Participación en procesos de selección de personal del Ayuntamiento de Barcelona

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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El trámite permite presentar la solicitud de participación en los procesos de selección y provisión de personal del Ayuntamiento de Barcelona y hacer la liquidación y pago de la tasa por derechos de examen establecida en la convocatoria.

También permite subsanar los errores, omisiones y/o impagos de la tasa de exámenes, cuando la persona solicitante haya quedado excluida del proceso de selección, por no haber pagado la tasa en el plazo establecido en las bases de la convocatoria.

¿Qué puede hacer?

Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario para generar la solicitud y la tasa por derechos de examen calculada, pagarla por internet, adjuntar la documentación necesaria y presentarlo todo al registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

  1. Seleccione una opción:

    • Solicitud de participación: Le permitirá tramitar la presentación de la solicitud de participación en una convocatoria de proceso selectivo dentro del plazo establecido en su publicación.
    • Periodo de subsanación: Si ha resultado excluido de la convocatoria por impago de la tasa de exámenes, le permitirá tramitarla dentro del periodo de subsanación establecido en la publicación de la lista provisional.
  2. Rellene el formulario y confirme los datos.

    Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria del trámite en función del caso. Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este Portal y la manera de generarlos.

  3. Haga el pago por internet (a causa de la actualización diaria de datos contables no se pueden efectuar pagos con targeta bancaria en el intervalo de tiempo comprendido entre las 23:54 horas y las 00:31 horas del día siguiente).

    ATENCIÓN: es necesario pagar la tasa en caso de presentarse a convocatorias de acceso a la función pública. Recuerde que la presentación de solicitudes a bolsas de trabajo no genera ninguna tasa.

    Si lo prefiere, una vez llenada y calculada la tasa, podrá imprimirla y hacer el pago de manera presencial.

Después

  • Anote la contraseña que se mostrará al finalizar la inscripción, ya que le permitirá acceder de nuevo al trámite. Su vigencia es de 12 meses, a contar desde el último aceso al trámite.

  • Si paga por internet la tasa de derechos de examen y adjunta la documentación que requiere el formulario en función del caso, habrá finalizado el trámite de inscripción en el proceso de selección.

  • Si adjunta la documentación requerida pero prefiere pagar la tasa por derechos de examen de manera presencial, habrá hecho la inscripción en el proceso de selección pero, para finalizar el trámite, será necesario que imprima las hojas de la tasa y que les lleve a una entidad bancaria colaboradora para hacer el pago.

  • Si paga la tasa por derechos de examen por internet pero no adjunta la documentación requerida al formulario, habrá hecho la inscripción en el proceso de selección pero, para finalizar el trámite, será necesario que aporte la documentación tal como indican las bases de la convocatoria.

¿Quién lo puede pedir?

La persona interesada en participar en los procesos de selección y provisión de personal del Ayuntamiento de Barcelona que cumpla los requisitos especificados en las bases de la convocatoria.

No es necesario disponer de certificado digital para presentar la sol·licitud mediante el portal de trámites al registro telemático del Ayuntamiento.

La generación y pago de la tasa por derechos de examen, tampoco requiere disponer de certificado digital.

Documentación

Recuerde que, si desea adjuntar la documentación requerida al formulario, la deberá tener preparada en archivos o ficheros.

Personas que se encuentren en situación de desempleo o paro:

Para justificar la exención al pago de la tasa por derechos de examen, deberá aportar el certificado emitido por la Oficina de Trabajo de la Generalitat (OTG) o del INEM que acredite que se encuentra en situación de desempleo, que ésta no es por mejora de ocupación y que no recibe ninguna prestación económica, según especificaciones de las bases de la convocatoria.

Miembro de familia numerosa de categoria general o especial:

Para justificar la exención o reducción en el pago de la tasa por derechos de examen, deberá aportar fotocopia del título de familia numerosa emitido por la Administración correspondiente y que tendrá que estar en vigor, según las especificaciones de las bases de la convocatoria.

Personas con discapacidad:

Tanto para participar por el turno de reserva o para justificar la exención en el pago de la tasa por derechos de examen, tendrá que acreditar la condición legal de discapacidad igual o superior al 33% presentando fotocopia del certificado de discapacidad emitido por el Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) o por la Administración correspondiente, más el dictamen actualizado emitido por el Equipo de Valoración y Orientación (EVO) que indique su idoneidad para el desarrollo del contenido funcional de las plazas objeto de la convocatoria y las adecuaciones necesarias que necesite durante el proceso de selección. Para hacerlo, puede escoger una de las opciones siguientes:

  • Puede adjuntar la documentación al formulario.
  • Presentar la documentación en cualquiera de los registros municipales hasta 15 días después de la publicación de la lista definitiva de los aspirantes admitidos y excluidos.

Exención de la prueba de conocimientos de lengua catalana:

Para disfrutar de esta exención, deberá acreditar los conocimientos presentando fotocopia del certificado de conocimientos de lengua catalana o del documento acreditativo que requieren las bases de la convocatoria. Para hacerlo, puede escoger una de las opciones siguientes:

  • Adjuntar la documentación al formulario.
  • Presentar la documentación en cualquiera de los registros municipales, hasta 7 días antes de la realización de la prueba.
  • Enviar la documentación por correo electrónico a la dirección especificada en las bases de la convocatoria, hasta 7 días antes de la realización de la prueba.
  • Presentar una fotocopia el mismo día de la prueba de conocimientos de la lengua catalana.

Resto de casos:

Para el resto de casos y documentación acreditativa, hay que seguir las instrucciones indicadas en las bases de la convocatoria.

Fechas

La solicitud y la tasa deberan presentarse y pagarse en el plazo que establezcan las bases de la convocatoria para presentar la solicitud de inscripción. No se admitirá el pago fuera de este plazo.

La no presentación de la solicitud o la falta de pago de la tasa dentro del plazo establecido comportará la no admisión de la persona aspirante a las pruebas de selección.

Precio

    * Presentación de solicitudes por medios telemáticos:

    • Procesos de oferta pública de ocupación de acceso a los grupos A1 i A2: 26,08 euros.
    • Procesos de oferta pública de ocupación de aceso a los grupos B, C1, C2 y otros: 16,12 euros.
    • Bolsas de trabajo: no generan ninguna tasa.

    * Presentación de solicitudes por medios no telemáticos:

    • Procesos de oferta pública de ocupación de acceso a los grupos A1 i A2: 52,16 euros.
    • Procesos de oferta pública de ocupación de aceso a los grupos B, C1, C2 y otros: 32,24 euros.
    • Bolsas de trabajo: no generan ninguna tasa

    Estan exentos de pagar la tasa las personas que se encuentren en alguno de los casos siguientes:

    • Miembros de familias numerosas o monoparentales de categoria especial
    • Personas en situación de desocupación y que no reciban ninguna prestación económica.
    • Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

    Tienen una bonificación del 50% en el precio de la tasa:

    • Miembros de familia numerosa o monoparental de categoria general

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