Solicitar la devolución de ingresos indebidos (Agencia Tributaria de Cataluña)
Información Rápida
Objetivo
Permite a los contribuyentes solicitar la devolución de ingresos realizados incorrectamente a la Agencia Tributaria de Cataluña al pagar deudas tributarias.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas, profesionales y entidades que hayan realizado ingresos indebidos a la Agencia Tributaria de Cataluña.
Requisitos principales
- La solicitud debe ser presentada por el contribuyente o su representante legal.
Plazos
El plazo para solicitar la devolución es de cuatro años desde que se realizó el ingreso indebido, o desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la autoliquidación (si el ingreso se realizó mediante autoliquidación), o desde el día siguiente a la firmeza de la sentencia o resolución administrativa que declare improcedente el acto impugnado.
Duración del trámite
6 meses (si no hay respuesta, se considera rechazada la solicitud)
Resumen
Este trámite permite solicitar la devolución de ingresos que se hayan realizado de forma incorrecta a la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) al pagar deudas tributarias.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
- Empresas y profesionales
- Entidades
Lo que necesitas
Documentación:
- Documentos que justifiquen el derecho a la devolución.
- Justificante del ingreso que se considera indebido.
- Hoja con los datos bancarios para que se realice la devolución, validada por el banco.
Plazos:
- Tienes 4 años para solicitar la devolución, contando desde el día en que hiciste el ingreso incorrecto.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Presentar la solicitud:
- Por Internet: A través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: Iniciar
- Presencialmente: Consulta la información y el formulario en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña: Devolución de ingresos indebidos (sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña)
- Respuesta de la Administración:
- La Administración debe responder en un plazo máximo de 6 meses. Si no recibes respuesta en este tiempo, se entenderá que tu solicitud ha sido rechazada.
Después de hacerlo
- Recibirás una resolución. Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución o desde que se produzca el silencio administrativo.
Ayuda
- Normativa:
- Organismos responsables: