Autorización para actuar como entidad colaboradora urbanística en materia de actividades (ECU)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Entidad privada de carácter técnico con personalidad jurídica propia, debidamente homologada y autorizada para el desempeño adecuado de las funciones de verificación, inspección y control que determina la ordenanza. Se entenderán referidas a estas entidades todas las menciones que en la ordenanza se hagan a entidad colaboradora.

Requisitos

 Requisitos de acreditación, homologación y autorización:

  • Las empresas que soliciten acceder a la condición de ECU deberán reunir los requisitos de acreditación  (legislación de la Unión Europea en materia de acreditación y norma UNE - EN ISO / IEC 17020) establecidos en los documentos:
    • Procedimiento de Acreditación de Entidades de Inspección (PAC-ENAC-EI)
    • Procedimiento de Homologación: corresponderá a la Comunidad Autónoma de Madrid, que dispone de un registro habilitado a tal efecto.
    • Procedimiento de Autorización: corresponderá al Ayuntamiento de Madrid artículo 2.8 de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas.

Cómo realizar el trámite

En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.

Presencialmente: en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'. 
  • Estatutos o normas por la que se rija la entidad, para el caso de una persona jurídica o asociación de profesionales.
  • Documento acreditativo de la identidad de la entidad, para el caso de persona física.
  • Certificación de la inscripción de la entidad colaboradora en el Registro de entidades
    privadas de colaboración urbanística de la Comunidad de Madrid.
  • Certificado de acreditación emitido por la Entidad Nacional de Acreditación, por el que se acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma UNE - EN ISO / IEC o norma que la sustituya, así como de los requisitos específicos de acreditación que se establezcan.
  • Póliza de seguros, de conformidad con lo establecido en artículo 53.
  • Compromiso de disponer con carácter permanente de un sistema de información compatible con el del Ayuntamiento de Madrid que permita el intercambio de información y que pueda adecuarse de forma continua a las características técnicas y funcionales que establezca el Ayuntamiento de Madrid, a los efectos de control informático del régimen de gestión y control dispuesto en esta ordenanza.
  • Acreditación de contar con un procedimiento de reclamaciones que garantice a los interesados la adecuada defensa de sus derechos e intereses legítimos. Dicho procedimiento será gratuito.
  • Declaración de disponer de un sistema de atención al cliente que garantice la atención en todo el término municipal.
  • Declaración de adecuarse a la imagen corporativa de identificación del servicio establecida por el Ayuntamiento de Madrid.

Más Información

Tramitación

Para actuar en el ámbito de aplicación de la Ordenanza, la entidad colaboradora deberá obtener la autorización del órgano del Área de Gobierno u Organismo competente del Ayuntamiento de Madrid.

Información complementaria
  • El plazo máximo de resolución de la autorización será de un mes desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
  • Las resoluciones de autorización deberán ser inscritas de oficio en el Registro Municipal de Entidades Colaboradoras Urbanísticas y publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid.
  • Se dará traslado de los datos de la resolución de autorización, al Registro de entidades privadas de colaboración urbanística de la Comunidad de Madrid.
  • La autorización tendrá la misma vigencia que la acreditación que le dió lugar, pudiendo ser suspendida o extinguida en los casos contemplados en la ordenanza.
Entidad Gestora

Agencia de Actividades


Oficinas de la administración

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE MONCLOA - ARAVACA

PLAZA  MONCLOA,  1 28008  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE CARABANCHEL

AVENIDA  PLAZA DE TOROS,  17 28025  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

AGENCIA TRIBUTARIA DE MADRID. REGISTRO

CALLE  SACRAMENTO,  3 28005  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: De lunes a jueves de 8:30 a 17 y viernes de 9 a 14 horas.Verano (agosto) de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.  

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE LATINA

AVENIDA  GENERAL FANJUL,  2 28044  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

ÁREA DE GOBIERNO DE MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD. REGISTRO

CALLE  MONTALBAN,  1 28014  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables, de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.  

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE CHAMARTÍN

CALLE  PRINCIPE DE VERGARA,  142 28002  MADRID 

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Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

ÁREA DE GOBIERNO DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS. REGISTRO

CALLE  PRINCIPE DE VERGARA,  140 28002  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables, de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.  

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE USERA

AVENIDA  RAFAELA YBARRA,  41 28026  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

TRIBUNAL ECONÓMICO - ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE MADRID (TEAM). REGISTRO

CALLE  MAYOR,  83 28013  MADRID 

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Horario: Laborables de lunes a viernes  será de 8,30 a 14 horas.Cerrado 24 y 31 de diciembre.  

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE FUENCARRAL - EL PARDO

AVENIDA  MONFORTE DE LEMOS,  40 28029  MADRID 

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Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. REGISTRO

CALLE  ALCALA,  45 28014  MADRID 

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Horario: Laborables: de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas y viernes de 8:30 a 14 horas.Verano (agosto): de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado: 24 y 31 de diciembre.  

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