ANSES

  • Ahora podés hacerlo más simple

    Descargá tu constancia de CUIL en cualquier momento desde tu cuenta de Mi Argentina, sin volver a poner todos tus datos.

    El Código Único de Identificación Laboral (CUIL) es un número personalizado asignado por ANSES por el cual quedan registrados todos tus aportes laborales.

    Importante:
    Para tramitarlo por primera vez, es obligatorio concurrir ante cualquier delegación de ANSES.

    ¿A quién está dirigido?

    A cualquier persona que lo necesite, por ejemplo: empleada, desempleada, empleador.

    ¿Qué necesito?

    Conocer los datos del DNI

    ¿Cómo hago?

    1

    Completá tus datos personales en el formulario Descargá tu constancia de CUIL.

    2

    Obtené tu constancia de CUIL para imprimir o tomar nota.

    La constancia que imprimas a través de la página web de ANSES tiene total validez y no es necesario que lleve firma o sello de ningún empleado.

    También podés tramitar la constancia personalmente, concurriendo a la Unidad De Atención Integral - UDAI u oficina más cercana a tu domicilio.

    Si tenés dudas, llamá a la línea telefónica gratuita 130, en el horario de 8 a 20.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Completar formulario

  • Si tenés asignada la obra social del PAMI, que se identifica con la leyenda DESC. OBRA SOCIAL, podés optar por una Obra Social que figure en el listado para jubilados y pensionados.

    Una vez realizada la opción de cambio de obra social, recibirás la cobertura a partir del primer día del tercer mes. La fecha de vigencia constará en el Comprobante de Empadronamiento (CODEM) que te será entregado por ANSES para ser presentado ante la obra social elegida.

    ¿A quién está dirigido?

    A jubilados o pensionados que quieran cambiar de Obra Social.

    El trámite puede ser realizado por un tercero, con la firma del titular certificada por autoridad judicial, notarial, policial, bancaria (en caso de titulares de la prestación que tengan su firma registrada), consular (en caso de argentinos residentes en el extranjero) o director de hospital, clínica o sanatorio (en caso de titulares internados).

    ¿Qué necesito?

    Titular

    • Formulario PS.5.5- Novedades/Opción de Traspaso en original y fotocopia.

    • DNI, LE o LC en original y fotocopia.

    • Última Orden de Pago Previsional (OPP) o Comprobante de Pago Previsional (CPP) o recibo de haber previsional en original y fotocopia.

    Tutor o curador

    • Formulario PS.5.5 -Novedades/Opción de Traspaso en original y fotocopia.

    • DNI, LE o LC en original y fotocopia.

    • Última Orden de Pago Previsional (OPP) o Comprobante de Pago Previsional (CPP) o recibo de haber previsional en original y fotocopia.

    • Documentación que acredite su calidad de tutor o curador (Testimonio de sentencia judicial) en original y fotocopia.

    Solo para quienes fueron beneficiarios de la obra social elegida durante la actividad laboral: Formulario PS.5.11 - Aceptación de la Obra Social para titulares de origen y su grupo familiar.

    ¿Cómo hago?

    1

    Consultá el Listado de Obras Sociales para jubilados y pensionados y seleccioná la que te resulte más conveniente.

    2

    Acercate a la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a tu domicilio, sin turno previo.

    ¿Tenés dudas?

    Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 hs.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia

    Un jubilado o pensionado tiene derecho a cambiar de Obra Social (siempre y cuando figure en el listado) hasta una vez por año.

    Web del Tramite

  • Si sos familiar de un jubilado o pensionado fallecido podés cobrar por los días pendientes, sumado a la proporción del aguinaldo que corresponda, hasta el día del fallecimiento.

    ¿A quién está dirigido?

    A la familia de la persona fallecida.

    ¿Qué necesito?

    Consultá en el sitio web de ANSES cuáles son los requisitos y la documentación necesaria.

    ¿Cómo hago?

