Autorización de almacenes de distribución de materias primas veterinarias

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener la autorización sanitaria necesaria para operar un almacén de distribución de materias primas veterinarias en la Comunidad de Madrid.

¿Quién puede solicitarlo?

Almacenes de distribución de materias primas veterinarias.

Requisitos principales

  • Disponer de la autorización sanitaria para el funcionamiento del almacén.

Plazos

Plazo indefinido.

Duración del trámite

Tres meses (plazo máximo para notificar la resolución expresa).

Información adicional

Para ampliar la información, se puede contactar al Área de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios (Calle Aduana, 29, 1ª planta – 28013 Madrid), a través de los teléfonos 91 370 28 27 / 23 / 16 o por correo electrónico a control.farmaceutico@salud.madrid.org.

Resumen

Este trámite es necesario para que los almacenes de distribución de materias primas veterinarias obtengan la autorización sanitaria obligatoria para su funcionamiento en la Comunidad de Madrid.

Quién puede usar este servicio:

Almacenes de distribución de materias primas veterinarias.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  1. Solicitud (disponible al tramitar).
  2. Documentación especificada en el formulario.

Costes:

Este trámite requiere el pago de tasas.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparación: Reúne la documentación necesaria y abona la tasa correspondiente.
  2. Solicitud: Presenta la solicitud de forma electrónica o presencial.
    • Electrónica: Descarga y cumplimenta el formulario, y preséntalo a través del registro electrónico (requiere firma electrónica).
    • Presencial: Preséntala en los lugares habilitados (consulta si es necesaria cita previa).
  3. Notificaciones: Si eliges la notificación electrónica, asegúrate de tener una dirección electrónica habilitada en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
  4. Consulta: Una vez registrada la solicitud, puedes consultar el estado de tu expediente y aportar documentos adicionales a través del servicio de consulta de situación de expedientes.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

La administración revisará tu solicitud y la documentación adjunta.

Plazos de resolución:

El plazo máximo para que la administración notifique su decisión es de tres meses. El silencio administrativo es desestimatorio.

Siguientes pasos:

Si la solicitud es aprobada, recibirás la autorización sanitaria. Si es denegada, puedes presentar un recurso de alzada.

Ayuda

Contacto:

  • Área de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios. Calle Aduana, 29, 1ª planta – 28013 Madrid.
  • Teléfonos: 91 370 28 27 / 23 / 16.
  • Correo electrónico: control.farmaceutico@salud.madrid.org

Normativa:

  • Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios (BOE nº 172, de 20 de julio).
  • Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
  • Decreto 109/1997, de 4 de septiembre, por el que se regulan y desarrollan las competencias de la Comunidad de Madrid en materia de medicamentos veterinarios (BOCM nº 216, de 11 de septiembre).

Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

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Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia

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