Prórroga del permiso previo de exportación de armas | gob.mx
Información Rápida
Objetivo
Extender la validez de un permiso de exportación de armas convencionales, bienes de uso dual, software y tecnologías relacionadas por un período igual al original.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o morales que requieran extender la vigencia de su permiso de exportación de armas convencionales, bienes de uso dual, software y tecnologías relacionadas.
Requisitos principales
- Ser persona física o moral.
- Cumplir con los requisitos especificados en la solicitud.
Plazos
La prórroga debe solicitarse antes de que expire el permiso original.
Duración del trámite
Variable, depende del caso.
Información adicional
* Si la empresa es extranjera el acta constitutiva debe venir debidamente apostillada y acompañada de una traducción realizada por perito traductor autorizado. Lo anterior, a fin de comprobar su legal existencia, su objeto social, normas que las rigen y las atribuciones que les confieren a los representantes legales para representarlos.
Resumen
Este trámite te permite extender, por única vez y por un periodo igual al original, la vigencia de tu permiso para exportar armas convencionales, bienes de uso dual, software y tecnologías relacionadas.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
Persona física:
- Copia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Si cuentas con la constancia de inscripción en el Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA), no necesitas presentar documentos para acreditar tu personalidad jurídica.
- Original y copia de una identificación oficial vigente.
- Original y copia de un comprobante de domicilio.
- Original y copia de la solicitud de permiso previo de exportación de armas convencionales.
Persona moral:
- Original y copia de la solicitud de permiso previo de exportación de armas convencionales.
- Copia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Si cuentas con la constancia de inscripción en el Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA), no necesitas presentar documentos para acreditar tu personalidad jurídica.
- Original y copia del acta constitutiva y sus modificaciones, así como del poder notarial. Si la empresa es extranjera, el acta constitutiva debe estar apostillada y acompañada de una traducción realizada por un perito traductor autorizado.
- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal, Municipal o del Distrito Federal, así como cualquier otra autoridad, institución u organismo público comprobarán su legal existencia mediante documento, en el cual, consten datos suficientes de su creación, de las normas que los rijan y les confieran atribuciones, del resultado de la elección o del nombramiento de los servidores públicos con facultades para representarlos
Costos
El trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
Opciones para realizar tu trámite
- Presencial: Acude a las delegaciones y representaciones de la Secretaría de Economía.
Ayuda
Este trámite está en proceso de mejora continua para cumplir con el estándar de servicios digitales de gob.mx.