atención personalizada.

    ? Zona de preparación y reacondicionamiento.

    ? Zona de almacenamiento.

    ? Material básico para la elaboración del SPD.

    Sistema manual o informático para archivar la documentación.

    Requisitos posteriores

    En caso de que, por motivos diversos (baja por enfermedad, cambio de puesto de trabajo, etc.) la farmacia no tenga ningún farmacéutico formado, el titular lo deberá comunicar al Colegio y resolver esta situación en la mayor brevedad posible. Mientras dure esta situación no podrá preparar blister de SPD.

    El farmacéutico también puede tramitar la baja el programa de manera voluntaria mediante documento normalizado.

    Solicitud de acreditación para proporcionar sistemas personalizados de dosificación (SPD) en oficina de farmacia

    • Declaración responsable
      (Obligatorio / Original)
      declaración responsable en la que se indicará que en su oficina de farmacia se utilizan SPD y que cumplen los PNT establecidos en el Curso de formación recibido.
    • Comunicación
      (Obligatorio / Original)
      Comunicación por parte del titular de la oficina de farmacia, de los farmacéuticos que forman parte de la oficina de farmacia, con el diploma del curso de formación en preparación de SPD impartido por el COFRM o por entidades formativas reconocidas por la Consejería de Salud.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Facilitar a los agricultores y ganaderos la presentación de sus solicitudes de ayudas y otras documentaciones incluidas dentro de la Política Agraria Común (PAC) a través de los programas informáticos puestos a disposición por la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, que les guíen en la elaboración de las mismas y facilite su cumplimentación, habiéndose determinado que para poder tener acceso a dicha herramienta, la persona física o jurídica, debe ser Entidad Colaboradora de la Consejería Agua, Agricultura y Medio Ambiente.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

    Personas físicas o jurídicas que deseen ser colaboradores de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente para la elaboración de solicitudes de ayudas de la PAC.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Sujeto a convocatoria

    Plazo de Presentación

    Abierto
    • Presentación de solicitud: 01/01/2019 hasta 31/12/2019

    Para el año 2019 el plazo de presentación de cualquiera de los tipos de solicitud contemplados en el Decreto es desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de dicembre de 2019 ininterrumpidamente.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Presentar una solicitud y cumplir las siguientes obligaciones:

    1) No facilitar su código de Entidad Colaboradora y custodiarlo debidamente.

    2) Elaborar las solicitudes de ayuda y demás documentos conforme a la legislación aplicable.

    3) Atender en un plazo máximo de 10 días las demandas de esta Consejería relativas a la subsanación de solicitudes u otra documentación que no pueda ser leída y capturada o que se haya enviado con errores.

    4) Disponer de los medios personales y técnicos suficientes y, en concreto, disponer de dirección de correo electrónico donde, en su caso, se realizarán las notificaciones de los procedimientos.

    5) Subsanar las deficiencias de las solicitudes presentadas con anterioridad a la comunicación de renuncia o a la fecha de finalización de la vigencia de su acreditación.

    6) Asistir y superar los cursos que para las ECCAs organice la Consejería de Agricultura y Agua.

    7) Tener suscrito un seguro de responsabilidad civil con el que responder ante los posibles perjuicios causados a los interesados.

    8) Realizar cualquier otra actuación que, en el marco de este Decreto, le sea requerida por la Consejería de Agricultura y Agua.

    Solicitud de Acreditación,Alta o Baja,como Entidad colaboradora en el Programa DEMETER

