Ayuda a los alquileres de las viviendas protegidas adjudicadas por la Comunidad Autónoma de Canarias

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Trámite electrónico

Objeto

  • Bonificación de la cuota de alquiler aplicable a arrendatarios mediante adjudicación de viviendas protegidas adjudicadas por la Comunidad Autónoma de Canarias
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
En realidad, los destinatarios son los arrendatarios mediante adjudicación de viviendas protegidas adjudicadas por la Comunidad Autónoma de Canarias
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Ser adjudicatario de una vivienda protegida adjudicada por la Comunidad Autónoma de Canarias, lo que conlleva otros requisitos, que se valoran en procedimientos previos.
  • Además, para volver a disfrutar de la ayuda al alquiler o solicitar la modificación de su importe es condición indispensable acreditar el estar al corriente en el pago del seguro contra incendios, de las cuotas de comunidad y de los alquileres de la vivienda. Excepcionalmente, y por causa justificada, en el caso de que los alquileres de la vivienda no se hayan satisfecho, el destinatario de la ayuda deberá presentar escrito de reconocimiento de la deuda pendiente en el que se recojan las fórmulas de pago de la misma, que deberán ser aceptadas previamente por el Instituto Canario de la Vivienda o, en su caso, por los promotores con los que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias haya suscrito el correspondiente convenio.
Tasas:
No se exigen
Cuantía
  • Se calcula en función del número de miembros de la unidad familiar y de los ingresos netos mensuales de la misma.
Criterios de valoración y baremación:
  • Se calcula en función del número de miembros de la unidad familiar y de los ingresos netos mensuales de la misma.
Forma de Abono:
  • Supone una reducción de la renta mensual que los arrendatarios deberían pagar por el alquiler de la vivienda

Medios de presentación

Electrónico:
Presencial:
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Por internet

Presencial

    • Solicitud
    • Declaración jurada sobre los miembros de la unidad familiar y el tiempo de convivencia de los mismos.
    • Nómina de los ingresos del mes anterior al de presentación de la solicitud
    • A falta de ingresos justificables por la percepción de ayudas públicas o como consecuencia del trabajo por cuenta propia o ajena
      • Declaración responsable de ingresos
    • Si se desea volver a disfrutar de la ayuda al alquiler o modificar su importe
      • Póliza del seguro que cubra los daños al continente (vivienda) por incendio, explosión, caída de rayo, agua o cualquier otro fenómeno externo y recibo acreditativo de su abono

      • Certificado expedido por la Junta Administradora de las viviendas de estar al corriente en el pago de las cuotas de la comunidad
    • Si se desea volver a disfrutar de la ayuda al alquiler o modificar su importe y no se encuentra al corriente en el pago de las cuotas de alquiler de la vivienda
      • Escrito de reconocimiento de la deuda pendiente y formula de pago aplazado de la misma

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Promoción Pública Las Palmas I.C.V. Servicio de Promoción Pública S/C de Tenerife I.C.V.

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Instituto Canario de la Vivienda (ICV)
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio El artículo 25.5 de la Ley General de Subvenciones.
    Articulo 3 del Decreto 221/2000, de 4 de diciembre, por el que se regula la ayuda a los alquileres de las viviendas de protección oficial adjudicadas conforme al Decreto 194/1994, de 30 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas promovidas por la Comunidad Autónoma de Canarias en régimen de alquiler.
    Recursos:
    Potestativo de Reposición

Normativa

  • Normativa autonómica

    Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (con las modificaciones introducidas por Leyes 1/2006, de 7 de febrero; 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales; Ley 2/2014, de 20 de junio; y 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la C.A.C. para 2016).

    Decreto 221/2000, de 4 de diciembre, por el que se regula la ayuda a los alquileres de las viviendas protegidas adjudicadas en régimen de alquiler por la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 168, de 27.12.2000)

    Decreto 77/2012, de 30 de agosto, que modifica los Decretos 135/2009, de 20 de octubre, por el que se regulan las actuaciones del Plan de Vivienda de Canarias para el período 2009-2012; 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda; 221/2000, de 4 de diciembre, por el que se regula la ayuda a los alquileres de las viviendas de protección oficial adjudicadas conforme al Decreto 194/1994, de 30 de septiembre, y 114/1999, de 25 de mayo, por el que se fijan las condiciones de venta y se establece la subvención para la adquisición de las viviendas de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias, acogidas a los Planes Canarios de Vivienda I y II, que fueron adjudicadas en régimen de alquiler (BOC nº 176, de 7.9.2012)

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      1608
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      220927

Oficinas de la administración

Agencia Canaria de Protección del Medio Natural

Rambla De Santa Cruz 149, 38071, Santa Cruz de Tenerife

Parque Nacional de Timanfaya

Calle La Mareta 9, 35560, Tinajo

Instituto Canario de la Vivienda en Arrecife

Via Medular 99, 35500, Arrecife

Eei las Rosas

Calle LAS AGÜITAS 2, 38428, San Juan de la Rambla

Secretaría General del Servicio Canario de la Salud

Avenida Juan XXIII 17, 35071, Pájara

Dirección General de Seguridad y Emergencias

Calle León y Castillo 57, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife

Avenida José Manuel Guimerá 10, 35071, Santa Cruz de Tenerife

Oficina de Empleo de Primero de Mayo

Avenida Primero de Mayo 11, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las

Oficina de Empleo Descentralizada de Tegueste

Calle El Carmen 7, 38280, Tegueste

Oficina de Empleo de Arucas

Calle Médico Anastasio Escudero Ruíz 1, 35400, Arucas

Oficina de Empleo de Gran Tarajal

Calle Maxorata 18, 35627, Tuineje

Direccion de Area de Salud de la Gomera

Avenida José Aguiar s/n, 38071, San Sebastián de la Gomera

Tel. 922141558

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