Inscripción en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria
El Registro de la Propiedad sirve para inscribir y dar publicidad a la propiedad de los bienes inmuebles y de los derechos que recaen sobre los mismos.
Nota Simple: La nota simple tiene valor puramente informativo y no da fe del contenido de los asientos, sin perjuicio de la responsabilidad del Registrador.
Certificación: Las certificaciones son copias, transcripciones o traslados, literales o en relación, del contenido del Registro, que -previo su tratamiento profesional por el Registrador-, constituyen el medio de acreditar fehacientemente la situación hipotecaria de las fincas y derechos.
A quién está dirigido
Los Registros son públicos para quienes tengan interés conocido en averiguar el estado de los bienes inmuebles o derechos reales inscritos. El interés se presume en toda autoridad, empleado o funcionario público que actúe por razón de su cargo u oficio.
Cómo hacerlo
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Existen dos medios de solicitar, y obtener, una nota simple o una certificación:
- Por escrito en soporte papel. Solicitándola en persona, en el Registro de la Propiedad correspondiente.
- Por Internet.
Observaciones
Puede encontrar más información en la página web del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España




