Convocatoria de subvenciones para la dinamización de las zonas comerciales abiertas de Canarias

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Objeto

  • Concesión de subvenciones para la dinamización de las zonas comerciales abiertas de Canarias.
A quién está dirigido:
Asociaciones y Organizaciones empresariales y Federaciones
Beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones que se convoquen conforme a estas bases, los organismos de gestión de las Zonas Comerciales Abiertas con personalidad jurídica propia, (Organizaciones/Asociaciones Empresariales/Comerciantes, Consorcios Público-privados, etc.) que asocien/integren directa o indirectamente a una parte relevante de las pequeñas y medianas empresas comerciales del área de actuación, que pretendan llevar a cabo alguna de las acciones incentivables previstas en la presente orden. A efectos de las presenten bases, las empresas comerciales deberán ser la mayoría de las empresas representadas en el organismo de gestión de la Zona Comercial Abierta.
También podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las federaciones y/o agrupaciones de los organismos de gestión previstos en el apartado anterior, siempre que se acrediten en la/s solicitud/es las ventajas de que la formulación se realice de forma agrupada. En este caso, también le son aplicables los límites contemplados en las presentes bases, en caso de los importes máximos, como la suma de limitaciones para cada uno de los organismos integrantes y en el caso de las baremaciones como la media aritmética de los resultados que obtendría cada Zona Comercial Abierta de forma individual.
Grado de administración electrónica:
Nivel 2: Descarga formularios
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • A los efectos del control de acumulación de ayudas se presume que la subvención otorgada revierte indirectamente en prestaciones a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) participantes en el proyecto, y que por estar asociadas/integrada en la entidad solicitante, se entiende obtenida por las mismas.
  • No estar incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
  • Hallarse al corriente de pago de la obligaciones tributarias y de la seguridad social.-
Cuantía
  • La dotación económica para la presente convocatoria será de 400.000,00 euros.-
Criterios de valoración y baremación:
  • 1. Nivel de gestión de la Zona Comercial Abierta: hasta 25 puntos.
  • Se valorará el grado de representatividad de la Organización/Asociación de Comerciantes dentro de la ZCA, la existencia de una gerencia profesionalizada y el desarrollo de acciones de gestión y promoción conjunta, existencia de imagen unitaria, así como la existencia de un plan estratégico previo.
  • a) Representatividad asociación. hasta 15 puntos.
  • Nº de establecimientos comerciales asociados respecto al total de establecimientos comerciales de su ámbito de actuación. hasta 10 puntos.
  • Nº de establecimientos comerciales asociados de su zona de actuación. hasta 5 puntos
  • Los límites de la Zona Comercial Abierta deben estar claramente definidos, en el mapa que debe presentar el solicitante que delimite su zona de actuación.
  • b) Gerencia y promoción. 5 puntos.
  • Que disponga de gerente y/o dinamizador y que lleven realizando actuaciones de dinamización y/o promoción en los últimos años.
  • c) Imagen unitaria. 3 puntos.
  • Que en el momento de la convocatoria tengan consolidada una imagen corporativa común (Distintivos de los establecimientos y de la propia ZCA).
  • d) Plan estratégico. 2 puntos.
  • Para la efectiva baremación se ha de presentar la documentación acreditativa de cada extremo, salvo que ya obre en poder del Centro Directivo, lo cual habrá de referenciarse, con el código de expediente
  • 2. Nivel de financiación acreditada del proyecto. hasta 19 puntos
  • - % del presupuesto asumido directamente por el organismo de gestión de la Zona Comercial Abierta. hasta 14 puntos
  • - % de otros organismos que patrocinen el proyecto. hasta 5 puntos
  • Para valorar este apartado se ha de presentar el compromiso de la entidad que participa y acreditarse en el momento de la justificación.
  • 3. Nivel de oferta. hasta 15 puntos.
  • a) Se valorará la intensidad comercial.
  • Nº de establecimientos comerciales por km.2 de la Zona Comercial. hasta 10 puntos
  • b) Marca de Calidad: se valorará el que la organización y/o los establecimientos comerciales y otros asociados hayan culminado procesos de certificación de calidad. hasta 5 puntos.
  • Nº de establecimientos de la Zona Comercial Abierta con certificados con la marca de calidad en el servicio de los comercios (Certificación en la UNE 175.001 y asimilables).
  • Nº de establecimientos de la Zona Comercial Abierta con establecimientos con la marca "Q" de calidad turística.
  • 4. Nivel del entorno de la Zona Comercial Abierta. hasta 6 puntos
  • En este apartado se valorará con 3 puntos cada una de las siguientes consideraciones:
  • Que esté inmersa o haya sido objeto de actuaciones urbanísticas de relevancia y/o tengan consolidado su carácter de zona comercial (Actuaciones urbanísticas acogidas a algunos de los programas europeos existentes en las instituciones).
  • Que cuenten con puntos de atracción que actúen como locomotoras en el área delimitada (Centros Comerciales, Hipermercados, Grandes superficies, Cines, Teatros, Zonas de Ocio y disfrute, restaurantes...).
  • 5. Los proyectos ubicados en las islas no capitalinas. 5 puntos.
  • 6. Por el orden cronológico de entrada: hasta 5 puntos.
  • Orden cronológico de entrada en el registro de solicitudes completas. A estos efectos se entenderán completas aquellas solicitudes que vengan acompañadas de la documentación indicada en la base décima y sin posibilidad de subsanación.
  • 7. A estos porcentajes se podrán añadir 5 puntos más, si el proyecto incide especialmente en el desarrollo sostenible y la preservación del medio ambiente con medidas concretas que vayan más allá de lo que impera la legislación vigente.
Forma de Abono:
  • Con carácter general, las subvenciones se abonarán en la modalidad de abono previa justificación, conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras. No obstante lo anterior, podrá concederse el abono anticipado para aquellos proyectos subvencionados que lo soliciten, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la presente Orden.

