Subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación - Convocatoria 2025-2029. 10814. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a centros y organismos de investigación, así como a universidades de Aragón, solicitar subvenciones para contratar personal investigador predoctoral en formación.
¿Quién puede solicitarlo?
Universidades públicas o privadas, centros y organismos de investigación públicos o privados que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos principales
- Ser un organismo o centro de investigación, público o privado, que desarrolle su actividad investigadora en Aragón y que contrate personal investigador predoctoral en formación.
- Ser una universidad pública o privada que desarrolle su actividad investigadora en Aragón y que contrate personal investigador predoctoral en formación.
- Cumplir las condiciones sobre declaración de actividad económica, en su caso.
- Cumplir, mediante declaración responsable, las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
- El personal investigador predoctoral debe estar en posesión de un título universitario con al menos 300 ECTS.
- Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
- Estar matriculado, admitido o preadmitido en un programa de doctorado de las universidades de Aragón.
- Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
- No poseer título de doctorado.
- No ser persona beneficiaria ni haber disfrutado de ayuda, ni suscrito contrato predoctoral.
- Tener residencia legal en España.
- La persona directora de la investigación debe poseer el título de doctorado y estar vinculada laboral o estatutariamente con el centro u organismo solicitante.
Plazos
Plazo pendiente de definir.
Duración del trámite
3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Información adicional
Para más información, consulta los documentos y enlaces de interés proporcionados.
Resumen
Este trámite permite a los centros y organismos de investigación, así como a las universidades públicas y privadas de Aragón, solicitar subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación (PIF).
Dirigido a
- Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Centros y organismos de investigación públicos o privados que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Deben ser seleccionados aplicando los criterios de valoración de la convocatoria.
Requisitos
- Requisitos de los centros beneficiarios:
- Organismos o centros de investigación, públicos o privados, que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
- Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
- Cumplimiento de las condiciones sobre declaración de actividad económica, en su caso.
- Cumplimiento, mediante declaración responsable, de las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
- Requisitos del personal investigador predoctoral en formación (PIF):
- Estar en posesión de un título o títulos universitarios con al menos 300 ECTS, según lo que dispone la orden de convocatoria.
- Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
- Estar ya matriculado en una escuela de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón, o admitido o preadmitido en un programa de doctorado de dichas universidades a partir del curso que comienza en el año de publicación de la convocatoria, debiendo estar matriculado en el momento de la formalización del contrato.
- Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 (en escala de 0 a 10) en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
- No poseer título de doctorado.
- No ser persona beneficiara ni haber disfrutado de ayuda, ni suscrito contrato predoctoral.
- Tener residencia legal en España.
- Requisitos de la persona directora, y en su caso codirectora, de la investigación:
- Poseer el título de doctorado.
- Estar vinculado laboral o estatutariamente con el centro u organismo solicitante. Si la vinculación laboral no tiene carácter de fija, deberá constar en la solicitud un codirector o codirectora que tengan tal condición.
- Solo podrá constar como persona directora o codirectora en una solicitud.
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Después de hacerlo
Resolución
El plazo de resolución es de 3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. Este plazo podrá ser suspendido en los supuestos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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Ayuda
Contacto y ayuda
- Teléfono: De 08:00 a 15:00 horas.
- Correo electrónico:
Ayuda con la tramitación electrónica
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- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
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- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN
Normativa
- Orden EMC/1428/2024, de 19 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ciencia, investigación y transferencia del conocimiento.
- Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad
- Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.