INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO. COSTE SALARIAL PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Plazo de tramitación:

En plazo del 11-01-2019 al 31-12-2019 incluidos

Plazo de resolución:

Tres meses.

Promover el mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo.

Quién puede solicitarlo

Los Centros Especiales de Empleo que posean la calificación administrativa como tales.

Requisitos y observaciones

Los Centros especiales de empleo que posean la calificación administrativa como tales.
Las actuaciones subvencionables deberán ir referidas a centros de trabajo situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, con independencia de que los centros especiales de empleo que sean beneficiarios de las subvenciones tengan o no su sede social en dicho territorio.
Asimismo, para ser beneficiarios de la subvenciones previstas en esta orden, los centros especiales de empleo deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que se efectuará según lo establecido en el artículo 22 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Subvención de coste salarial:.- Se presentarán por meses naturales, más dos correspondientes a las pagas extras obligatorias cuando estas no se prorrateen.
La solicitud se deberá realizar por cada uno de los meses naturales comprendidos dentro del periodo convocado, así como por las pagas extras correspondientes a dicho periodo cuando estas no hayan sido prorrateadas, en el plazo de dos meses a contar desde la finalización del periodo por el que se realiza dicha solicitud.
Subvención para la adaptación de puestos de trabajo ocupados por trabajadores con discapacidad, será de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se haya efectuado el pago del gasto ocasionado por la correspondiente adaptación. No obstante, dicha subvención podrá solicitarse con carácter previo a la realización del gasto subvencionable. En estos casos, se dictará si procede resolución de concesión de la subvención, condicionando su abono a la justificación de la realización y pago de la correspondiente adaptación subvencionada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la citada resolución.

Qué documentación necesito

- Impreso de Solicitud de subvención, al que se deberá de acompañar como documentación general:
- Para la ayuda de coste salarial se debe aportar:
La documentación indicada en el artículo 13 apartados 4 y 6 de las bases reguladoras contenidas en la Orden EIE/282/2016, de 17 marzo.
- Para la ayuda de adaptación del puesto de trabajo, dotación de equipos de protección o eliminación de barreras y obstáculos, previstas en la letra b) del artículo 11 de las bases reguladoras, se aportará además factura del gasto ocasionado por la adaptación, así como el correspondiente documento de pago.
Descargar formularios:
SUBVENCIONES A LA INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
ANEXO I. PARTE DE ALTAS, BAJAS Y VARIACIONES
ANEXO II. PARTE DE INCIDENCIAS
ANEXO III. DECLARACIÓN RESPONSABLE

Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

Estatal:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Autonómica:
- LEY 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
- DECRETO 212/2010, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón.
BASES REGULADORAS: - ORDEN EIE/282/2016, de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la integración laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo.
CONVOCATORIA 2019: ORDEN EIE/2111/2018, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/282/2016, de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la integración laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo.

Organismo responsable

Departamento de Economía, Planificación y Empleo

Más información

Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 228, indícanoslo para darte una mejor información

Gestión del trámite

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Antes de iniciar el trámite online necesitarás:

Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Descargar formularios:

SUBVENCIONES A LA INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO

ANEXO I. PARTE DE ALTAS, BAJAS Y VARIACIONES

ANEXO II. PARTE DE INCIDENCIAS

ANEXO III. DECLARACIÓN RESPONSABLE


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