Impuesto sobre sucesiones y donaciones - Solicitud de prórroga
Información Rápida
Objetivo
Solicitar una prórroga para presentar el impuesto sobre sucesiones dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento del causante.
¿Quién puede solicitarlo?
Obligados tributarios y/o sus representantes (herederos,albaceas o administradores del caudal hereditario).
Requisitos principales
- Ser persona física con residencia habitual en Aragón.
- Presentar la solicitud dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento.
- El hecho imponible debe ser la adquisición de bienes por herencia,legado u otro título sucesorio.
Plazos
En plazo permanente.
Duración del trámite
Un mes desde la presentación de la solicitud. Si no se resuelve en ese plazo,se considera aceptada por silencio administrativo.
Información adicional
La solicitud se entiende concedida por silencio administrativo si transcurrido un mes desde la presentación no has recibido resolución. El periodo de prórroga se extiende 6 meses más desde la finalización del plazo voluntario. Si te conceden la prórroga tendrás que pagar intereses de demora.
Impuesto sobre sucesiones y donaciones - Solicitud de prórroga
A través de este trámite la persona interesada podrá solicitar PRÓRROGA para presentar el impuesto sobre sucesiones dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento del causante.
Plazo de presentación
En plazo permanente
Dirigido a
- Obligados tributarios y/o sus representantes
- En concreto,personas físicas herederas,albaceas o administradoras del caudal hereditario.
- También pueden solicitarlo en representación de las anteriores cualquier otra persona debidamente representada.
Requisitos
- Son obligados tributarios las personas físicas con residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- La residencia habitual viene determinada en el artículo 28.1.1º b) de la Ley 22/2009 de financiación de las Comunidades Autónomas.
- La solicitud debe presentarse dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento del causante.
- Sólo es posible presentar la solicitud de prórroga para la presentación del impuesto cuando el hecho imponible sea la adquisición de bienes o derechos por:
- Herencia
- Legado
- Cualquier otro título sucesorio.
Documentación
Presentar en todos los casos:
- Certificado de defunción
- Relación e identificación de los posibles herederos
- Inventario de bienes y derechos del causante (persona fallecida)
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si actúas como representante de los interesados en el procedimiento
- Modelo de representación para los procedimientos tributarios Descargar modelo
Formulario del trámite:
Información adicional
- La solicitud se entiende concedida por silencio administrativo si transcurrido un (1) mes desde la presentación no has recibido resolución de la misma.
- El periodo de prórroga se extiende 6 meses más desde la fecha de la finalización del plazo voluntario (6 meses desde el fallecimiento) de presentación del impuesto.
- Si te conceden la prórroga tendrás que pagar intereses de demora por el periodo que utilices de esos 6 meses más de plazo,siempre que la autoliquidación del impuesto sea a ingresar.
- Cada heredero solicitará la prórroga en su nombre o uno en nombre y representación de todos ellos.
- La notificación de la resolución se realizará por el medio que hayas elegido en el modelo de solicitud.
Documentos y enlaces de interés
- Guía de información y consulta
- Oficinas tributarias en Aragón
- Mia. Mi espacio único de relación digital con el Gobierno de Aragón
Presentación de la solicitud
Telemática
Presencial
Localiza tu oficina más cercana Pedir cita previa
Contacto y ayuda
- Teléfono. Zaragoza 976 715 209
- Correo electrónico.tributos@aragon.es
- Presencial. Zaragoza c/ Joaquín Costa,18 (cita previa)
- Teléfono. Huesca 974 293 166
- Presencial. Huesca c/ Ricardo del Arco,6 (cita previa)
- Teléfono. Teruel 978 641 049
- Presencial. Teruel c/ 3 de Abril,1 (cita previa)
- Página web.Cita previa:atención de lunes a viernes de 9:00h a 14:00h
- Página web.Información general del impuesto
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos,contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp:+34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
Normativa
- Decreto Legislativo 1/2005,de 26 de septiembre
- Ley 29/1987,de 18 de diciembre
- Real Decreto 1629/1991,de 8 de noviembre
- Ley 58/2003,de 17 de diciembre
- Ley 22/2009,de 18 de diciembre
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
Paso 1:
Descargar formulario Consultar documentación
Paso 2:
Iniciar trámite Consultar formas de presentación
Subsanación
Aportación
Resolución
Saber más sobre el silencio administrativo
¿Cómo realizar este trámite?
Trámites relacionados
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
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