Informe de arraigo para solicitar la residencia temporal por circunstancias excepcionales

Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración

Informe necesario para solicitar una autorización de residencia temporal por arraigo, cuando la persona extranjera no tiene vínculos familiares o en caso de existir no los pueda demostrar.

Se hará constar en el informe:

  • El tiempo de permanencia del interesado en su domicilio.
  • Los medios de vida con los que cuenta.
  • El grado de conocimiento de las lenguas de uso.
  • La inserción en las redes sociales de su entorno
  • Los programas de inserción sociolaboral de institutos públicos o privados en los que haya participado.
  • Otras situaciones que puedan determinar su grado de arraigo.

¿Qué puede hacer?

Puede solicitar un informe de arraigo para obtener la residencia temporal por circunstancias excepcionales.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

Puede ir a cualquier oficina de atención ciudadana y recoger el formulario de petición o también puede obtenerlo en el siguiente enlace:

Una vez rellenado y firmado, deberá presentar la petición en cualquier oficina de atención ciudadana, acompañada de la documentación necesaria.

Si tiene alguna consulta puede contactar con el Punto de Informes de Arraigo

Después

  • Recibida la documentación, el Ayuntamiento verificará los datos aportados y acordará una entrevista con el interesado para poder realizar un informe.

  • Este informe será enviado, junto con la documentación y la solicitud a la Secretaría de Igualdad, Migraciones y Ciudadanía de la Generalitat de Catalunya que, en un plazo de 30 días hábiles (a contar desde la entrada en su registro) resolverá y notificará vía SMS al interesado la resolución, así como la oficina de recogida de la misma. En caso de no pasar a recogerla, se enviará por correo certificado a la dirección de notificaciones del interesado.

¿Quién lo puede pedir?

La persona extranjera empadronada en Barcelona, que pueda acreditar una residencia continuada en España de más de 3 años.

Documentación

Todos los documentos deberán ser compulsados, por este motivo podrán presentar fotocopias compulsadas o bien originales y fotocopias para la compulsa de:

Documentación personal:

  • Pasaporte (de las páginas donde figuran los datos personales y de caducidad) vigente de la persona solicitante.
  • NIE (en caso de tener).
  • Volante de residencia que acredite los 3 últimos años de empadronamiento continuado en el estado español.

Documentación acreditativa de del pago de la tasa de la Generalitat de Catalunya:

  • Comprobante de la tasa pagada.

Documentación acreditativa de la vivienda, en caso de tener:

  • Escritura de propiedad o contrato de alquiler.
  • Otros títulos que puedan fundamentar el derecho de uso (contrato de trabajo que especifique el uso de la vivienda, escritura pública que reconozca el derecho, etc.)

Documentación acreditativa de los medios económicos:

  • Un contrato (o contratos del mismo sector de actividad), con vigencia de un año. El contrato deber ser de jornada de 40 horas semanales si es un único contrato o un mínimo de 30 horas semanales en cómputo global, si aporta más de un contrato. El contrato debe estar firmado por ambas partes.

Documentación acreditativa de los vínculos familiares, en caso de tener:

  • Aquella documentación que pueda acreditar estos vínculos.

Otra documentación, en caso de tener:

  • Justificación de colaboración en redes sociales.
  • Justificación de participación en cursos o programas de inserción socio-laboral.
  • Justificación de participación en cursos o programas de inserción cultural (conocimientos de la sociedad catalana).
  • Certificado de asistencia a cursos de conocimientos lingüísticos.

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

Plazo para emitir el informe: 30 días hábiles a contar desde la entrada de docuimentación en el registro de la Generalitat.

Plazo de validez del informe: 3 meses a contar desde la fecha de firma que conste.

Precio

    Tasa informe de arraigo para solicitar la residencia temporal por circunstancias excepcionales: 21,00 euros.

    Las solicitudes que no se acompañen de la fotocopia compulsada del justificante de pago no serán admitidas a trámite.

Organismo responsable


Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE L'EIXAMPLE

Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA

Calle Ramelleres, 17, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010


Preguntas frecuentes

¿Cómo demuestro arraigo social?
¿Dónde puedo pedir el informe de arrigo social en Barcelona?
el curso de parla.cat en modalidad libre
¿Cuánto tiempo debo llevar en Barcelona para pedir el informe de arraigo social?
¿Dónde entrego el informe de arraigo social en Barcelona?
¿Qué es el arraigo social?
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.