Denuncia por infracciones en viviendas

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los propietarios de viviendas nuevas denunciar incumplimientos por parte de promotores y administradores.

¿Quién puede solicitarlo?

Propietarios de viviendas nuevas que hayan sido construidas hace menos de dos años, ya sean de régimen libre o de protección oficial.

Requisitos principales

  • Ser propietario de una vivienda nueva (menos de dos años de antigüedad).
  • La vivienda puede ser de régimen libre o de protección oficial.
  • Identificar el incumplimiento de las obligaciones por parte de promotores o administradores.

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Duración del trámite

El tiempo de respuesta depende del expediente sancionador. Los expedientes caducan a los seis meses si no se ha dictado resolución, pero se puede iniciar uno nuevo si la infracción no ha prescrito.

Información adicional

El Servicio de Régimen Disciplinario (Barcelona) o el Servicio Territorial de Vivienda (Girona, Tarragona, Lleida, Terres de l’Ebre) notificarán el resultado del procedimiento sancionador. Se puede interponer un recurso de alzada ante la Dirección de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

Resumen

Este trámite permite a los propietarios de viviendas denunciar incumplimientos por parte de los promotores o administradores de viviendas nuevas (con menos de dos años de antigüedad), ya sean de régimen libre o de protección oficial.

Quién puede usar este servicio

Propietarios de viviendas que tengan problemas derivados del incumplimiento de las obligaciones de los promotores o administradores.

Antes de empezar

  • Asegúrate de tener identificados los incumplimientos por parte del promotor o administrador.
  • Ten a mano la documentación de la vivienda.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Formulario de denuncia (disponible para viviendas de protección oficial y de régimen libre).
  • Documentación que acredite la propiedad de la vivienda.
  • Documentación que pruebe los incumplimientos denunciados.

Costes y plazos

  • Este trámite es gratuito.
  • Se puede solicitar en cualquier momento.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Denunciar: Presenta la denuncia presencialmente en las oficinas indicadas.
  2. Recibir la respuesta de la Administración: Espera la notificación del resultado del procedimiento sancionador.

Información sobre cada etapa

  • Denunciar: Rellena el formulario correspondiente (para viviendas de protección oficial o de régimen libre) y preséntalo junto con la documentación requerida.
  • Recibir la respuesta de la Administración: El Servicio de Régimen Disciplinario o el Servicio Territorial de Vivienda notificará el resultado del procedimiento.

Después de hacerlo

Qué sucede después

La Administración analizará la denuncia y, si procede, iniciará un expediente sancionador.

Plazos de resolución

Los expedientes sancionadores caducan a los seis meses si no se ha dictado resolución, pero se puede iniciar uno nuevo si la infracción no ha prescrito.

Siguiente pasos

Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de alzada ante la Dirección de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

Ayuda

Contacto

Recursos adicionales

Pasos a realizar

  1. Denunciar
  2. Recibir la respuesta de la Administración
    • El Servicio de Régimen Disciplinario, en el caso de la demarcación de Barcelona, o el Servicio Territorial de Vivienda que sea el competente, en los casos de las demarcaciones de Girona, Tarragona, Lleida o Terres de l’Ebre, notifica al interesado el resultado del procedimiento sancionador.
    • Contra la resolución del procedimiento se puede interponer un recurso de alzada ante la Dirección de la agencia de la Vivienda de Cataluña.

Preguntas frecuentes


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