Remisión de los partes de primovacunaciones y vacunaciones en la campaña de vacunación antirrábica

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los veterinarios autorizados remitir los partes de primovacunaciones y vacunaciones realizadas durante la campaña de vacunación antirrábica a la administración competente.

¿Quién puede solicitarlo?

Veterinarios autorizados para la campaña de vacunación antirrábica.

Requisitos principales

  • Ser veterinario autorizado para participar en la campaña de vacunación antirrábica en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Plazos

Todo el año. Los partes deben remitirse en los quince días siguientes al mes finalizado.

Duración del trámite

No tiene

Información adicional

Los partes deben remitirse en los quince días siguientes al mes finalizado, independientemente de si se han realizado o no vacunaciones.

Resumen

Este procedimiento permite a los veterinarios autorizados en la Comunidad Autónoma de Canarias remitir los partes de primovacunaciones y vacunaciones realizadas durante la campaña de vacunación antirrábica. Es un trámite obligatorio para todos los veterinarios autorizados, independientemente de si han realizado o no vacunaciones durante el período correspondiente.

Quién puede usar este servicio:

  • Veterinarios autorizados para la realización de la campaña de vacunación antirrábica en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Instancia.
  • Anexo II y III.
  • Otra documentación de interés: La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Requisitos previos:

  • Ser veterinario autorizado para la realización de la campaña de vacunación antirrábica en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Costes y plazos:

  • Tasas: No se exigen.
  • Plazo de presentación: Todo el año. Los partes deben remitirse en los quince días siguientes al mes finalizado.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúna la documentación necesaria: Instancia, Anexo II y III, y cualquier otra documentación relevante.
  2. Acceda a la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
  3. Complete y presente la instancia y los anexos correspondientes.
  4. Remita los partes de vacunación dentro de los quince días siguientes al mes finalizado.

Medios de presentación:

  • Electrónico: A través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La administración competente revisará los partes de vacunación remitidos.

Plazos de resolución:

  • No tiene.

Ayuda

Quién tramita:

Recursos adicionales:

  • Normativa autonómica: Orden de 18 de marzo de 1998, conjunta de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación y de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se regula la Campaña Antirrábica.
  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 5738
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2084309

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