Gestión del título y carnets de familia numerosa - Renovación del título de familia numerosa. 9743. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Renovar el título de familia numerosa cuando va a caducar, cambia el número de miembros o varían las condiciones que dieron motivo a su expedición.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas beneficiarias del título de familia numerosa.
Requisitos principales
- Estar en posesión del Título de Familia Numerosa.
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
3 meses. Si no hay respuesta en ese tiempo, se considera aceptado.
Información adicional
El título seguirá en vigor si, al menos, uno de los hijos cumple las condiciones. Se puede renovar hasta 2 meses antes de su caducidad, siempre que se tenga la documentación.
Resumen
Este trámite permite renovar el título de familia numerosa en Aragón si:
- El título está próximo a caducar.
- Ha cambiado el número de miembros de la familia.
- Han variado las condiciones que dieron lugar a su expedición, lo que implica un cambio de categoría.
Este trámite también permite modificar datos personales o familiares que no afecten a la fecha de validez del título, y solicitar un duplicado del carné o título.
¿Quién puede solicitarlo?
Las personas que ya son beneficiarias del título de familia numerosa.
Lo que necesitas
Documentación
Siempre debes presentar:
- Volante de empadronamiento colectivo de todos los miembros de la familia (con una antigüedad máxima de 3 meses).
- Documento de firmas para autorizar la consulta de datos por la administración (Anexo I). Descargar modelo
- Declaración de veracidad de los datos de los hijos (Anexo II), confirmando que los datos son correctos y que sus ingresos (si son mayores de 16 años) no superan el IPREM. Descargar modelo
Solo si aplica a tu caso:
- Si eres extranjero no comunitario y tu permiso de residencia ha caducado: Tarjetas de residencia de los miembros de la familia (o la solicitud de renovación).
- Si ha cambiado la situación de incapacidad de algún miembro de la familia: Acreditación de incapacidad permanente o gran invalidez.
- Si ha cambiado la renta de la unidad familiar: Declaración de la renta o certificado negativo de la Agencia Tributaria (si no estás obligado a declarar).
- Si tienes hijos mayores de 21 y menores de 26 que están estudiando: Certificado o matrícula del centro de estudios.
- Si te has casado y quieres incluir a tu cónyuge en el título: Certificado de matrimonio.
Requisitos
- Estar en posesión del Título de Familia Numerosa.
Cómo hacerlo
Paso a paso
- Reúne la documentación necesaria.
- Elige cómo presentar la solicitud:
- Online: Necesitas un sistema de identificación electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información sobre identificación electrónica. Completa la solicitud, sube los documentos y firma electrónicamente. Si no tienes firma electrónica, puedes completar el proceso online, descargar la solicitud, firmarla y presentarla de forma presencial.
- Iniciar trámite online
- Presencial: Descarga y completa el formulario. Descargar formulario. Solicita cita previa en una oficina de información y registro. Localiza tu oficina más cercana. Pedir cita previa. Presenta el formulario y la documentación en la oficina.
- Presenta la solicitud.
Después de hacerlo
Plazos
- El plazo de resolución es de 3 meses.
- Si no recibes respuesta en ese tiempo, se considera que la solicitud ha sido aceptada.
Ayuda
Contacto
- Teléfono: 976 714 382 / 976 716 205 (de 9 a 14 horas)
- Correo electrónico: familiasecretaria@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Preguntas frecuentes sobre tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
- Si tienes dudas administrativas, contacta con el Servicio de Información y Registro: 976 714 000 (de 9 a 14 horas) o infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: 976 289 414 (de 8 a 18 horas) o soportesda@aragon.es
Más información
Normativa
- Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas
- Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003
- Decreto 75/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia numerosa