Comunicación del producto obtenido en fincas forestales incluidas en un plan forestal-PTGMF / PSGF - CPF

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Comunicar a la administración forestal la cantidad de leñas y/o maderas comercializadas en fincas forestales con plan forestal aprobado (PTGMF/PSGF), en el plazo máximo de un mes desde la finalización del aprovechamiento.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas y profesionales, propietarios o representantes de terrenos forestales de titularidad privada.

Requisitos principales

  • Ser propietario o representante de terrenos forestales de titularidad privada.
  • El terreno debe estar incluido en un plan forestal (PTGMF/PSGF).

Plazos

La comunicación debe realizarse en el plazo máximo de un mes desde la finalización del aprovechamiento.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Este trámite solo se puede realizar presencialmente si es un particular. Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet.

Resumen

Este trámite permite comunicar a la administración forestal la cantidad de leñas y/o maderas que se van a comercializar, procedentes de fincas forestales que cuentan con un plan forestal aprobado (PTGMF/PSGF).

Quién puede usar este servicio:

  • Empresas y profesionales.
  • Propietarios o representantes de terrenos forestales de titularidad privada.

Lo que necesitas

Documentación:

  • Impreso de solicitud.
  • Documento pertinente a la actuación/modificación a realizar.

Costes:

  • Este trámite no tiene tasas asociadas.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Comunicar:
    • Este trámite sólo se puede realizar presencialmente si es un particular.

    • Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben tramitar por internet.

    • Para realizar el trámite online, es necesario identificarse con idCATMòbil o un certificado digital.

    • Por Internet:

      • Iniciar comunicación
      • En caso de incidencia en el sistema, se recomienda intentarlo de nuevo más tarde. Alternativamente, se puede utilizar el formulario de instancia genérica del ayuntamiento o de otra administración pública, o presentar la documentación en una oficina de registro (si es particular).
    • Presencialmente:

  2. Recibir la respuesta de la Administración:
    • Los autónomos, profesionales, empresas y otros colectivos recibirán una notificación electrónica a través del servicio e-NOTUM.
    • Los particulares recibirán la notificación en la dirección postal indicada en el formulario de solicitud. También podrán acceder a la notificación electrónica a través del servicio e-NOTUM.
  3. Consultar el estado del trámite:

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