Convocatoria de la XX Edición del Premio Literario de Narrativa de Mujeres correspondiente al año 2019.

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Convocatoria de la XX Edición del Premio Literario de Narrativa de Mujeres correspondiente al año 2019.

    Objeto del trámite

    La Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género, con el fin de promover e incentivar el papel de la mujer en la sociedad incluye en su programación anual una serie de actividades, destacando entre ellas la convocatoria de este concurso para fomentar y promover la escritura y la literatura de las mujeres en la Comunitat Valenciana y ofrecerles un cauce de expresión de su actividad creativa.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Podrá participar cualquier mujer mayor de edad y residente en la Comunitat Valenciana, pudiendo presentar un máximo de dos obras.

    Requisitos

    - Ser mujer mayor de edad y residente en la Comunitat Valenciana.
    - Encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Hacienda de la Generalitat, y con la Seguridad Social.
    - No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones que, en su caso, se le hubiesen exigido.

  • Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

    CUANTÍA
    - Se concederá un primer premio de 2.000 euros y dos accésits de 1.000 euros cada uno. Uno de los accésits recaerá necesariamente en la obra de una autora perteneciente a una asociación de mujeres.
    - El importe de los premios estará sujeto a la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que marca la Ley.
    - Se podrán conceder menciones especiales, sin dotación económica, si la calidad de las obras presentadas y no premiadas lo mereciesen, a consideración del jurado.
    PAGO
    - El pago se formalizará mediante transferencia bancaria en un único pago, previa presentación por las premiadas del Modelo de Domiciliación Bancaria (Anexo III de la orden de convocatoria).

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    El plazo de presentación será de veinte días hábiles, y comenzará a contarse al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el DOGV nº 8449, de 21.12.2018

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    En cualquiera de los registros de las sedes de la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género de:
    - Alicante: C/ Teatro, 37 - 39, CP-03001
    - Castellón de la Plana: Avda. Hermanos Bou, 81, CP-12003
    - Valencia: C/ de la Democracia núm. 77, Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4, CP-46018
    O en cualquiera de los lugares que, con carácter general, reconoce el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Por internet

    A través del enlace correspondiente:

    http://www.gva.es/inicio/procedimientos?id_proc=18498&version=amp

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    - Cada relato que se presente se entregará en un sobre grande, en el que se indicará únicamente su título y, en el caso de que su autora pertenezca a una asociación de mujeres, figurará también la palabra ASOCIACIÓN.
    - En el sobre se incluirán 5 copias, cada una de ellas precedida por una página con el título y sin identificación alguna de su autora, y que no será tenida en cuenta para el cómputo de la extensión del trabajo
    - Cada obra que se presente irá acompañada de una solicitud de participación, debidamente cumplimentada, cuyo modelo se adjunta como Anexo I, expresando la aceptación de las presentes bases, y a la que se le asignará un número de registro.
    - El apartado C) de la solicitud (ficha de identificación de la obra), sellado e identificado con el número de registro asignado, se pegará en la parte trasera del sobre en el que se ha entregado la obra. Asimismo se sellará cada una de las 5 copias presentadas en las que se hará constar dicho número de registro.
    - El apartado B) de la solicitud (resguardo para la autora), sellado e identificado con el número de registro asignado, será devuelto a la concursante, como justificante de su presentación.
    - El apartado A) de la solicitud (ficha para la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género), que incluye los datos personales de la autora de la obra, sellado e identificado con el número de registro asignado, se introducirá en un sobre, en el que también se hará constar dicho número de registro, que quedará en poder de la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género. Se acompañará de:
    a) Autorización expresa al órgano convocante, que se hará constar en el Anexo II, para que éste compruebe los datos de identidad de la persona solicitante mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad, según establece el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público.
    No obstante, si de la comprobación efectuada resulta alguna discordancia con los datos facilitados en la solicitud, quien instruya el procedimiento queda facultado para realizar las actuaciones procedentes para aclararla.
    Si la persona solicitante no presta su consentimiento, deberá aportar copia compulsada o autentificada del documento nacional de identidad, pasaporte o número de identificación de extranjero, según proceda.
    b) Autorización expresa al órgano convocante, que se hará constar en el Anexo II, para que éste compruebe los datos de domicilio y residencia de la persona solicitante mediante el Sistema de Verificación de Datos de Residencia, según establece el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público.
    No obstante, si la persona interesada no presta su consentimiento, ha modificado su empadronamiento en los dos últimos meses, o si el domicilio no consta en el Sistema de Verificación de Datos de Residencia o el que figura en él es diferente al facilitado, deberán aportar original, copia compulsada o autentificada del certificado de su empadronamiento.
    c) Autorización expresa al órgano convocante, que se hará constar en el Anexo II, para que éste obtenga, de forma directa, la acreditación, por medios telemáticos, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Hacienda de la Generalitat y Tesorería General de la Seguridad Social previstas en los artículos 17 y 18 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General del Subvenciones.
    No obstante, si la persona solicitante no presta su autorización, deberá aportar certificados positivos expedidos por la AEAT, por la Conselleria con competencias en Hacienda y por la Tesorería General de la Seguridad Social, expresivos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
    d) Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones que, en su caso, se le hubiesen exigido, incluida en el Anexo I.

