Deducciones para inversiones con objetivos de mejora ambiental

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Las empresas que realizan inversiones en inmovilizado material consistente en instalaciones destinadas a la protección del medio ambiente, pueden deducir un porcentaje del impuesto de sociedades.

El porcentaje deducible de la cuota íntegro del impuesto para inversiones destinadas a la protección del medio ambiente era del 10% del importe total de la inversión. Este porcentaje se mantuvo constante hasta 2006, momento en que, con la aparición de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, se fue reduciendo dos puntos cada ejercicio. En 2010 este porcentaje era del 2%.

Con la Ley de Economía Sostenible 2/2011, el porcentaje se vio incrementado en un 8% para las inversiones realizadas en el período impositivo iniciado a partir de la entrada en vigor de esta Ley.

De acuerdo con el artículo 92 de la mencionada Ley, a partir del 1 de enero de 2011:

  • Si el inicio del período impositivo es anterior a la entrada en vigor de la Ley de Economía Sostenible, se podrán aplicar una deducción del 8% las inversiones realizadas a partir del 1 de enero de 2012. En este caso, las inversiones puestas en funcionamiento en 2011 tendrán derecho únicamente a una deducción del 2%.
  • Si el inicio del período impositivo es posterior a la entrada en vigor de la Ley de Economía Sostenible (6 de marzo de 2011), las inversiones realizadas en este periodo tendrán derecho a una deducción del 8%.

Con la publicación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que entró en vigor en fecha 1 de enero de 2015, las inversiones con objetivos de mejora ambiental dejan de ser objeto de deducción fiscal. Teniendo en cuenta esta modificación, las inversiones puestas en funcionamiento a partir del 1 de enero de 2015 no podrán ser objeto de certificación de convalidación de inversiones por parte de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático.

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A quién va dirigido

A los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades que realicen inversiones destinadas a la proteción del medio ambiente.

Solicitar certificación de convalidación

Plazos

Se puede tramitar la solicitud de certificado de convalidación de inversiones en cualquier momento, siempre y cuando las inversiones efectuadas estén en funcionamiento.

No obstante, es muy aconsejable, para la buena gestión del trámite, que las solicitudes se presenten en el mismo momento que las inversiones entren en funcionamiento y, a más tardar, durante el primer mes del año siguiente al de entrada en funcionamiento de las inversiones. Esto ayuda, en gran medida, a que en el momento de presentar el impuesto, el solicitante ya pueda disponer del certificado de convalidación, y se pueda aplicar correctamente la deducción.

Para tener derecho a efectuar la desgravación en el ejercicio en el que se presenta el impuesto, debe presentarse la solicitud antes del inicio del plazo de presentación del impuesto y, en este caso, a pesar de la administración no haya emitido aún el correspondiente certificado, se puede practicar la deducción, en las condiciones que establece la normativa vigente.

Documentación

Documentación que debe adjuntar a la solicitud:

  1. Anexo a la solicitud del certificado de convalidación de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.  
  2. Memoria explicativa y justificativa de las inversiones realizadas y de las mejoras ambientales alcanzadas. En esta memoria se ha de añadir también la información de todas las facturas relacionadas con cada una de las actuaciones solicitadas (se entiende por actuación cada una de las inversiones que por sí sola represente una mejora ambiental). Esta información es:
    a. Número de factura
    b. Fecha de Emisión
    c. proveedor
    d. NIF del proveedor
    e. concepto
    f. base imponible
    g. IVA
    h. importe total
  3. También habrá cuantificar la mejora respecto a la situación anterior a la inversión siempre que sea posible. Por esta cuantificación, los datos necesarios son los que constan en el siguiente modelo de Balance ambiental.
  4. Si la empresa solicitante quiere que los trámites los realice una tercera persona, se deberá adjuntar el documento que acredite la representación de ésta. Este documento será necesario en caso de que la presentación de la solicitud y la documentación se haga por medio de un representante autorizado por la empresa solicitante. De no ser así las comunicaciones sólo se mantendrán con la empresa solicitante.
  5. En caso de que se sustituya algún equipo, se deberá justificar la baja del equipo sustituido.

El tamaño máximo permitido del archivo de solicitud, incluyendo los adjuntos a través de la presentación electrónica, es de 5MB. En caso de que se no pueda enviar todo comprimido por canal electrónico, el documento relativo a la memoria explicativa y justificativa de las inversiones realizadas, se puede enviar a fue.tramitacio@gencat.cat, indicando en el asunto "Deducciones: el NIF de la empresa y el coste total de la inversión". El formulario de solicitud la ha de enviar a través de la OVT para que quede registrada la entrada.

