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Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Educación para la Salud

Apertura de temporada de piscinas de uso colectivo 2019


La Concejalía de Salud del Ayuntamiento de Fuenlabrada desarrollará durante los meses de verano, el Programa de Vigilancia y Control de Aguas recreativas del municipio. El objetivo de este programa es reducir el riesgo de accidentes y posibles enfermedades asociadas al uso y disfrute de estas instalaciones.
Para cumplir este objetivo, además de la inspección y análisis del agua de las piscinas, es fundamental la educación de los usuarios y el correcto funcionamiento de las instalaciones. Los titulares de las instalaciones (presidentes de las Comunidades de Propietarios en su caso) son los responsables del correcto mantenimiento y uso de las piscinas.

Para tramitar la comunicación de apertura
de temporada de piscinas de uso colectivo en el año 2019, deberán presentar 15 días antes de la apertura y desde el 15 de mayo al 22 de junio de 2019, en el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, la siguiente documentación:
Impreso de comunicación de apertura temporada de piscinas 2019 (pdf)

  • Análisis físico-químico y microbiológico, inicial del agua de los vasos, según Anexo II del Decreto 80/1998, de 14 de mayo, de la Comunidad de Madrid que regula las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo y que incluirá como parámetro el ácido isocianúrico para garantizar la calidad del agua tras el tratamiento de invernaje.
  • Comunicación del titular de la instalación de que la misma reúne las condiciones establecidas en normativa Declaración responsable (pdf)
  • CIF o NIF del titular de la instalación, si la Comunidad de Propietarios es de nueva creación o se realizó cambio de titular.
  • NIF del Presidente de la Comunidad de Propietarios.
  • Tratamiento de Desinfección, Desinsectación y Desratización por empresa autorizada. (Plan de control de plagas por empresa autorizada)
En las instalaciones y a disposición de la inspección sanitaria, deberán tener la siguiente documentación:
  • Original del contrato de los socorristas y documentación acreditativa de su formación como socorristas acuáticos.
  • Original del contrato y titulación del médico y/o DUE, si procede.
  • Ficha técnica de los productos químicos que se utilicen en el tratamiento del agua.
  • Documento que acredite que los kits usados en los controles de agua de la piscina, cumplen la norma UNE-ISO 17381 u otra norma o estándar análoga que garantice un nivel de protección de la salud, al menos, equivalente.
Los Libros de Registro de Control Sanitario podrán descargarlos en el siguiente enlace:
Libro registro de control sanitario de piscinas (pdf)
Se recuerda que deben cumplimentar diariamente y al menos dos veces al día, los parámetros exigidos y que dichos libros estarán, en todo momento, a disposición de las Autoridades Sanitarias.
En cumplimiento del artículo 23 del Decreto 80/1998, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo en la Comunidad de Madrid, los titulares de las instalaciones deberán presentar, antes del 10 de agosto, un segundo control analítico (físico-químico y microbiológico) del agua de todos los vasos de la piscina que se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, dirigido a la Concejalía de Salud.
Si el análisis inicial no presentaba incumplimientos este segundo análisis se podrá realizar, según establece el Anexo I del R.D. 742/2013, de 27 de septiembre.
En cumplimiento del Real Decreto 742/2013 de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas:
  • Las piscinas tipo 1 y tipo 2 deberán realizar análisis mensuales del agua según Anexo I y deberán presentar los resultados antes del día 15 de cada mes a través del Registro General de Entrada del Ayuntamiento.

La ausencia de socorrista acreditado durante el horario de funcionamiento de la instalación, conllevará la suspensión cautelar de la actividad.

Se les recuerda que las deficiencias higiénico-sanitarias y estructurales detectadas en inspecciones realizadas en temporadas anteriores, deberán ser subsanadas antes de la reapertura anual de la piscina.
Para reducir los riesgos de proliferación de insectos que, con su picadura, pueden transmitir enfermedades como la leishmaniasis, solicitamos su colaboración para que se realice un correcto mantenimiento de las instalaciones de su comunidad de propietarios, especialmente:

1. Realizando un correcto mantenimiento de las zonas ajardinadas.
2. Evitando la acumulación de restos vegetales de poda o siega, eliminando las composteras, evitando la acumulación de escombros.
3. Realizando un correcto mantenimiento de: sótanos sanitarios, instalaciones de piscinas, muros (cerrar huecos o grietas), sistema de alcantarillado interior.
4. Evitando la acumulación de escombros.
5. Evitando el riego excesivo de las zonas ajardinadas.
6. En caso necesario realizar tratamientos de desinsectación utilizando los servicios de empresas autorizadas y personal técnico formado.

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