Autorización de curso de buceador/a profesional de pequeña profundidad

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Autoriza a impartir el curso necesario para obtener la titulación de buzo/a profesional de pequeña profundidad.

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A quién va dirigido

A personas físicas o jurídicas.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la autorización

Plazos

Las personas interesadas tendrán que presentar una solicitud de autorización para cada curso, con impreso normalizado, a la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos con dos meses de antelación al inicio del curso.

Documentación

  1. Desarrollo del programa de formación, indicando claramente los contenidos y las actividades a desarrollar y la distribución horaria semanal a lo largo del curso.
  2. Material didáctico y de apoyo utilizado (bibliografía, apuntes, vídeos etc.).
  3. Documentación acreditativa de la disponibilidad de los recursos mínimos de profesorado, de infraestructura y de equipamiento.
  4. Documentación acreditativa de la personalidad y de la inscripción a los registros correspondientes.
  5. Copia del alta censal tributaria.
  6. Documentación acreditativa de la contratación de los seguros.
  7. Copia del despacho de las embarcaciones.
  8. Certificado de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  9. Certificado del Departamento de Economía y Finanzas de no tener ninguna deuda con la Generalitat de Catalunya.
  10. Copia de las titulaciones del profesorado y justificante de la relación contractual del profesorado.
  11. Copia del plan de emergencias y de evacuación con inclusión de la documentación acreditativa de los medios de asistencia y de evacuación disponibles, calificaciones del personal en primeros auxilios y primeros auxilios con oxígeno para accidentes de buceo y relación detallada de embarcaciones, equipos de primeros auxilios y de primeros auxilios con oxígeno para accidentes de inmersión. El plan tiene que incluir todo el protocolo de actuaciones a desarrollar, con las personas responsables y las temporizaciones correspondientes, para los casos de accidentes disbáricos y no disbáricos. Además, el plan incluirá una lista actualizada de todas las unidades de medicina hiperbàrica dentro de recinto hospitalario disponibles y de todos los medios disponibles para emergencias y evacuación como ambulancias, capitanías marítimas, salvamento marítimo, Cruz Roja y cuerpos de seguridad.

Requisitos

Profesorado

  1. Clases teóricas:
    El número máximo de alumnos por curso será de veinte.
    Un buzo instructor profesional o formador en buceo con la titulación profesional de buceador de mediana profundidad o superior para impartir los contenidos de teoría, salvo los relacionados con primeros auxilios para buzo, que tendrán que ser impartidos por un médico con titulación superior de medicina subacuática.
  2. Clases prácticas en el suelo o en piscina:
    El número máximo de alumnos por curso será de veinte y, la relación profesorado/alumnado no podrá ser inferior a: un instructor o formador en buceo y un ayudante por cada diez alumnos.
    El buzo tiene que tener la titulación de buzo instructor profesional o formador en buceo con la titulación de buceador profesional de mediana profundidad o superior.
    El ayudante tiene que tener la titulación de buzo profesional de mediana profundidad o superior o buzo de 2ª o superior.
  3. Clases prácticas en aguas libres:
    El número máximo de alumnos por curso será de veinte y, en cualquier caso, la relación profesorado/alumnado no podrá ser inferior a: un instructor o formador en buceo y un ayudante por cada cinco alumnos.
    El buzo tiene que tener la titulación de buzo instructor profesional o formador en buceo con la titulación de buzo profesional de mediana profundidad o superior.
    El ayudante tiene que tener la titulación de buzo profesional de mediana profundidad o superior o buzo de 2ª o superior.

Infraestructura

  1. Aula: acondicionada de manera adecuada para dar las clases, con una superficie mínima de 2 m2 por alumno matriculado al curso, contará con elementos didácticos auxiliares de ayuda como proyector de diapositivas, transparencias, pizarra, láminas y otros de complementarios.
  2. Piscina: con una profundidad mínima de 2 metros y una superficie mínima de 6 m2 por alumno matriculado al curso. En caso de ser ajena al centro, tendrá que presentarse documentación contractual para su utilización durante el curso.
  3. Una enfermería o lugar adecuado con el equipamiento necesario para la prestación de primeros auxilios.
  4. Vestuarios, próximos a los lugares de realización de las prácticas, dotados con armarios, lavabos y duchas.

