DESAHUCIO ADMINISTRATIVO EN VIVIENDAS PROTEGIDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA EN RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO O ACCESO DIFERIDO
Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Objetivo
Recuperar viviendas, locales y anexos del Instituto Canario de la Vivienda en casos de infracción como desocupación, ocupación ilegal o falta de pago.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos
Requisitos principales
- No se exigen requisitos previos.
Plazos
Todo el año.
Duración del trámite
6 meses
Resumen
Este trámite permite al Instituto Canario de la Vivienda recuperar la posesión de viviendas protegidas de promoción pública que se encuentran en régimen de arrendamiento o acceso diferido, cuando se produce un incumplimiento de las condiciones contractuales o una ocupación ilegal.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos que ocupan o arriendan viviendas del Instituto Canario de la Vivienda.
Antes de empezar:
- No se exigen requisitos previos.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- El procedimiento se inicia de oficio por el Instituto Canario de la Vivienda.
- La documentación debe presentarse en los formatos de documentos aceptados.
- Presentación de la solicitud: Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Después de hacerlo
- El plazo de resolución es de 6 meses.
- Efectos del silencio administrativo: Caducidad.
- Recursos: Recurso de Alzada.
Ayuda
- Órgano que tramita: Servicio de Promoción Pública S/C de Tenerife I.C.V. y Servicio de Promoción Pública Las Palmas I.C.V.
- Órgano que resuelve: Instituto Canario de Vivienda
- ¿Necesita ayuda?
Normativa
- Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.