Ayudas para la realización de prácticas formativas por parte de alumnos y alumnas que cursan estudios no universitarios de carácter profesionalizador

Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Objeto

El objeto de las ayudas de la presente convocatoria es compensar, en parte, los gastos extraordinarios que ocasionen al alumnado la realización de las Prácticas Formativas en Centros de Trabajo (FCT).

Interesados/Solicitantes

Los alumnos que cumplan los siguientes requisitos:

Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

CUANTÍA
1. Las ayudas destinadas al alumnado son en concepto exclusivo de apoyo a los gastos previsibles de locomoción o transporte, y se distinguen tres modalidades:
a) Alumnado que realice las prácticas formativas en empresas o entidades situadas en distinta localidad a la de su domicilio, y a la de su centro educativo, y entre 5 y 20 km de éstas.
b) Alumnado que realice las prácticas formativas en empresas o entidades situadas en distinta localidad a la de su domicilio, y a la de su centro educativo, y a más de 20 km de éstas.
c) Alumnado que realice las prácticas formativas en empresas o entidades situadas en la misma o distinta localidad a la de su domicilio, y a la de su centro educativo, y entre 3 y 5 km de éstas.
Para determinar la modalidad del alumnado, se tendrá en cuenta la menor de las distancias anteriormente indicadas. Asimismo, el kilometraje, según mapa oficial de carreteras del Ministerio de Fomento.
2. Se establecen como importes máximos de las ayudas destinadas al alumnado:
a) 15 euros por día de prácticas formativas para la modalidad a), hasta un límite de 500 euros
b) 20 euros por día de prácticas formativas para la modalidad b), hasta un límite de 900 euros
c) Hasta 120 euros en concepto de pequeños gastos de transporte o locomoción para la modalidad c)
Las ayudas se ajustarán en razón del presupuesto disponible y del total de días y horas de prácticas formativas certificadas por el centro educativo durante el año 2010.
Si el alumnado hubiese obtenido una exención parcial del módulo de Prácticas Formativas en Centros de Trabajo, se adjuntará a la documentación presentada, una fotocopia compulsada de la citada exención.
PAGO
- Con la autorización del alumnado, el abono de las ayudas se efectuará a través de los centros docentes donde el alumnado esté matriculado.
- Los centros docentes privados concertados responden al concepto de «entidad colaboradora» (artículo 12, de la Ley General de Subvenciones) por lo que deberán acreditar, ante el órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento, cumplir lo establecido en los artículos 13, 15 y 16 de la Ley General de Subvenciones; incluyendo la exigencia de acreditar el estar al corriente en las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, de acuerdo con lo que se especifica en la base octava.
- En el plazo de tres meses desde que los centros docentes reciban las ayudas, los directores o titulares remitirán los documentos acreditativos de su pago a cada uno de los beneficiarios, de conformidad con el artículo 30.2 de la Ley General de Subvenciones y al artículo 2 de la Orden TIN 2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación 2007-2013, a la DG de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional.
Como consecuencia de lo anterior, sólo se podrá pagar al alumnado mediante transferencia o cheque bancario y adjuntar la justificación bancaria correspondiente de cobro efectivamente realizado por el beneficiario. No será medio de pago admisible a los efectos de esta convocatoria la expedición y firma de recibís por parte del alumnado.
La documentación se presentará en la Conselleria de Educación o haciendo uso de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; dirigidas a la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional; Servicio de Formación Profesional; Sección de Iniciación Profesional; Av. Campanar, 32, 46015 Valencia.

¿Dónde dirigirse?

Presencial

a) El alumnado matriculado en centros públicos dependientes de la Conselleria de Educación, que curse Ciclos Formativos, Módulos Profesionales Experimentales o Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI), que haya realizado las Prácticas Formativas en empresas o entidades públicas o privadas a través del correspondiente concierto de colaboración establecido en la Orden de 31 de agosto de 1988, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia. (DOGV de 15 de septiembre)
b) El alumnado matriculado en centros privados, en enseñanzas concertadas con la Conselleria de Educación, que curse ciclos formativos y que haya realizado Prácticas Formativas en empresas o entidades públicas o privadas a través de un concierto de colaboración.
c) El alumnado matriculado en centros públicos dependientes de la Conselleria de Educación que curse Ciclos Formativos en Enseñanzas de Arte y Diseño o Enseñanzas Deportivas que haya realizado las Prácticas Formativas en empresas o entidades públicas o privadas a través del correspondiente concierto de colaboración establecido en la Orden de 31 de agosto de 1988, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia. (DOGV de 15 de septiembre)
Y que además cumplan el requisito siguiente:
- Realizar el módulo profesional de FCT en empresas o entidades públicas y privadas distintas del centro educativo en el que curse el ciclo formativo.
El alumnado que participe en FCT en el ámbito transnacional se acoge a otras ayudas y sólo tendrá derecho a las ayudas por las jornadas que realice en el Territorio Nacional.