    1

    Elegí la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a tu domicilio, antes de sacar un turno.

    2

    Solicitá un Turno en ANSES para la oficina elegida.

    3

    Consultá la información del día y el lugar del turno asignados y aceptalo o cancelalo.

    4

    Presentá la documentación en la UDAI u oficina elegida al momento de sacar el turno.

    Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia

    No te olvides

    Tenés tiempo de hacer el trámite hasta dos años después del fallecimiento de tu familiar.

    Pedir turno

  • Si fallece un familiar que habiendo residido en el país o en el exterior, al momento de su fallecimiento se encontrare percibiendo o hubiera solicitado una jubilación o pensión, podés solicitar el subsidio.

    El monto es una suma fija y tenés tiempo de solicitarlo en el transcurso del año de ocurrido el fallecimiento del titular de la prestación.

    ¿A quién está dirigido?

    A la familia de la persona fallecida, siempre y cuando no haya transcurrido más de un año desde el momento del deceso.

    ¿Qué necesito?

    DNI de quien solicita el reintegro.

    Partida de defunción del jubilado o pensionado.

    Factura de la funeraria a nombre del solicitante de la asignación.

    ¿Cómo hago?

    1

    Reuní la documentación.

    2

    Pedí un Turno en ANSES para concurrir a esa oficina.

    Podrás consultar la información del día y el lugar del turno asignados y aceptarlo o cancelarlo.

    3

    Presentá la documentación en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina del turno asignado.

    ¿Tenés alguna duda?

    Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Pedir turno

  • Podés solicitarla si tenés ceguera congénita o adquirida, con 45 años de edad (para ambos sexos) o 20 años de aportes.

    ¿A quién está dirigido?

    A trabajadores con ceguera, sean autónomos o en relación de dependencia.

    ¿Qué necesito?

    Casos de ceguera congénita

    Acreditar 20 años de servicios con aportes o 45 años de edad. Si cumplís con el requisito de edad, no deben requerirte la totalidad del otro requisito, pero para tener derecho a esta jubilación tenés que tener servicios con aportes.

    Casos de ceguera adquirida

    Se debe haber evidenciado en los últimos 5 años anteriores al cese de la actividad laboral.

    Documentación contenida en la Cartilla Jubilación de Trabajadores afectados de ceguera

    Importante

    En el caso de que tengas 45 años de edad o 20 años de servicios y adquieras una ceguera que pueda prolongarse por 2 años, también tendrás derecho a la jubilación.

    ¿Cómo hago?

    1

    Solicitá un Turno en ANSES.

    2

    Consultá la información del día y lugar del turno asignado y aceptalo o cancelalo.

    3

    Presentá la documentación en la Unidad de Atención Integral (UDAI)u oficina consignada en el turno.

    4

    ANSES dará inicio al trámite y te dará en ese momento la fecha de audiencia en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) a la que tenés que concurrir.

    5

    Una vez que asistas a la audiencia, el médico de la SRT emitirá un dictamen, que le llegará a ANSES mediante ventanilla electrónica y será la ANSES la que se encargue de notificarte.

    Si tenés dudas

    Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Pedir turno

    Web del Tramite

    Web del Tramite

  • Si tenés un hijo o hijo con discapacidad en edad escolar o en rehabilitación podés recibir el pago que realiza la ANSES una vez al año. Se abona a uno de los padres.

    ¿A quién está dirigido?

    A trabajadores registrados, a titulares del seguro por desempleo, a titulares de la prestación de una ART, a titulares de la pensión honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, a titulares de una jubilación o pensión del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a titulares de la AUH y a monotributistas.

    ¿Qué necesito?

    Contar con la información del titular y de su grupo familiar registrada en las bases de ANSES. En Mi ANSES, podés consultar cuáles son relaciones familiares que tenés registradas.

    Los ingresos del grupo familiar deben encontrarse entre los topes mínimo y máximo vigentes, tanto el individual como el del grupo familiar, excepto para el caso de hijos con discapacidad.