Equipamiento
Además de todo el material necesario para el cumplimiento de la Orden de 14 de octubre de 1997, del Ministerio de Fomento, por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de las actividades subacuáticas, los medios materiales mínimos para impartir los cursos de buceador/a de pequeña profundidad serán los siguientes:

  1. Una cámara hiperbàrica multiplaza operativa. En caso de que no se disponga, podrá ser sustituida, siempre a criterio de la Administración, por una relación contractual con una entidad de ubicación próxima que disponga de la mencionada cámara operativa.
  2. Una embarcación de transporte, oportunamente despachada para la actividad, de características adecuadas para la práctica del buceo con capacidad suficiente. A bordo tendrá que disponer, en más de todo aquello preceptivo para la zona de navegación, del material siguiente:
    • Equipo respiratorio de reserva para buceo autónomo.
    • Un equipo de suministro de oxígeno respirable, normobàrico, que permita una desnitrogenitzación eficaz en accidentes de buceo, con concentraciones inspiratórias al menos del orden del 80%. Este equipo permitirá el suministro de oxígeno, tanto en respiración espontánea del accidentado como en el caso de paro respiratorio, mediante elementos que permitan el aporte eficaz de oxígeno suplementario durante la maniobra de reanimación respiratoria o cardiorrespiratoria.
    • Se incluirá con el equipo un manual de utilización con las explicaciones pictográficas que hagan falta.
    • Se tendrá que disponer de las reservas de oxígeno suficientes para garantizar la autonomía del equipo durante el doble de tiempo estimado necesario para el traslado del accidentado al centro hospitalario de medicina hiperbàrica más próximo.
    • Un botiquín de primeros auxilios, adecuado a la normativa vigente que incluya, en cualquier caso, gasa, apósitos estériles y elementos de sujeción, desinfectante para heridas, jabón aséptico, pinzas, tijeras, específicos para el tratamiento de toxinas como las producidas por medusas, anémonas, escórporas o arañas de mar y analgésicos.
    • Un manual de primeros auxilios.
    • Plan de emergencias y de evacuación, que incluirá una lista actualizada y plastificada de los centros hospitalarios con cámaras y unidades de medicina hiperbàrica, de las capitanías marítimas, de los órganos de salvamento marítimo, de la Cruz Roja, de los cuerpos de seguridad y de todos aquéllos que puedan ser útiles en términos de seguridad.
    • Un equipo de comunicaciones que permita avisar los centros de emergencias que hagan falta en caso de accidente.
    • Elementos de abalizamiento y señalización de la zona de inmersión, de acuerdo con la normativa vigente.
  3. Una embarcación neumática de apoyo, oportunamente despachada, con velocidad suficiente para intervenir en situaciones de emergencia.
  4. Un compresor de baja presión y de gran caudal para herramientas neumáticas o una central hidráulica, ambos con las correspondientes mangueras, conexiones y accesorios.
  5. Dos unidades de herramientas neumáticas o hidráulicas sumergibles diversas, como martillos, taladradoras, cepillos, etc.
  6. Una lanza de agua sumergible con su equipamiento y suministro de fuerza.
  7. Tres globos de reflotamiento con capacidad de elevación no inferior a 500 kg cada uno.
  8. Dos ternals con los cables y los ganchos correspondientes con una capacidad mínima de tracción de 500 kg.
  9. Un juego de elementos de tracción y embrague como grilletes diversos, mosquetones, mordazas, cadenas, ganchos, poleas y cordaje diverso.
  10. Un juego de herramientas convencionales para su utilización en el agua.
  11. Equipamiento individual de buceador profesional para todo el alumnado, de acuerdo con las normas de seguridad que establece la normativa vigente.
    El material tiene que cumplir la normativa vigente con respecto a seguridad y homologación.

Seguro

  1. Se requiere contratar una cobertura de accidentes personales para los alumnos matriculados, que cubra, además de los gastos de curación, un capital mínimo de 3.005,06 euros por muerte y un capital mínimo de 6.010,12 euros por invalidez por accidente.
  2. Asimismo, se tiene que contratar una póliza de seguros para cubrir las responsabilidades civiles por daños materiales, personal y perjuicios económicos, frente al alumnado del centro o de terceras personas. La cantidad mínima a cubrir será de 601.012,10 euros por siniestro y, en caso de que se establezca un sublímite por víctima, éste no podrá ser inferior a 150.253,03 euros. Si se establecen franquicias irán a cargo de la persona que contrate el seguro.

Tasas

117,40?

Presencialmente


Puntos de tramitación

Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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