Solicitud de autorización de colaborador en el mercado de venta ambulante

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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DESCRIPCIÓN

Los titulares de los puestos del Mercado Ambulante de Zaragoza podrán ser auxiliados o, en su caso, sustituidos de forma ocasional, en el desarrollo de la actividad por hasta un máximo de cuatro dependientes, colaboradores o personas con las que tengan una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (cónyuge, padre/madre, hijo/hija, hermano/hermana); tales relaciones se tendrán en cuenta siempre respecto del titular de la licencia.

A efectos de control administrativo, dichos auxiliares deberán estar inscritos en el Registro que llevará al efecto la Administración del Mercado, previa acreditación de los requisitos y estarán provistos de tarjeta con fotografía que les acredite como tales.

Lo dispuesto en el presente artículo se entiende sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones de la normativa vigente en materia laboral y de Seguridad Social.

Las especialidades de productos que se pueden vender en este mercado Ambulante, son las siguientes (art. 4)

Podrán ser objeto de venta en el Mercado de Venta Ambulante de Zaragoza toda clase de artículos nuevos.

Como excepción, no se permite la venta de productos alimenticios o comestibles de cualquier clase y cualquiera que sea la forma de venta (naturales, envasados, enlatados, frescos, congelados, etc.). Se permitirá, sin embargo, la instalación de hasta seis puestos para la venta de frutos secos, que habrán de cumplir los requisitos higiénico-sanitarios que para su apertura y funcionamiento establecen las disposiciones vigentes, y disponer de las autorizaciones precisas para ello. Queda igualmente prohibida la venta de animales.

El Ayuntamiento podrá no obstante autorizar la venta de otros artículos u otras actividades y establecer las condiciones para ello, de conformidad con la legislación vigente.

Está en todo caso prohibida la venta de artículos usados.

Derechos, obligaciones y prohibiciones de los titulares de puestos (arts. 6, 7, 14, 15, 16 y 17)

Los días de celebración del Mercado de Venta Ambulante serán los miércoles y domingos de cada semana.

El horario de venta será:

  • Los miércoles de 10:00 a 13:30 horas, y los domingos y miércoles que coincidan con festivos de 10:00 a 14:30.
  • Cuando sea necesaria la celebración en día diferente a los establecidos, en compensación por imposibilidad de ejercicio por motivos imprevistos o de fuerza mayor, la actividad se desarrollará de 10:00 a 14:30 horas.
  • La instalación de los puestos y descarga de mercancías se realizará entre las 7:30 y las 9:45 horas, prohibiéndose a partir de esta hora efectuar tales operaciones. El desmontaje de los puestos se realizará en todo caso antes de las 16:30 horas, momento en el que la zona ocupada deberá quedar completamente libre y expedita.

No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, por resolución del órgano municipal competente podrán fijarse horarios diferentes a los establecidos cuando circunstancias de interés público así lo aconsejen.

El acceso de vehículos al recinto y permanencia en el mismo solamente podrá efectuarse durante el horario de montaje y descarga de mercancías, así como el de desmontaje de los puestos, prohibiéndose terminantemente el acceso en horas distintas, incluidas las de venta, salvo que por inclemencias del tiempo fuera aconsejable suspender la celebración del mercado y así lo decidieran los administradores, en cuyo caso la retirada de los puestos podrá realizarse antes de dicho horario. Se prohíbe en los mismos términos el paso de vehículos cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kilos. Deberán observarse en todo momento las indicaciones que se efectúen por los administradores del mercado y agentes de la Policía Local, a fin de no entorpecer el paso de otros vehículos ni la instalación de los puestos.

Excepto en el caso de suspensión de la celebración del mercado, la retirada de puestos antes del cierre, que deberá, en su caso, ser autorizada por los administradores, se realizará retirando todos los elementos, instalaciones y productos, a mano, sin que se permita el acceso de vehículos.

Cada puesto deberá estar dotado de un recipiente donde se depositen los residuos, embalajes y basuras que puedan producirse, prohibiéndose terminantemente depositarlos fuera de los mismos. Una vez llenos o al finalizar la jornada se depositarán tales residuos en los contenedores generales instalados al efecto.