    • Estatutos
      (Obligatorio / Original)
      Copia de estatutos en caso de persona jurídica.
    • Relación
      (Obligatorio / Original)
      Relación de personas (NIF, apellidos y nombre) que realizarán las solicitudes.
    • Certificado
      (Obligatorio / Original)
      Acreditar estar en posesión de Seguro de Responsabilidad Civil, mediante un certificado conforme al modelo que se adjunta en Anexo 1, de las Ordenes de plazos que se publican todos los años en el mes de diciembre.
    • Escritura de apoderamiento o poder de representación
      (Obligatorio / Original)
      Poder de Representación
    • Consulta de Datos de Identidad (*)
    • Servicio de Consulta de Copia Simple. Registro Electrónico Poderes Notariales. (*)
    • Servicio de Consulta de Subsitencia de Poderes Notariales. (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Aquellas personas físicas o jurídicas que realicen su propia solicitud o generen sus propios documentos incluidos en la PAC, no tendrán la consideración de ECCA pero podrán solicitar el programa informático Démeter para tal cometido mediante la presentación del Anexo 2.
    La cumplimentación de solicitudes de ayuda u otros documentos a terceras personas así como no hacer uso de su código durante un periodo de 3 años, conllevará la baja de su código Démeter.
    Les serán de aplicación todos los preceptos de la presente norma excepto la obligatoriedad de disponer de un seguro de responsabilidad civil y asistir y los cursos de formación.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: SECRETARIO/A GENERAL AGUA,AGRIC,GANAD.PESCA Y M.A.

    Plazo de resolución: 2 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Dar de alta a las Entidades colaboradoras, en el Registro de Entidades de Formación, a los efectos de poder llegar a impartir formación profesional para el empleo, así como acreditar y/o inscribir en el registro de las entidades de formación del SEF

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades y Administración.

    Entidades interesadas en ser Entidades de Formación acreditadas y/o inscritas en el Registro de Entidades de Formación del SEF, a efectos de poder impartir formación profesional para el empleo.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
    SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Para la acreditación y/o inscripción de las entidades de formación, en la especialidad o especialidades formativas de que se trate, aquellas deberán disponer de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica para impartir la formación, tanto teórica como práctica, así como la calidad de la misma.

    Cuando la formación esté dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad, las entidades de formación deberán reunir, para su acreditación y el mantenimiento de ésta, los requisitos especificados en la normativa reguladora de los correspondientes certificados de profesionalidad. Respecto de las demás especialidades formativas, tales requisitos serán los especificados en el Catálogo de Especialidades del Servicio Público de Empleo Estatal.

    • Plano
      (Obligatorio / Original)
      Plano de situación del centro y plano de planta indicando aulas, despachos de dirección, secretaría, sala de profesores, talleres, servicios higiénicos-sanitarios y demás servicios, con la codificación a la que se hace referencia en la página siguiente.
    • Código de identificación fiscal: CIF
      (Obligatorio / Original)
      Fotocopia del Número de Identificación Fiscal de la entidad. En el supuesto de que la entidad solicitante sea una Comunidad de Bienes, o agrupación sin personalidad jurídica propia, se aportará fotocopia del NIF de todos y cada uno de sus miembros.
    • Licencia de actividad
      (Obligatorio / Original)
      Fotocopia compulsada de la Licencia de apertura urbanística del Ayuntamiento. Estarán exentos de la presentación de la mencionada licencia los centros dependientes de la Administraciones Central, Autonómica y Local.
    • Designación
      (Obligatorio / Original)
      Acreditación suficiente de la representación, cuando se trate de personas jurídicas, o se actúe en representación de comunidades de bienes. En el caso de entidades que tengan acceso a Registros Públicos (Registro Mercantil, Registro de Cooperativas, Registro de Asociaciones, Registro de Fundaciones, etc.) se deberá presentar certificado actualizado al respecto emitido por el Registro correspondiente.Junto con la solicitud de alta o modificación de centro de formación, se aportará la siguiente documentación:
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      Acreditación de delegación o sucursal de la entidad domiciliada en la Región deMurcia, mediante declaración del representante legal, indicando el domicilio, así como el horario de atención al público. Se presentará cuando el domicilio social de la entidad esté fuera de la Región.
    • Acreditación
      (Obligatorio / Original)
      En el caso de persona jurídica, fotocopia del documento de constitución de la empresa o asociación que acredite su personalidad jurídica, debidamente inscrito en el registro correspondiente y de aquellos posteriores necesarios para acreditar la personalidad jurídica, objeto social y composición y titularidad de los órganos.
    • Licencia municipal de apertura
      (No obligatorio / No original)
      Fotocopia compulsada de la Licencia de apertura urbanística del Ayuntamiento. Estarán exentos de la presentación de la mencionada licencia los centros dependientes de la Administraciones Central, Autonómica y Local.
    • Documentación que acredite la existencia, y en su caso, la legal constitución de la empresa
      (No obligatorio / No original)
      En el caso de persona jurídica, fotocopia del documento de constitución de la empresa o asociación que acredite su personalidad jurídica, debidamente inscrito en el registro correspondiente y de aquellos posteriores necesarios para acreditar la personalidad jurídica, objeto social y composición y titularidad de los órganos.
    • Designación/autorización de representación
      (No obligatorio / No original)
      Acreditación suficiente de la representación, cuando se trate de personas jurídicas, o se actúe en representación de comunidades de bienes. En el caso de entidades que tengan acceso a Registros Públicos (Registro Mercantil, Registro de Cooperativas, Registro de Asociaciones, Registro de Fundaciones, etc.) se deberá presentar certificado actualizado al respecto emitido por el Registro correspondiente.Junto con la solicitud de alta o modificación de centro de formación, se aportará la siguiente documentación:
    • Certificados de actos inscribibles al registro de asociaciones de la CARM (*)

