Dispensa legal de nacionalidad para el ejercicio de la abogacía y la procura en España por ciudadanos no nacionales de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Quién puede solicitarlo/presentarlo

Los no nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que estén interesados en incorporarse a un Colegio de Abogados o Procuradores de España y que previamente hayan obtenido la correspondiente homologación de su título de licenciado en Derecho, o bien lo hayan obtenido en una universidad española, deberan además obtener la dispensa de la nacionalidad española para ejercer la correspondiente profesión.

Información adicional

LA DISPENSA LEGAL DE NACIONALIDAD.

El interesado en ejercer la profesión de Abogado o de Procurador en España deberá solicitar la llamada "dispensa legal de nacionalidad". Este trámite se inicia mediante la presentación de un escrito dirigido al Ministro de Justicia, indicando el Colegio en el que se desea la incorporación y adjuntando la siguiente documentación:

  • Solicitud de la dispensa legal de nacionalidad.
  • Permiso de residencia en España (Fotocopia compulsada).
  • Certificado de homologación del título de licenciado en derecho (Fotocopia compulsada).
  • Certificado de carencia de antecedentes penales en el país de procedencia, expedido por la autoridad competente (Original).
  • Certificado de carencia de antecedentes penales en España, siempre que no se haya autorizado al Ministerio de Justicia su obtención de forma expresa (Original).
  • Certificación que acredite el comportamiento profesional, expedido por el órgano rector de la abogacía en el país de procedencia (Original).
  • Para el ejercicio de la Abogacía o de la Procura, una vez realizados estos trámites, deberá cumplir con las obligaciones establecidas por los distintos Colegios de Abogados o Procuradores de España.

Se hace constar que los no nacionales de un Estado miembro de la UE o del EEE, si no han obtenido la licenciatura en Derecho en una universidad española tienen la obligación de proceder, previamente a la solicitud de la dispensa de la nacionalidad, a la homologación de su título con el objeto de obtener el reconocimiento en España del título obtenido en el extranjero. Este trámite se solicitará en el Ministerio de Educación.

Para más información

  • Ministerio de Justicia:
    • Oficina Central de Información (Centro de Atención al Ciudadano).
    • Teléfonos de la Unidad responsable de la tramitación: 902 007 214 - 91 837 22 95
    • Consejo General de la Abogacía española .
  • Consejo General de Colegios de Procuradores .

Cómo solicitarlo/presentarlo

Cómo solicitarlo/presentarlo


Oficinas de la administración

Gerencia Territorial de Justicia

Torre Norte 2, Plaza España, s/n, 41071 Sevilla

Tel. 954 23 90 01

Horario: 9-14 h

Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia

Carrer de Caballero, 52, 08014 Barcelona

Tel. 933 49 41 80

Horario: 9-14 h

Ministerio de Justicia

Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08075 Barcelona

Tel. 933 49 41 80

Ministerio de Justicia

Calle de San Bernardo, 45, 28015 Madrid

Tel. 918 37 22 95

Horario: 9-14

Gerencia Territorial de Justicia

Carrer d'Hernán Cortés, 24, 46004 València

Tel. 963 94 35 58

Horario: 9-14 h

Ministerio De Justicia Gerencia Territorial De Organos Centrales

Calle Marqués del Duero, 4, 28001 Madrid

Tel. 911 02 64 75

Horario: 9-14 h


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Plazo resolución dispensa nacionalidad
Soy de Islandia, ¿cómo puedo pedir la dispensa para ejercer como abogado en España?
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