Compulsa de Documentos

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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La compulsa de documentos es el acto de cotejar una copia con el documento original para determinar su exactitud. El objetivo es evitar a los administrados el tener que desprenderse de documentos que puedan necesitar para otros fines, facilitándoles el cotejo de las copias, para que éstas surtan los efectos de los originales.

A quién está dirigido

Cualquier persona.

Cómo hacerlo

NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

Presencialmente

Para compulsar un documento deberá aportar a la Oficina de Información del Ayuntamiento el documento original y fotocopia del mismo.

El precio de la compulsa está recogido en el punto 7 del artículo 5 de la Ordenanza reguladora de las tasas por los documentos que expidan o que entienda la administración municipal o autoridades municipales a instancia de parte.

Observaciones

El artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPA), en su apartado c) establece que los ciudadanos tienen derecho a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento. Lo que significa que la compulsa de documentos se refiere a documentos que han de surtir efectos en la Administración municipal, por lo que el Ayuntamiento no está obligado a compulsar documentos que hayan de producir sus efectos en otras Administraciones.
Conviene resaltar que diferentes organismos están habilitados para realizar las compulsas, generalmente de forma gratuita, de los documentos que deban entregarse en los mismos (Seguridad Social, Xunta de Galicia, Institutos de enseñanza, Policia, Hacienda, Universidad, Juzgado, Sergas).
Estarán exentos de la tasa de compulsa de documentos:
1. Compulsa de documentos necesarios para acceder al mercado laboral las personas desempleadas empadronadas en Vigo.
2. Las personas interesadas en procedimientos de selección de esta Administración Municipal para trabajos no incluidos en ofertas de empleo público.
3. Compulsa de documentos que habían sido solicitados por investigadores, estudiantes y organizaciones no gubernamentales sin afán de lucro, así como los servicios prestados para proveer los interesados de documentación necesaria para tener acceso a prestaciones sociales. En el caso de investigadores se acreditará el interés, investigación o estudio a realizar.

Oficinas

  • Oficina de Información

    Ayuntamiento de Vigo
    Plaza do Rey 1
    36202 - Vigo
    Teléfono: 986 810 127
    Email: ofi.informacion@vigo.org

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

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