    (*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION

    Plazo de resolución: 6 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

    Información adicional sobre recursos

    Contra la Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer Re
    curso de Alzada ante el Excmo. Presidente del Servicio Regional de Empleo y Form
    ación, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la notifi
    cación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/
    1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
    del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de e
    nero, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer, en su caso, cualquier
    otro que estime procedente.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Verificar el estado de ejecución de una operación subvencionable de una concurrencia de ayudas del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca que concluye con el levantamiento de un acta de inspección.

    Hay tres tipos de acta de inspección:

    1.- Acta de No Inicio, en el caso de que el proyecto no haya comenzado.

    2.- Acta de Estado de Evolución, en el caso de que el proyecto haya comenzado.

    3.- Acta Fin de Obras, en el caso de que el proyecto haya concluido.

    Se trata de comprobaciones in situ según el procedimiento establecido en el manual de calidad de la inspección del Servicio de Pesca y Acuicultura (ISO 9001).

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Solicitantes de las ayudas en materia de pesca y acuicultura del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
    DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DEL MEDIO MARINO (A14028782)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    En función del tipo de acta solicitada:

    1.- Acta de No Inicio. Los derivados de la normativa de subvenciones del FEMP (Procedimiento 1395).

    2.- Acta de Estado de Evolución. Que se haya levantado Acta de No Inicio.

    3.- Acta Fin de Obras. Que se haya levantado Acta de No Inicio y ser beneficiario de una ayuda FEMP.

    Actas en materia de subvenciones del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP)

    • Memoria descriptiva
      (No obligatorio / No original)
      Solamente en el caso 1, en el supuesto de Acta de No Inicio. Memoria descriptiva de la inversión a realizar en la que se incluya una estimación económica de la operación, así como el lugar o lugares de ejecución.
    • Descripción de las actividades o material
      (No obligatorio / No original)
      Solamente en el caso 2, en el supuesto de Acta de Estado de Evolución. Descripción de los elementos que se solicita inspeccionar, así como el lugar o lugares de ejecución.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

    Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

    Modelos para solicitudes
    Lugares presentación

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PROD.AGRIC.GANAD Y MED. MARINO

    Plazo de resolución: 10 Día/s natural/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene / De oficio: No tiene

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

    Normativa

  • Convocatoria cerrada temporalmente.

    Información general

    Unidad orgánica responsable

    Teléfonos de Información

    012 desde la Región de Murcia

    968 362 000

    • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
      • Consejería de Educación y Universidades
        • Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad

    Código y denominación

    0480 - Actividad "Conoce las elecciones al Parlamento Europeo"

    Objeto

    Convocar la realización de la actividad “Conoce las Elecciones al Parlamento Europeo”, con la finalidad de acercar el alumnado a la Unión Europea y a los mecanismos de participación democrática.

    Destinatarios

    Ciudadanía y Empresas.

    Documentación

    Solicitud según modelo normalizado

  • Información general

    Unidad orgánica responsable

    Teléfonos de Información

    012 desde la Región de Murcia

    968 362 000

    • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
      • Consejería de Educación y Universidades
        • Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad

    Código y denominación

    0453 - Actividad "Visita el Aeropuerto"

    Objeto

    Convocar la actividad “Visita el aeropuerto” para el curso escolar 2014-2015.

    Destinatarios

    Empresas.