Requisitos

Ser sujeto pasivo del impuesto sobre sociedades (o del IRPF si es autónomo) y estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones de la normativa ambiental.

Tasas

La cuota por cada solicitud de certificado de convalidación de inversiones es de 315 €
Se aplicará una reducción del 50% de la cuota si la entidad solicitante es una microempresa o una PYME.  Se consideran microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME), las empresas (Recomendación 2003/361 de la Comisión): 

  • Con menos de 250 trabajadores y con un volumen de negocios anual de hasta 50 millones de euros o cuyo balance general anual no superior a 43 millones de euros.
  • Dentro de las PYME, una empresa será "pequeña" cuando ocupe a menos de 50 trabajadores y su volumen de negocios anual o cuyo balance general del año no superen los 10 millones de euros.
  • Dentro de las PYME, una empresa será "microempresa" cuando la entidad tenga menos de 10 trabajadores y su volumen de negocios anual o cuyo balance general no sobrepase los 2 millones de euros. 

La tasa se acredita con la prestación del servicio y en el momento que se formula la solicitud.

Si la solicitud se envía electrónicamente, la tasa tendrá una bonificación del 10%.

Otras informaciones

Para saber en qué anexo está incluida su actividad puede consultar la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades 

Para justificar las deducciones efectuadas sobre el impuesto de sociedades, es necesario pedir al Departamento de Territorio y Sostenibilidad el certificado de convalidación de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.
Se debe presentar una solicitud para cada uno de los establecimientos o centros de la empresa donde se hayan realizado inversiones susceptibles de ser certificadas.

Es necesario presentar el certificado a la Administración Tributaria en el caso de que ésta lo requiera.

Ámbito de las actuaciones

  • Evitar la contaminación atmosférica y acústica procedente de instalaciones industriales.
  • Evitar la contaminación de las aguas superficiales, subterráneas y marinas.
  • Reducir, recuperar o tratar los residuos industriales propios

 

Información general

Las empresas que realizan inversiones en inmovilizado material consistente en instalaciones destinadas a la protección del medio ambiente, pueden deducir un porcentaje del impuesto de sociedades.

El porcentaje deducible de la cuota íntegro del impuesto por inversiones destinadas a la protección del medio ambiente era del 10% del importe total de la inversión. Este porcentaje se mantuvo constante hasta 2006, momento en que, con la aparición de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, se fue reduciendo dos punto cada ejercicio. En 2010 este porcentaje era del 2%.

Con la Ley de Economía Sostenible 2/2011, el porcentaje se vio incrementado en un 8% para las inversiones realizadas en el período impositivo iniciado a partir de la entrada en vigor de esta Ley.

De acuerdo con el artículo 92 de la mencionada Ley, a partir del 1 de enero de 2011:

Si el inicio del período impositivo es anterior a la entrada en vigor de la Ley de Economía Sostenible, se podrán aplicar una deducción del 8% las inversiones realizadas a partir del 1 de enero de 2012. En este caso, las inversiones puestas en funcionamiento en 2011 tendrán derecho únicamente a una deducción del 2%.
Si el inicio del período impositivo es posterior a la entrada en vigor de la Ley de Economía Sostenible 2/2011 (6 de marzo de 2011), las inversiones realizadas en este periodo tendrán derecho a una deducción del 8%.

Con la publicación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que entró en vigor en fecha 1 de enero de 2015, las inversiones con objetivos de mejora ambiental dejan de ser objeto de deducción fiscal. Teniendo en cuenta esta modificación, las inversiones puestas en funcionamiento a partir del 1 de enero de 2015 no podrán ser objeto de certificación de convalidación de inversiones por parte de la Dirección General de Calidad Ambiental.

De acuerdo con la consulta vinculante de la DG de Tributos, número / ref CV0489-15, las empresas que soliciten el certificado de convalidación por inversiones puestas en funcionamiento en el período impositivo iniciado con anterioridad al 1 de enero de 2015 , tienen un plazo para poder aplicar la deducción medioambiental de 15 años según el artículo 39.1 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, a contar desde la finalización del período impositivo en el que se realizan las inversiones. En cualquier caso, será necesario que con anterioridad al inicio del plazo de declaración del impuesto correspondiente al período impositivo en que se pretenda aplicar la mencionada deducción, haya solicitado la expedición de la certificación de convalidación de la inversión medioambiental.

En resumen, las empresas que hayan llevado a cabo inversiones ambientales en los período impositivos comprendidos entre el año 2000 y el año 2014, y para las que no se haya solicitado el certificado de convalidación a efectos de su deducción al Impuesto de Sociedades, podrán solicitar dicho certificado.


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