Actividad-Terraza Veladores-Modificación de una Concedida

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

¿Cuándo iniciar el trámite?

Documentación a aportar

Medios de contacto

¿Dónde solicitarlo?

Plazo de tramitación

Precio y forma de pago

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciacion

Requisitos

Subsanación

Organismo resolutor

Observaciones

Más información

Se solicita la Modificación de una Terraza de Veladores que tenga una Autorización ya Concedida anteriormente, con o sin cerramiento estable, y Quioscos de Hostelería, con excepción de los recintos de las ferias y festejos populares. Este aprovechamiento se puede conceder en terrenos de titularidad y uso público y en terrenos de titularidad y uso privado, mediante la ocupación temporal o permanente con sillas, mesas, veladores anejas a establecimiento hostelero ubicado en inmueble, locales o quioscos.

Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes de terrazas de veladores, de funcionamiento anual o estacional y las renovaciones anuales, en suelos de titularidad y uso público o privado, deberán presentarse desde el 1 de Noviembre al 31 de Diciembre del año anterior.

Las solicitudes para la instalación de cerramientos estables de terrazas de veladores se someterán al mismo plazo de solicitud.

Las solicitudes para modificar una Terraza de Velador con Autorización Concedida pueden presentarse en el momento que decida el interesado.

Los plazos anteriores se establecen sin perjuicio de que los establecimientos de nueva implantación, tras la obtención de la oportuna licencia, puedan efectuar la solicitud para el resto del año natural pendiente o, en su caso, para el período estacional o lo que reste del mismo.

Podrá ser solicitada para alguno de los siguientes períodos de funcionamiento:
- Estacional, que comprenderá desde el 1 de Abril al 31 de Octubre.
- Anual, que se corresponderá con el año natural.

Esta solicitud de Modificación de Terraza de Veladores por duplicado, cumplimentada y firmada.

- Documentación a aportar: la indicada en la solicitud, según su caso.

Concejalía de Actividades.
Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
Teléfonos: 91.605.24.72.
Fax: 91.698.18.13.
Horario de Atención: Los Lunes y Miércoles, de 09:00 a 14:00 horas.

Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
- Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

El plazo de tramitación es de 45 Días

Liquidación de la Tasa: se enviará por correo certificado.
Abono de la Tasa:
- Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
- En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
- En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

1) Tarifas en Suelo de Titularidad Pública:

a- Terraza de Velador con Cerramiento Estable.

Tarifa Anual por cada m2 o fracción y categoría calle:
1ª: 53,68€ 2ª: 41,76€ 3ª: 30,37€ 4ª: 29,19 € 5ª: 28,02€

b.- Terrazas de Velador.

Tarifa Anual por cada m2 o fracción y categoría calle:
1ª: 48,87€ 2ª: 35,84€ 3ª: 26,07€ 4ª: 19,55€ 5ª: 19,55 €
Tarifa Estacional por cada m2 o fracción y categoría calle:
1ª: 36,01€ 2ª: 26,41€ 3ª: 19,20€ 4ª: 14,40€ 5ª: 14,40€

2) Tarifas en Suelo de Titularidad Privada:

a.- En suelo de titularidad privada, y acceso público:

Tarifa Estacional por cada m2 o fracción y categoría calle:
1ª: 36,01€ 2ª: 26,41€ 3ª: 19,20€ 4ª: 14,40€ 5ª: 14,40€
Tarifa Anual por cada m2 o fracción y categoría calle:
1ª: 48,87€ 2ª: 35,84€ 3ª: 26,07€ 4ª: 19,55€ 5ª: 19,55€

b.- En suelo de titularidad privada, y acceso privado:

Tarifa Estacional por cada m2 o fracción y categoría calle:
1ª: 18,01€ 2ª: 13,21€ 3ª: 9,60€ 4ª: 7,21€ 5ª: 7,21€
Tarifa Anual por cada m2 o fracción y categoría calle:
1ª: 24,44€ 2ª: 17,92€ 3ª: 13,03€ 4ª: 9,77€ 5ª: 9,77€

- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ordenanzas de Tributos y Precios Municipales.

- Ley General tributaria (Art.33).

- Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de bases de Régimen Local (Art.4 y 106).

- Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales (Art.15-19).

- Ordenanza Municipal Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería.

- Ley 25/1998, de 13 de Julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas estatales y locales.

Actividades
A petición del interesado

Períodos de funcionamiento:
- Estacional, que comprenderá desde el 1 de Abril al 31 de Octubre.
- Anual, que se corresponderá con el año natural.

Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

Área de Urbanismo, Actividades, Seguridad Ciudadana, Movilidad y Nuevas Tecnologías

Política de Privacidad

a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

Descarga de documentos

Actividades-Modificación o Renovación Terraza Veladores Concedida

Registro Electrónico


Oficinas de la administración

Ayuntamiento De Parla

P.ind San Jose, 5 , Parla , 28980

Tel. 916051249

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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