    Podrán participar en el programa, los centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que cumplan con los requisitos recogidos en la base cuarta de esta Resolución.

    Requisitos

    Requisitos de los centros.-

    Para participar en el Programa tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

    1. Designar un/a profesor/a como coordinador.

    2. Incluir el Programa en los documentos de organización del centro.

    3. Solicitar la participación del centro en Plumier XXI indicando los profesores y grupos adscritos. Ruta: Plumier XXI siguiendo la ruta Centro -> Mantenimientos Varios -> Programas de centro.

    Documentación

    • Solicitud según modelo normalizado

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Regular las actividades de ocio y tiempo libre en el territorio de la Región de Murcia en las que participen 10 o más jóvenes, con edades comprendidas entre 12 y 30 años, cuando su ejecución requiera la pernoctación mínima de tres noches consecutivas fuera del domicilio habitual de los participantes.

    DECLARACIÓN RESPONSABLE

    En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 69 de la Ley 39/2015, de 01 de Octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Decreto nº 80/2013, de 26 de julio por el que se regulan las actividades de ocio y Tiempo Libre en el territorio de la Región de Murcia, el organizador realiza y suscribe bajo su responsabilidad la siguiente declaración responsable:

    Declara que cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente para realizar la actividad que se informa, y que dispone de los documentos que así lo acreditan; comprometiéndome a mantener su cumplimiento durante el periodo de la misma, y poner a disposición de la autoridad competente, durante su desarrollo, la documentación indicada en el artículo 4.

    En particular Declara, que:

    • Cuenta con el equipo técnico y los medios necesarios e idóneos para el desarrollo de la actividad.
    • Las actividades se desarrollarán en las condiciones medioambientales, de seguridad e higiénico sanitarias requeridas. Se suscribirán las pólizas de seguro exigibles, que estarán vigentes durante el tiempo de realización de la actividad.
    • En su caso, el centro o instalación donde se desarrolla la actividad reúne los requisitos exigidos por la normativa que le sea de aplicación de acuerdo a su denominación y características.
    • Conoce el plan de evacuación de la instalación o instalaciones donde se va a realizar la actividad, o en su caso, dispone de un plan de emergencia elaborado para esta actividad.

    EFECTOS

    La comunicación previa y declaración responsable, permitirán el inicio de la actividad, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección, que tengan atribuidas las Administraciones Públicas, así como la obtención, en su caso, de los permisos necesarios. La comunicación y declaración responsable deberán presentarse con una atención mínima de 15 días antes del inicio de la actividad.

    INFORMACIÓN LEGAL

    La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a esta Comunicación / Declaración o la no presentación de la misma ante la Administración competente determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Cualquier modificación que se produzca respecto de la situación anterior, deberá comunicarse a la Dirección General competente en materia de Juventud de la CARM, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuida la Administración Pública.

    INSPECCIONES

    -La Administración Regional podrá realizar las Inspecciones y aplicar las sanciones que, en su caso correspondan, conforme a lo establecido en el Capítulo I del Título IV y Capítulo II del citado Título IV de la Ley 6/2007, de 4 de abril, de Juventud de la Región de Murcia.

    CARTA DE SERVICIOS

    En la Carta de servicios de la Dirección General de Juventud figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
    “1. Mantener un porcentaje de quejas anuales inferior al 5% con respecto al número de usuarios atendidos en todos los servicios objeto de la Carta de Servicios”.

    Destinatarios

    Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

    Organizador de actividades: personas físicas y jurídicas, públicas o privadas que desarrollen actividades de ocio y tiempo libre.

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    La comunicación de inicio de actividad con declaración responsable se deberá presentar como mínimo 15 días antes del inicio de la actividad comunicada.

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
    DIRECCION GENERAL DE JUVENTUD (A14028777)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    Realizar la comunicación previa de inicio de la actividad y declaración responsable de cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto nº 80/2013, 26 de julio, por el que se regulan las actividades de ocio y tiempo libre en el territorio de la Región de Murcia.