    Documentación solicitada en la Cartilla Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.

    ¿Cómo hago?

    1

    Completá el Formulario en línea PS.2.68 “Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad Especial/ Formación” o Acreditación de Escolaridad en línea (ya cumplimentado por el colegio o centro de rehabilitación); o

    2

    Presentá la documentación en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina asignada cuando pediste el turno.

    Cada año, obligatoriamente tenés que acreditar la escolaridad o rehabilitación de tu hijo o hijo con discapacidad a través del Formulario PS. 2.68 - Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad Especial/ Formación.

    Podés consultar en la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 hs.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia

    12 meses

    Pedir turno

  • Se abona desde la semana 12 de gestación hasta el nacimiento o interrupción del embarazo y se encuentra supeditada a la inscripción en el Programa SUMAR (a excepción de las trabajadoras del servicio doméstico, las trabajadoras de temporada y las monotributistas sociales) y al cumplimiento de los controles médicos establecidos por el programa.

    Monto de la asignación

    • El 80% del monto total se liquida mensualmente.

    • El 20% restante, se abona cuando hayas acreditado los controles de salud y el nacimiento del bebé o interrupción del embarazo.

    Consultá los montos de las asignaciones familiares.

    ¿A quién está dirigido?

    A las siguientes mujeres:

    • Desocupadas (al igual que su grupo familiar).
    • Trabajadoras en la economía informal con ingresos iguales o inferiores al salario mínimo, vital y móvil.
    • Monotributistas sociales.
    • Trabajadoras del servicio doméstico.
    • Beneficiaria de los siguientes planes: Hacemos futuro, Manos a la Obra y Programas de la Secretaría de Gobierno de Trabajo.

    Tené en cuenta...

    Si la embarazada es menor de 18 años, tiene que designar un representante para cobrar la asignación: madre, padre o tutor.

    ¿Qué necesito?

    DNI.

    Ser argentina nativa o naturalizada. O extranjera con una residencia mínima de 3 años en el país. En todos los casos, es indispensable residir en la Argentina.

    Constancia de inscripción en el Programa SUMAR del Ministerio de Salud de la Nación (exceptuando a las monotributistas sociales, empleadas del servicio doméstico o trabajadores de temporada).

    Formulario PS 2.67 - Solicitud Asignación por Embarazo Protección Social donde el médico acredita tu embarazo.

    Certificado de matrimonio, unión civil o convivencia, en caso que corresponda.

    Tener registrada en ANSES la información como titular y la del grupo familiar.

    Esta Asignación Universal se liquidará solamente a la titular y se abonará una sola asignación, aunque se tratase de un embarazo múltiple.

    ¿Cómo hago?

    1

    Revisá si tus datos personales y vínculos familiares están actualizados, ingresando en Mi ANSES o llamando al 130. Si no están actualizados, cuando vayas a la oficina de ANSES llevá el certificado de matrimonio o convivencia y los DNI del grupo familiar (originales y copias).

    2

    Inscribite en el Programa SUMAR. Lo podés hacer en el centro de salud donde estés realizándote los controles de tu embarazo.

    3

    Completá los rubros 1 y 2 del formulario PS 2.67 - Solicitud Asignación por Embarazo Protección Social. Recordá que el rubro 2 debe ser firmado por el médico que acredita tu embarazo.

    Si se produjera una interrupción del embarazo, se deberá indicar en el formulario. Si el bebé fallece también hay que presentar el certificado de defunción.

    4

    Solicitá un Turno en ANSES.

    Luego vas a poder consultar la información del día y el lugar del turno asignado, para chequearlo o cancelarlo.

    5

    Presentá la documentación en la oficina consignada en el turno que pediste.

    ¿Tenés dudas?

    Podés hacer consultas en la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 hs.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Pedir turno

  • Si podés acreditar haber estado detenido por causas políticas, gremiales y/o estudiantiles hasta el 10 de diciembre de 1983, podés acceder a la pensión, según lo establecido por la Ley 26.913.