Obligatoriedad del ejercicio de la actividad de venta.

  1. Los titulares de los puestos tienen la obligación de ejercer la venta en los mismos todos los domingos en que se celebre el mercado, conforme a lo dispuesto en el título V de este Reglamento. La falta de asistencia al mercado los miércoles no será objeto de sanción.
  2. El titular del puesto deberá comunicar a la Administración el disfrute de vacaciones, con expresión del período que desee disfrutar. La ausencia en la actividad no superará el mes de duración. Durante dicho período el puesto permanecerá vacante y sin actividad. No obstante, y en los puestos del Mercado Ambulante de Zaragoza, durante el periodo vacacional del titular se permitirá que ejerza la actividad uno de los dependientes acreditados.
  3. La ausencia del titular por causas de fuerza mayor, deberá ponerse en conocimiento del administrador. Cuando la ausencia del mercado no exceda de un día se admitirá la comunicación verbal. En caso de que se precisen más días, deberá manifestarse por escrito con expresión y acreditación de la causa que la motive.

Los puestos que no sean ocupados los días de celebración del mercado por ausencia de su titular, deberán quedar vacantes, no permitiéndose la instalación a otros vendedores ni la ampliación de los puestos próximos o colindantes.

No obstante, la Administración del Mercado podrá, a su criterio, autorizar la instalación de vendedores en puestos distintos de los que corresponden a las licencias de las que son titulares, cuando, como consecuencia de haberse producido un número elevado de ausencias en determinados días, resulte conveniente la agrupación de los puestos montados a fin de evitar una excesiva dispersión y para mejorar el funcionamiento comercial del mercado.

Obligaciones de los titulares de las autorizaciones

  • Cumplir y hacer cumplir a quienes de ellos dependan las presentes normas y cuantas disposiciones y órdenes les afecten, tanto referidas a las instalaciones como a los productos que vendan, así como acatar las disposiciones de la Administración del Mercado y de los agentes de la Policía Local.
  • Ejercer personalmente la actividad y tener debidamente acreditados a los dependientes o colaboradores, en su caso, en los términos establecidos en este Reglamento.
  • Los puestos que expendan productos al peso o medida deberán disponer de cuantos instrumentos sean necesarios para su medición o peso. Tales instrumentos de peso o medida estarán debidamente legalizados y serán necesariamente del sistema decimal.
  • Encontrarse de alta en el impuesto de actividades económicas, inscritos en el Registro General de Empresarios de la Diputación General de Aragón y afiliados en la Seguridad Social.
  • Estar al corriente de pago de las tasas municipales derivadas de su actividad en el mercado.
  • Tener a disposición y exhibir cuando fueran requeridos por el administrador o por los agentes de la Policía Local el último recibo de pago de la tasa municipal por ejercicio de la actividad, el certificado de pesas y medidas y la inscripción en el Registro General de Empresarios y demás que exijan las disposiciones vigentes.
  • Tener en el puesto y exhibir cuando fueren requeridos para ello por la autoridad competente los justificantes o facturas de procedencia de los artículos que vendan, a nombre del titular.
  • Tener expuestos en forma visible para el público la acreditación del titular y de los dependientes del puesto, en su caso, el documento en que conste la correspondiente autorización municipal, así como una dirección para la recepción de las posibles reclamaciones.
  • El montaje, desmontaje y mantenimiento de los puestos en las debidas condiciones de seguridad y limpieza; así como la evacuación de los residuos depositándolos en el recipiente a que se refiere el artículo 7 y, una vez lleno este, y al final de la jornada, en los contenedores dispuestos al efecto, dejando el espacio ocupado por el puesto en perfecto estado de limpieza a la finalización del desmontaje.
  • Responder de los daños y perjuicios que puedan originarse con las instalaciones y elementos de su pertenencia.
  • Cumplir todas las obligaciones y prescripciones de la normativa aplicable.