    Requisitos establecidos:

    • Disponer de un Programa de actividades.
    • Las instalaciones fijas y las zonas de acampada donde se realicen las actividades deberán reunir los requisitos exigidos por la normativa que le sea de aplicación de acuerdo a su denominación y características.
    • Disponer de un equipo técnico compuesto por: un/a Director/a y un monitor por cada 10 participantes, si son menores de 18 años, y uno por cada 15, en el caso de que fueran mayores de edad y que éste cumpla con sus obligaciones.
    • Disponer de un plan de emergencia donde conste la información sobre situaciones de riesgo, sistema de aviso y plan de evacuación.
    • Disponer de un botiquín de primeros auxilios.
    • Disponer de seguros de responsabilidad civil y de accidentes.
    • Autorización escrita y firmada por la persona que tenga la patria potestad o tutela de los participantes menores de edad.
    • Declaración responsable sobre datos de salud de los participantes, firmada por el participante o por la persona que tenga la patria potestad o tutela, en el caso de los menores de edad.
    • Garantizar que las actividades se desarrollen en condiciones higiénico-sanitarias, medioambientales, de seguridad y educativas idóneas.
    • Las actividades que se desarrollen en espacios al aire libre no se podrán desarrollar en:

    a) En terrenos situados en ramblas, lechos secos o torrenteras de ríos y en los susceptibles de ser inundados, así como, en aquellos otros en los que se observen grandes dificultades de evacuación o por cualquier causa resulten peligrosos o insalubres.

    b) A menos de 100 metros de los márgenes de cauces fluviales, carreteras o vías de ferrocarril.

    c) En las proximidades de industrias molestas, insalubres, nocivas o peligrosas.

    d) En terrrenos por los que discurran líneas de alta tensión.

    Actividades Juveniles de Ocio y Tiempo Libre en el Territorio de la Región de Murcia

    • Comunicación
      (Obligatorio / Original)
      Presentar la comunicación previa de inicio de actividad y declaración responsable, según Modelo de Solicitud anexo. Si los datos comunicados son modificados por el organizador, éstos deben ser comunicados antes del inicio de la actividad mediante la presentación de la Comunicación previa de inicio de actividad y declaración, marcando la casilla correspondiente, en el mismo modelo de solicitud anexo.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Solicitar Presencialmente

    • Cumplimentación manual

      La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE JUVENTUD

    Plazo de resolución: 0

    Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene

    Normativa

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Proveer, en régimen de interinidad, plazas vacantes correspondientes a todos los cuerpos docentes de los centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

    1.- Modo

    La participación en el proceso de asignación de vacantes al personal integrante de las listas del personal interino se hará a través de la zona privada del portal educativo www.educarm.es, mediante la misma contraseña que se utiliza para el correo electrónico de Educarm, siguiendo las instrucciones del manual que se adjunta como anexo.Dicho manual podrá ser actualizado periódicamente para realizar mejoras técnicas sin necesidad de nuevas resoluciones.

    En el enlace para obtener la instancia se mantendrá la versión vigente del manual.

    2.- Medios informáticos.

    Los centros educativos, los centros de profesores y la propia Consejería de Educación, Formación y Empleo pondrán a disposición de los interesados medios informáticos suficientes para asegurar su participación en el procedimiento.

    3.- Periodicidad.

    Los actos de adjudicación se convocarán, ordinariamente, los lunes de cada semana, con excepción de los periodos vacacionales, y extraordinariamente, cuando las necesidades de los centros educativos lo requieran.

    4.- Incorporación a los destinos obtenidos.

    El personal interino se personará en el centro en que haya obtenido el destino, poniéndose a disposición del director que le dará las indicaciones oportunas para su incorporación al puesto adjudicado.

    Destinatarios

    Empresas y otras Entidades.

    Personal integrante de las listas de personal interino de todos los cuerpos docentes

    Tramitación inmediata

    No

    Periodicidad

    Continuo

    Plazo de Presentación

    Abierto

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCION GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RECURSOS HUMANOS (A14028762)

    No existen requisitos específicos

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

  • Información Básica

    Requisitos

    Documentación

    Presentación Solicitudes

    Tasas

    Resolución, Recursos y Normativa

    Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
    012 y 968 362 000

    Objeto

    Se ha resuelto el procedimiento mediante Orden de 16 de diciembre de 2013. (BORM nº 7 de 10/01/2014)

    Realizar actuaciones para el desarrollo del Plan regional de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y reducción del abandono escolar.

