Impugnación de los actos dictados por la Administración Tributaria.
Información Rápida
Objetivo
Permite a los ciudadanos impugnar actos dictados por la Administración Tributaria a través de diferentes procedimientos: Recurso de Reposición, Reclamación Económico-Administrativa y Recurso Contencioso-Administrativo.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona o entidad afectada directamente por un acto de la Administración Tributaria.
Requisitos principales
- **Recurso de Reposición:** Se puede interponer en el plazo de un mes desde la notificación del acto recurrible. Se puede recurrir cualquier acto de la Administración Tributaria que afecte directamente al interesado.
- **Reclamación Económico-Administrativa:** Se puede interponer en el plazo de un mes desde la notificación del acto impugnado. Se puede recurrir cualquier acto susceptible de recurso de reposición y la resolución del recurso de reposición.
- **Recurso Contencioso-Administrativo:** Se interpone una vez agotada la vía económico-administrativa ante el órgano jurisdiccional competente.
Plazos
**Recurso de Reposición:** Un mes desde la notificación del acto. **Reclamación Económico-Administrativa:** Un mes desde la notificación del acto. **Recurso Contencioso-Administrativo:** Dos meses desde la notificación del acto que pone fin a la vía administrativa (si es expreso); seis meses si no lo es.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del tipo de impugnación y la instancia.
Información adicional
**Recurso de Reposición:** La interposición no suspende automáticamente el ingreso de la deuda, salvo que se solicite expresamente y se aporte garantía. **Reclamación Económico-Administrativa:** La interposición no suspende automáticamente el ingreso de la deuda, salvo que se solicite expresamente y se aporte garantía. **Recurso Contencioso-Administrativo:** La suspensión podrá solicitarse con extensión de sus efectos a la vía contencioso-administrativa.
Resumen
Este trámite permite impugnar actos de la Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid. Se puede hacer a través de:
- Recurso de Reposición
- Reclamación Económico-Administrativa
- Recurso Contencioso-Administrativo
Quién puede usar este servicio:
Cualquier persona o entidad afectada por un acto de la Administración Tributaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud (disponible al tramitar online).
- Documentación que se indica en el formulario de solicitud.
Requisitos previos:
- Cumplir con los plazos establecidos para cada tipo de recurso.
- En caso de solicitar la suspensión del acto impugnado, aportar la garantía correspondiente.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas.
- Los plazos varían según el tipo de recurso:
- Recurso de Reposición: 1 mes.
- Reclamación Económico-Administrativa: 1 mes.
- Recurso Contencioso-Administrativo: 2 meses (si el acto es expreso) o 6 meses (si no lo es).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios.
- Presentar la solicitud:
- Online: A través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, con firma electrónica.
- Presencial: En los lugares habilitados para ello.
- Seguimiento: Consulta el estado de tu expediente online.
Información sobre cada etapa:
- Recurso de Reposición: Se presenta ante la propia Administración Tributaria.
- Reclamación Económico-Administrativa: Se presenta ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR).
- Recurso Contencioso-Administrativo: Se presenta ante el órgano judicial competente.
Tiempos de espera:
El tiempo de resolución depende del tipo de recurso y la complejidad del caso.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Recibirás una notificación con la resolución del recurso o reclamación.
Plazos de resolución:
Los plazos de resolución varían según el tipo de recurso y la instancia.
Siguientes pasos:
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer los recursos que correspondan según la normativa.
Ayuda
Contacto:
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo Viceconsejería de Hacienda y Función Pública Dirección General de Tributos
Recursos adicionales:
Normativa:
- Resolución de 31 de mayo, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publica el modelo de impreso correspondiente al procedimiento “Reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Central de Madrid (BOCM nº 170, de 18 de julio de 2018)
- Resolución de 7 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publica el modelo de impreso correspondiente al procedimiento “Reclamación Económico-Administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid” (BOCM nº 280, de 22 de noviembre)
- Resolución de 16 de julio de 2010, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publica modelo de impreso correspondiente al procedimiento: “Recurso de reposición contra actos dictados por la Administración tributaria” (BOCM nº 215, de 8 de septiembre).
- Corrección de errores de la Resolución de 16 de julio de 2010, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publica modelo de impreso correspondiente al procedimiento “Recurso de reposición contra actos dictados por la Administración Tributaria (BOCM nº 174, de 24 de julio).
- Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. (BOE nº 210 de 2 de septiembre de 2005).
- Orden EHA/3987/2005, de 15 de diciembre, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo. (BOE nº 304 de 21 de diciembre de 2005).
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (Texto consolidado).
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (Texto consolidado).