    Impresos asociados

    [ANEXO I] SOLICITUD PARTICIPACIÓN XX EDICIÓN PREMIO LITERARIO DE NARRATIVA DE MUJERES. AÑO 2019

    [ANEXO II] AUTORIZACIÓN DE CONSULTA TELEMÁTICA DE DATOS PARA BECAS, AYUDAS, PREMIOS Y SUBVENCIONES

    MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    - Las obras presentadas serán examinadas por un jurado que emitirá veredicto vinculante para la resolución de la convocatoria por la persona titular de la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género.
    - El jurado podrá proponer dejar desierto cualquiera de los premios mediante acuerdo motivado, no pudiendo recaer en la misma persona más de uno.
    - La resolución de la convocatoria se hará pública.

    Recursos que proceden contra la resolución

    La resolución de la convocatoria del premio podrá ser impugnada mediante la interposición de uno de los siguientes recursos:
    - Recurso potestativo de reposición ante quien ostente la titularidad de la Conselleria de, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
    - Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación.

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    http://www.gva.es/inicio/procedimientos?id_proc=18498&version=amp

    Tramitación

    Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat.
    ( https://sede.gva.es/va/web/sede_electronica/sede_certificados ).
    IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello habrá que tener en cuenta que:
    1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo.
    2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase "DOCUMENTAR" de la tramitación telemática.
    3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago.
    4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación.
    PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA:
    a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales.

    b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite
    * Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo "SOLICITUD"
    * Especifique la materia objeto de la solicitud
    * Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante).

    c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede.

    d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación).

    e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro.
    Su presentación telemática habrá finalizado.

  • Información complementaria

    Características de las obras:
    · Deberán ser originales e inéditas en toda su extensión.
    · Podrán estar escritas, indistintamente, en valenciano o castellano.
    · Se presentarán mecanografiadas, con letra tipo Times New Roman o Arial de tamaño 12 y con interlineado doble, impresas en papel tamaño DIN A4 por una sola cara.
    · Tendrán una extensión mínima de 4 y máxima de 12 páginas.
    · El tema será libre.
    · Se presentarán sin firmar.
    - Los trabajos premiados serán cedidos por sus autoras a la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género, quien se reserva el derecho de divulgarlos o difundirlos públicamente y reproducirlos, sin que por ello las autoras, a quienes se les reconoce la propiedad intelectual de sus obras, devenguen derecho alguno.
    - La participación en la convocatoria implica dicha cesión, sin necesidad de autorización posterior.
    - No se devolverán a las autoras las obras presentadas
    - La participación en la convocatoria supone la total aceptación de sus bases.

    Criterios de valoración

    En la valoración de las obras presentadas el jurado tendrá en cuenta:
    -La calidad literaria.
    -La coherencia narrativa.
    -La defensa de valores no discriminatorios ni sexistas y la ruptura de estereotipos masculinos y femeninos tradicionales.

    Obligaciones

    Las personas premiadas, previamente al abono del premio y a efectos de proceder al mismo, deberán presentar el modelo de domiciliación bancaria, que se adjunta como Anexo III, debidamente cumplimentado.

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Orden 2/2016, de 25 de enero, de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio Literario de Narrativa de Mujeres correspondiente al año 2016 (DOCV núm. 7709, de 01/02/2016).
    - RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2018, de la Vicepre-sidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convoca el Premio Literario de Narrativa de Mujeres para el ejercicio 2019

    Lista de normativa

    Ver Orden 2/2016, de 25 de enero

    RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2018


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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