    1.- Periodo de las actividades.

    Las actividades se realizarán entre el 1 de septiembre de 2013 y el 30 de junio de 2014.

    2.- Modalidades y cuantías.

    a) Modalidad primaria, con 159.000 euros:

    proyecto de actuación de centros públicos de educación primaria que recoja una o varias actuaciones para la prevención del absentismo escolar.

    b) Modalidad secundaria obligatoria, con 300.000 euros:

    proyecto de actuación de centros públicos de educación secundaria obligatoria que recoja una o varias actuaciones para la prevención del absentismo escolar y/o una o varias actuaciones para la reducción del abandono escolar.

    En caso de no adjudicarse la cuantía máxima prevista a una de las modalidades, la cuantía sobrante podrá destinarse a la otra modalidad.

    3.- Objetivos generales y proyecto de actuación.

    Artículo 5 de la convocatoria.

    4.- Criterios para la valoración.

    a) Porcentajes relativos a:

    • alumnado del centro con necesidad especifica de apoyo educativo,
    • alumnado matriculado en el curso que le corresponde por su edad,
    • alumnado que promociona en relación al total del alumnado matriculado,
    • alumnado que promociona de curso con evaluación positiva en todas las áreas,
    • alumnado repetidor,
    • alumnado del centro con más de 20% de faltas de asistencia y
    • alumnado del centro que abandona el sistema educativo sin obtener la titulación básica obligatoria.

    Hasta 20 puntos.

    b) Contexto socioeconómico del centro y necesidades derivadas,

    • necesidad y oportunidad de las actuaciones,
    • innovación y calidad del proyecto,
    • coherencia, viabilidad y concreción de las actuaciones propuestas,
    • adecuación a las necesidades del alumnado,
    • relación y relevancia del proyecto con los planes educativos del centro,
    • complementariedad de las actuaciones previstas con los programas y medidas existentes en el centro,
    • profesorado implicado y coordinación del mismo,
    • propuesta de evaluación del proyecto, y
    • concreción y ajuste del presupuesto económico a las actuaciones educativas que se van a realizar.

    Hasta un máximo de 30 puntos.

    c) Los importes de las ayudas no podrán superar la cantidad máxima de 12.000 euros por centro educativo.

    5.- Resolución de la convocatoria.

    Se realizará mediante Orden del Consejero de Educación Universidades y Empleo, y se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería y en el portal telemático Educarm.

    Se abrirá un plazo de diez días para formular alegaciones.

    6.- Retirada de la documentación.

    La documentación relativa a los proyectos que no resulten seleccionados podrá ser retirada de las dependencias del Servicio de Atención a la Diversidad por el director del centro educativo o persona autorizada, en el plazo de 3 meses desde la publicación de la resolución definitiva.

    7.- Seguimiento y evaluación de los proyectos.

    La Consejería de Educación, Universidades y Empleo realizará el seguimiento de los proyectos de actuación seleccionados.

    Los centros educativos remitirán a la Consejería de Educación, Universidades y Empleo antes del 30 de julio de 2014 una memoria en la que se describan las actuaciones desarrollas y los gastos realizados.

    8.- Obligaciones de los centros seleccionados.

    Artículo 10 de la convocatoria.

    Destinatarios

    Administración.

    Los centros docentes públicos, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

    Tramitación inmediata

    No

    Plazo de Presentación

    Cerrado

    Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

    REGIÓN DE MURCIA
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

    Requisitos de solicitud o iniciación

    a) Que impartan las enseñanzas de la educación primaria o de la educación secundaria obligatoria.

    b) Cumplir los requisitos que a los centros les resulten de aplicación de entre los establecidos, con carácter general, en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Modelos e información para solicitudes

    Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

    Solicitar Electrónicamente.

    Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

    Información adicional para trámites

    Ayuda a la presentación electrónica

    • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

      Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
      Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
      El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

    • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

      El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

    • Consulta del estado de un expediente

      Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

    Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

    Resolución

    Forma de inicio: Por el interesado

    Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

    Plazo de resolución: 3 Mes/es

    Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

    Recursos

    Recursos que proceden ante la Administración Regional
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
    Recursos que proceden ante la Administración Justicia
    Tipo de recurso Ante quién va dirigido
    Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

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