    Tené en cuenta

    La Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación se encarga de resolver si te corresponde el otorgamiento de la pensión.

    ¿A quién está dirigido?

    A las personas que por causas políticas, gremiales y/o estudiantiles hayan sido condenadas por un Consejo de Guerra, puestas a disposición del Poder Ejecutivo nacional, y/o privadas de su libertad como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo hasta el 10 de diciembre de 1983, y acrediten tal condición.

    ¿Qué necesito?

    No cobrar otra prestación o subsidio no contributivo de carácter nacional, provincial o municipal de cualquier tipo o naturaleza. Sin embargo, es compatible con la percepción de cualquier otro ingreso monetario.

    DNI original.

    Formulario PS 6.298 completo.

    Copia de toda documentación respaldatoria de los hechos, certificada por escribano público o funcionario de ANSES:

    • Emanada del Ministerio de Defensa o de los Consejos de Guerra que acredite, que la detención pueda ser considerada como originada en causas políticas, gremiales o estudiantiles; Decreto del Poder Ejecutivo Nacional o Resolución Ministerial.
    • Emanada de unidades o tribunales militares o consejos de guerra, o certificación expedida por el Ministerio de Defensa.
    • Certificación que acredite la privación de la libertad por disposición de Tribunales Civiles que resultara violatoria de los Derechos Humanos amparados constitucionalmente.
    • Cualquier otra documentación que posea (por ejemplo: recortes de diarios o revista, etcétera) o nota donde relate los hechos acontecidos, detallando si recuerda datos de las personas que compartieron el cautiverio.

    ¿Cómo hago?

    1

    Sacá un turno en ANSES.

    2

    Consultá la información del día y el lugar del turno asignado. Podés aceptarlo o cancelarlo.

    3

    Presentá la documentación en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina que elegiste en el momento de sacar el turno.

    iMPORTANTE

    No existen plazos máximos para presentar la solicitud, por tratarse de delitos de lesa humanidad.

    Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Web del Tramite

  • Si una persona al momento de su fallecimiento trabajaba en relación de dependencia, como autónomo o monotributista, los familiares pueden tramitarla.

    ¿A quién está dirigido?

    Al cónyuge, conviviente o hijos menores de 18 (o sin límite de edad si son discapacitados) del trabajador fallecido.

    ¿Qué necesito?

    Consultá en el sitio web de ANSES los requisitos y la documentación necesaria.

    ¿Cómo hago?

    1

    Solicitá un turno en ANSES.

    Posteriormente, podrás consultar la información del día y el lugar del turno asignado y anotarlo o cancelarlo.

    2

    Presentá la documentación en la oficina consignada en el turno.

    Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Pedir turno

  • Si sos trabajador mayor de 65 años de edad, estás incapacitado física o intelectualmente para el trabajo en un porcentaje de 66% y sos aportante en relación de dependencia o autónomo, podés solicitarla.

    Recordá que no debés tener tareas en calidad de servicio doméstico.

    ¿A quién está dirigido?

    A hombres y mujeres de 65 años, que sean trabajadores en relación de dependencia o autónomos con una incapacidad laboral física o intelectual superior al 66%.

    ¿Qué necesito?

    Tener 65 años de edad.

    Encontrarse incapacitado para el trabajo.

    Cumplir con la condición de aportante regular o irregular con derecho.

    No tener tareas en calidad de servicio doméstico.

    No cobrar una jubilación, retiro civil o militar nacional, provincial o municipal.

    Presentar documentación solicitada en la cartilla de prestación por edad avanzada por invalidez

    ¿Cómo hago?

    1

    Solicitá un turno en ANSES..

    Posteriormente, podrás consultar la información del día y el lugar del turno asignado y aceptarlo o cancelarlo.

    2

    Presentá la documentación en la oficina consignada en el turno.

    ¿Tenés dudas?

    Podés hacer consultas a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Pedir turno

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