Prohibiciones

Además de las contenidas en las anteriores normas, se prohíbe en el recinto:

  • Vender artículos usados o productos no autorizados, en general.
  • Producir ruidos, proferir voces o gritos y el uso de altavoces.
  • La tenencia de animales.
  • Extender instalaciones o artículos fuera de los límites del puesto.
  • Instalar elementos que entorpezcan la colocación de los demás puestos o que puedan molestar o dificultar el tránsito por el recinto.
  • Encender fuego.
  • Abandonar los embalajes y residuos procedentes del ejercicio de la actividad fuera de los contenedores instalados a tal efecto.
  • Usar el espacio anexo de aparcamiento como zona de venta o de exposición, ya que representaría un aumento de la zona comercial autorizada.

Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas

Normativas

Plazo Resolución

Recibirá la contestación a su petición en el plazo máximo de 3 meses

FORMAS DE TRAMITACIÓN

Por Internet

INICIAR TRÁMITE CON CERTIFICADO

PROCESO:

Si dispone del DNI electrónico o de otro Certificado Electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes PASOS:

1. Qué documentación tiene que enviar

  • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las Instrucciones para Almacenar los Impresos.
  • Si es necesario presentar alguna documentación adicional que Vd. dispone en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.

2. Iniciar Procedimiento

  • Iniciar el expediente seleccionando el icono de Certificado Electrónico (situado en la cabecera de la ficha descriptiva del trámite) y accederá al inicio de su expediente electrónico que será recibido en el órgano gestor correspondiente del Ayuntamiento de Zaragoza. Deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
  • Incorpore la solicitud y la documentación adicional, si la hubiera.
  • A continuación, se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".
  • Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición.
DOCUMENTACIÓN:
  • Copia del DNI del colaborador.
  • Fotografía del colaborador tamaño 7'5x8'5cm.
  • Documento acreditativo de pago a la Seguridad Social en el régimen que corresponda.

Presencial

PROCESO:
  • Presentar la solicitud en el Registro General
  • Adjunte la documentación requerida
  • En el caso de que se requiera nueva documentación, adjúntela.
DOCUMENTACIÓN:
  • Copia del DNI del colaborador.
  • Fotografía del colaborador tamaño 7'5x8'5cm.
  • Documento acreditativo de pago a la Seguridad Social en el régimen que corresponda.
LUGAR DE PRESENTACIÓN:

Oficina de Registro Plaza del Pilar
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

  • Tfno: 976 721234 - 010
  • Horario:
    • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
    • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

Oficina de Registro Seminario
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

  • Tfno: 976 721234 - 010
  • Horario:
    • De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
    • Días inhábiles para 2019: cerrado los sábados, domingos y los declarados festivos. En concreto: 1, 7 y 29 enero, 5 marzo, 18, 19 y 23 abril, 1 mayo, 15 agosto, 12 octubre, 1 noviembre, 6, 9 y 25 diciembre.

Impresos relacionados

Órgano Gestor

Servicio Jurídico de Mercados
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50004


Oficinas de la administración

JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO

Antonio Leyva, 87, Zaragoza

Tel. 976 726 096

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Mompeón Motos, 12-14, Zaragoza

Tel. 976 726 058

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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María Zambrano, 56, Zaragoza

Tel. 976 726 085

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Pº Hernán Cortés, 31-33, Zaragoza

Tel. 976 726 110

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL

Avda. Santa Isabel, 100, Zaragoza

Tel. 976 726 024

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO

San Pablo, 37, Zaragoza

Tel. 976 721 482

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ

Pza. Mayor, 2, Zaragoza

Tel. 976 726 062 / 60

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA

Avda. Puerta de Sancho, 28, Zaragoza

Tel. 976 726 104

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES

Florentino Ballesteros, s/n, Zaragoza

Tel. 976 724 058 / 57

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO

Calle del Pilón, 147, Zaragoza

Tel. 976 328 241

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

REGISTRO GENERAL

Vía Hispanidad, 20, Planta B. Zaragoza

Tel. 976 724 588

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.

JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA

Viñedo Viejo, 1, Zaragoza

Tel. 976 726 007

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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