Protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo. 9644. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite denunciar situaciones de acoso sexual o por razón de sexo en el ámbito laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, involucrando a empleados públicos.

¿Quién puede solicitarlo?

Todo el personal que trabaje en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, incluyendo empleados propios, personal de otras empresas, personas en formación, prácticas o voluntariado. La denuncia puede ser presentada por la persona afectada, su representante legal o la representación de los trabajadores.

Requisitos principales

  • La denuncia debe referirse a situaciones de acoso sexual, acoso por razón de sexo, represalias, chantaje sexual o acoso ambiental.
  • Si la denuncia es presentada por un representante legal o de los trabajadores, se debe adjuntar un documento de consentimiento o representación.

Plazos

Plazo permanente

Duración del trámite

3 días hábiles desde la recepción del informe por parte de la Comisión, en caso de apartarse deberá motivar razonadamente el por qué lo hace.

Información adicional

Si se inicia un expediente disciplinario por falta muy grave (acoso sexual o por razón de sexo) o por otra falta tipificada, se aplicará un procedimiento de urgencia con plazos reducidos a la mitad. Los hechos se comunicarán al Ministerio Fiscal si se consideran constitutivos de delito penal. Se creará una Comisión de Igualdad en materia de acoso sexual y acoso por razón de sexo en cada sector (Administración General, Sanidad, Educación y Justicia).

Resumen

Este trámite permite denunciar situaciones de acoso sexual o por razón de sexo que ocurran en el ámbito laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en las que esté implicado personal empleado público.

Quién puede usar este servicio:

  • Personal que presta servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (personal propio o de otras empresas). Esto incluye a personas en formación, prácticas o voluntariado.
  • La denuncia puede ser presentada por la persona afectada, su representante legal o la representación de los trabajadores.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • La denuncia debe referirse a una situación de acoso sexual, acoso por razón de sexo, represalias, chantaje sexual o acoso ambiental.
  • Si actúa un representante legal o de los trabajadores, debe aportar un documento de consentimiento o representación.

Documentos requeridos:

Cómo hacerlo

Presentación de la solicitud:

  • Telemática:
    1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información: métodos de identificación y firma electrónica
    2. Iniciar trámite, completa la solicitud, sube la documentación y firma electrónicamente.
    • Si no tienes firma electrónica, puedes completar el proceso telemáticamente, descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
  • Presencial:
    1. Reúne la documentación.
    2. Solicita cita previa en una oficina de información y registro: Localiza tu oficina más cercana, Pedir cita previa
    3. Presenta la documentación en la oficina.
  • Otro:
    • La presentación presencial también puede realizarse en la unidad de personal correspondiente, en un sobre cerrado indicando las siglas DGPPPA, dirigido a la Dirección General de Función Pública y Calidad de los Servicios. La unidad de personal deberá fechar el sobre.

Después de hacerlo

El titular de la Secretaría General Técnica u órgano equivalente resolverá si se inicia un expediente disciplinario, que puede ser por falta muy grave (acoso sexual o por razón de sexo) o por otra falta tipificada. En caso de expediente disciplinario, se aplicará el procedimiento de tramitación de urgencia (plazos reducidos a la mitad) y se comunicarán los hechos al Ministerio Fiscal si se consideran constitutivos de delito penal.

Se creará la Comisión de la igualdad en materia de acoso sexual y acoso por razón de sexo en cada sector (Administración General, Sanidad, Educación y Justicia).

Plazos de resolución:

  • 3 días hábiles desde la recepción del informe por parte de la Comisión. Si se aparta del informe, deberá motivarlo razonadamente.

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