Gestión del derecho de admisión - Centro de formación del personal de admisión . 1330. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los titulares de centros de formación de personal de admisión solicitar la autorización necesaria para impartir cursos de formación en Aragón y ser inscritos en el Registro correspondiente.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas titulares de centros de formación que deseen autorización para impartir cursos de formación del personal de servicio de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.

Requisitos principales

  • Ser titular de un centro de formación.
  • Contar con instalaciones y medios técnicos suficientes.
  • Disponer de profesorado con titulación universitaria relacionada con las materias de formación (Medicina, Enfermería, Psicología, Sociología u otras titulaciones relacionadas).

Plazos

Plazo de presentación: En plazo permanente

Duración del trámite

2 meses, transcurrido el cual sin haberse notificado resolución expresa, el centro se entenderá autorizado

Información adicional

La autorización tiene una vigencia de cinco años, renovable solicitándola al menos dos meses antes de su finalización. Los centros deben informar a la Dirección General de Interior sobre cualquier cambio en su actividad y presentar una memoria anual de los cursos impartidos.

Resumen

Este trámite permite a los centros de formación de personal de admisión solicitar la autorización necesaria para impartir cursos de formación en Aragón y ser inscritos en el Registro correspondiente.

Quién puede usar este servicio

Personas físicas o jurídicas titulares de centros de formación.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Modelo de Solicitud
  • Memoria descriptiva de las instalaciones, medios técnicos y objetivos del curso.
  • Relación del profesorado con su titulación profesional.
  • Planificación y programa del curso.
  • Justificante del pago de la tasa administrativa (modelo 503, Tarifa 06).

Requisitos

  • Ser titular de un centro de formación.
  • Contar con instalaciones y medios técnicos suficientes.
  • Disponer de profesorado con titulación universitaria relacionada con las materias de formación (Medicina, Enfermería, Psicología, Sociología u otras titulaciones relacionadas).

Costes y plazos

  • Tasa administrativa modelo 503. Tarifa 06.
  • Plazo de presentación: En plazo permanente

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Telemáticamente:
    • Necesitas identificación electrónica.
    • Descarga y completa el formulario: Descargar formulario
    • Reúne la documentación.
    • Presenta todo en el Registro Electrónico General de Aragón (REGA): Iniciar trámite
  2. Presencialmente:

Después de hacerlo

Qué sucede después

La Administración puede requerir subsanación si falta información: Subsanar trámite

También puedes aportar documentación adicional: Aportar documentación

Plazos de resolución

2 meses, transcurrido el cual sin haberse notificado resolución expresa, el centro se entenderá autorizado.

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado: Saber más sobre el silencio administrativo

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