- Presentación de la solicitud y documentación requerida.
- El centro educativo comprobará que cumple los requisitos, ordenará y remitirá junto con certificado según modelo CA, en un único envío los modelos SA a la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional Servicio de Iniciación Profesional. Los modelos SA deberán remitirse en el mismo orden en que aparecen en el modelo CA.
- Antes del 31 de julio de 2010 se presentarán las solicitudes según modelo SA, así como la certificación a que hace referencia el punto anterior, en la Conselleria de Educación o haciendo uso de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; dirigidas a la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional; Servicio de Formación Profesional; Sección de Iniciación Profesional; Av. Campanar, 32, 46015 Valencia.
Asimismo, cada centro enviará, por correo electrónico, una copia del archivo generado por el programa GESFCT, como archivo adjunto a la siguiente dirección: fct@gva.es
- El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la jefatura del Área de Formación Profesional de la Conselleria de Educación.
- La resolución provisional de asignación económica por centro y alumnado se comunicará a todos los centros que presentaron solicitudes, debiendo hacerse pública en los tablones de anuncios de los centros, a los efectos previstos en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 7.2.d del Reglamento nº 1828/2006 de la Comisión. Se dispondrá de un plazo de 8 días hábiles a contar desde el día siguiente a la comunicación para presentar reclamaciones ante la comisión de selección, la cual resolverá las reclamaciones y elevará propuesta a la jefatura del Área de Formación Profesional de la Conselleria de Educación.
- Vista la propuesta de la comisión de selección, la jefatura del Área de Formación Profesional de la Conselleria de Educación formulará propuesta de resolución a la directora general de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional, que por delegación del conseller, dictará resolución, antes del 11 de diciembre del año en curso, y se pondrá en conocimiento de todos los centros docentes que presentaron la documentación correspondiente, debiendo hacerse pública en los tablones de anuncios de los centros, a los efectos previstos en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 7.2.d del Reglamento nº 1828/2006 de la Comisión. Asimismo se informará a los interesados de que sus datos de carácter personal van a ser incluidos en un fichero de tratamiento automatizado, y que este tratamiento se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, y el Reglamento que la desarrolla; y que los interesados pueden ejercer sus derechos conforme a la misma ante el órgano convocante o tramitador.
- No se requerirá la publicación en el DOCV por cuanto se cumple lo establecido en el apartado 3 c) del artículo 18 de la Ley General de Subvenciones. La publicación en los tablones de anuncios de los Centros Docentes de las listas definitivas ya asegura la difusión necesaria de la resolución, lo cual justifica prescindir de la publicación en el DOCV de las mismas.
- La percepción de las ayudas previstas en esta convocatoria será incompatible con la percepción de otras con el mismo objeto.

- Impreso de solicitud normalizado.

Obligaciones

La obligación de cada uno de los beneficiarios es destinar el importe de la misma a paliar, parcialmente, los gastos ocasionados para acudir al lugar donde deban desarrollar sus prácticas formativas profesionalizadoras.

Las solicitudes de ayuda se formularán por escrito previo a la realización de las prácticas formativas.

[SA] SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA. PRÁCTICAS FORMATIVAS (PF)
[CA] CERTIFICACIÓN DEL ALUMNADO. PRÁCTICAS FORMATIVAS (PF)
[CE] CERTIFICACIÓN DE ENTIDADES COLABORADORAS. PRÁCTICAS FORMATIVAS (PF)
[ANEXO III] DECLARACIÓN RESPONSABLE
MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA

Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922


Preguntas frecuentes

No encuentro la solicitud de beca de transporte para mis prácticas de FP
Ayuda prácticas fp
¿Cómo puedo pedir la beca de transporte para las prácticas?
¿Qué requisitos hay para pedir la beca de transporte de prácticas en Valencia?
Ya hice las prácticas y no eché la beca de transporte, ¿puedo hacerlo ahora?
Tengo ayudas si estoy realizando la fct?
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.