Devolución de ingresos indebidos (Canal Empresa)
Información Rápida
Objetivo
Permite a personas o empresas solicitar la devolución de ingresos realizados incorrectamente al Departamento de Empresa y Trabajo a través de Canal Empresa.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas y profesionales que hayan realizado un pago indebido a través de Canal Empresa.
Requisitos principales
- El ingreso debe ser considerado indebido según la normativa.
- La solicitud debe presentarse dentro de los 4 años siguientes al pago.
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento, dentro de los cuatro años siguientes al ingreso indebido.
Duración del trámite
6 meses (si no hay respuesta, se considera rechazada)
Información adicional
Si el error en la solicitud impide la prestación del servicio, o si se desiste del trámite, no se tiene derecho a la devolución de la tasa.
Resumen
Este trámite permite solicitar la devolución de ingresos indebidos realizados al Departamento de Empresa y Trabajo a través de Canal Empresa. Se considera un ingreso indebido cuando se ha pagado por duplicado, el importe es superior al debido, el servicio no se presta por causas ajenas al interesado, o la Administración rectifica un error.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
- Empresas y profesionales
Antes de empezar:
- Asegúrate de que el pago se realizó a través de Canal Empresa.
- Ten a mano el justificante de pago y cualquier documentación que justifique la devolución.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud de transferencia bancaria (debidamente cumplimentada y sellada por el banco).
- Copia del justificante del ingreso indebido (o de ambos justificantes, en caso de pago duplicado).
- Otra documentación que justifique la devolución.
Requisitos previos:
- El ingreso debe ser considerado indebido según la normativa vigente.
- La solicitud debe presentarse dentro de los 4 años siguientes al pago.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
-
Solicitar la devolución:
- Comprueba que estás dentro del plazo de 4 años desde la fecha de pago.
- Verifica que el ingreso corresponde a una tasa recaudada por la OGE (códigos RIN 00811001510 o 00811001654).
- Asegúrate de que tu caso se encuentra entre los supuestos que dan derecho a la devolución.
- Ten preparado el documento de datos bancarios y cualquier otra documentación.
- Inicia la tramitación electrónica a través de este enlace.
-
Recibir respuesta de la Administración:
- La resolución se notificará en un plazo máximo de 6 meses.
- Si no recibes respuesta en este plazo, la solicitud se considera rechazada.
- Si la resolución es favorable, recibirás el importe en la cuenta bancaria indicada.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- 6 meses. Si no hay respuesta, se considera rechazada.
Siguientes pasos:
- Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa.
Ayuda
Contacto:
- Oficina de Gestión Empresarial (OGE)
Recursos adicionales: