Ayudas destinadas a la distribución de frutas y verduras a los alumnos de centros escolares durante el curso 2016-2017. Solicitud de pago
Ayudas a la distribución de frutas y verduras a los alumnos de centros escolares de la Comunidad Autónoma de La Rioja, destinadas a proveedores, distribuidores o promotores de los productos subvencionables.
Requisitos
Beneficiarios
Proveedores, distribuidores o promotores de los productos subvencionables determinados en el artículo 2 de la Orden reguladora, en el Marco estratégico regional de consumo de fruta en las escuelas de la Comunidad Autónoma de La Rioja establecido en dicha Orden y que, además, estén autorizados para la distribución de fruta y verdura en las escuelas de La Rioja, de conformidad a lo establecido en el artículo 5 del Reglamento (CE) nº 288/2009, de la Comisión, de 7 de abril de 2009.
Requisitos
Tendrán la condición de proveedores, distribuidores o promotores autorizados y de beneficiarios de estas ayudas, los solicitantes que resulten seleccionados siempre que en la solicitud de ayuda hayan manifestado su voluntad de comprometerse a:
- Destinar los productos financiados al amparo del Plan de Consumo de Fruta y Verdura en las escuelas de La Rioja exclusivamente al consumo por los alumnos que dependan del centro escolar.
- Utilizar la ayuda para el seguimiento y la evaluación del Plan de Consumo de Fruta y Verdura en las escuelas o para medidas de comunicación de acuerdo con la finalidad del Plan.
- Rembolsar el importe de las ayudas abonadas de forma indebida en caso de que se compruebe que los productos no se han suministrado a los niños, o que la ayuda se ha pagado por productos que no son subvencionables en virtud del citado Plan.
- En caso de fraude o negligencia grave, pagar un importe igual a la diferencia entre el importe abonado inicialmente y el importe al que el solicitante tiene derecho.
- Poner los documentos justificativos a disposición de las autoridades competentes, cuando éstas lo soliciten.
- Someterse a cualquier medida de control establecida por el centro gestor u otra autoridad de la Administración Regional, en particular en lo que respecta a la comprobación de los registros y a la inspección física.
- El solicitante deberá llevar un registro de los nombres y direcciones de las escuelas, así como de la naturaleza y las cantidades de los productos suministrados.
- Dejar en las escuelas, como receptores de la fruta y verdura, un documento justificante de la cantidad de fruta entregada que incluya la fecha de entrega, conformado por el director del centro o representante del mismo.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
La solicitud de ayuda se formalizará según el modelo establecido al efecto en cada convocatoria, acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia del CIF del solicitante.
- En caso de no autorizar su correspondiente comprobación de oficio, fotocopia del DNI/NIF de la persona que actúa como representante.
- Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho.
- Documento de constitución de la entidad solicitante.
- Estatutos o normas de funcionamiento de la entidad.
- Memoria descriptiva de la organización de la distribución de la fruta y de los medios técnicos disponibles para desarrollarla.
- Declaración responsable, firmada por el órgano que represente la entidad en la que se ponga de manifiesto que no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en el articulo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
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Plazo de presentación de solicitudes
Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución en el BOR (fecha de publicación: 27 de abril de 2016).
Fin de plazo: 28 de mayo.
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Otros plazos
Solicitudes de pago
A más tardar el último día del tercer mes siguiente al término del periodo objeto de la solicitud de pago. Se realizará conforme al presente calendario:
- Septiembre-diciembre de 2016: antes del 31 de marzo de 2017
- Enero-marzo de 2017: antes del 30 de junio de 2017
- Abril-junio de 2017: antes del 30 de septiembre de 2017
Más información
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Otros Impresos
- Para colegios: Ficha de Adhesión Plan 2016-2017 ( 232.8 Kb)
- Para colegios: Dossier Informativo Plan 2016-2017 ( 56.2 Kb)
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Normativa:
Orden 20/2014, de 28 de agosto, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas destinadas a la distribución de frutas y verduras a los alumnos de centros escolares en la Comunidad Autónoma de La Rioja y se aprueba la convocatoria pública para el curso escolar 2014/2015
Resolución 376/2016, Convocatoria curso escolar 2016-2017
Resolución, Extracto de la Resolución de convocatoria
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Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
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Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
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Observaciones:
Las ayudas convocadas estarán en consonancia con el Plan anual de consumo de fruta y verduras en las escuelas (Anexo I) concretadas según la Estrategia Regional para el curso escolar 2016-2017 (Anexo II). Pueden consultarse en la resolución de convocatoria.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
- Órgano competente: Dirección General de Desarrollo Rural
- Unidad tramitadora: Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Contacto
- Begoña García García




