Dirección General de Tráfico

  • El número de puntos inicialmente asignado al titular de un permiso o licencia de conducción se verá reducido por cada sanción firme en vía administrativa que se le imponga por la comisión de infracciones graves o muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en anexo II de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

    Cuando un conductor sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones graves o muy graves que se relacionan en el Anexo II de la Ley, los puntos que corresponda descontar del crédito que posea en su permiso o licencia de conducción quedarán descontados de forma automática y simultánea en el momento en que se proceda a la anotación de la citada sanción en el Registro de Conductores e Infractores.

  • Mediante el registro de apoderamientos, los poderdantes o representados podrán, de manera fácil y gratuita, otorgar representaciones a apoderados o representantes sobre los trámites de la Dirección General de Tráfico. Una vez registrada la representación, cualquier representante podrá actuar en nombre de sus representados, tanto en jefaturas de tráfico como en la sede electrónica para los trámites disponibles de manera online, acreditando debidamente su identidad.

    Los representados podrán crear las representaciones presencialmente en cualquier jefatura provincial o de forma telemática a través de la sede electrónica de la Dirección General de Tráfico. Podrán anular en cualquier momento los otorgamientos vigentes o renovarlos tras su caducidad.

    Los representantes podrán confirmar o rechazar las representaciones presencialmente en cualquier jefatura provincial o de forma telemática a través de la sede electrónica de la Dirección General de Tráfico.

    Las representaciones o apoderamientos realizados estarán disponibles para su consulta tanto en la presente sede electrónica de la DGT, como en el registro de apoderamientos general de la Administración General del Estado (@podera), en este enlace

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