Medios de presentación

Presencial:
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:

Fecha Inicio: 5/11/2016 0:0

Fecha Fin: 21/11/2016 23:59

Por internet

Presencial

    • Solicitud
    • Datos de interés ANEXO 2
    • Relación de establecimientos asociados ANEXO 3
    • Datos técnico-económicos ANEXO 4
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Documentación acreditativa de la identidad del representante (DNI, NIE o pasaporte)
    • Memoria detallada de actividades
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • Declaración responsable en relación al artículo 6.1 del Reglamento (UE) nº 1407/2013,
    • Declaración de que la entidad solicitante esta dada de alta en el Sistema de Información Económico-Financiera y Logística de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogIC)
    • Declaración responsable de no tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración
    • Escritura de constitución debidamente registrada en la Dirección General de Trabajo
    • certificado bancario acreditativo del saldo medio del año inmediatamente anterior
    • Justificante de ingreso bancario de cuotas de asociados de los tres últimos meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria
    • Si el organismo de gestión de la zona comercial abierta es una Organización / Asociación Empresarial o si es una sociedad Mercantil / Mixta / Consorcio
      • Mapa que delimite su zona de actuación
      • Nóminas o contrato laboral o contrato de prestación de servicios de los gerentes y/o dinamizadores de la zona comercial abierta, en su caso
      • Compromiso de la entidad/es participante/s en el proyecto, en su caso
      • Certificación emitida por el órgano competente del nº de socios que tienen en la zona de actuación

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Quién tramita

Quién resuelve

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Decreto 5/2015, de 30 de enero que modifica el Decreto 36/2009, de 31 de marzo por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y Corrección de errores.-

    ORDEN de 18 de agosto de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de "Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias

    Orden de 27 de octubre de 2016, por la que se convocan subvenciones a proyectos de Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias, para el año 2016

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,


Oficinas de la administración

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Rambla De Santa Cruz 149, 38071, Santa Cruz de Tenerife

Parque Nacional de Timanfaya

Calle La Mareta 9, 35560, Tinajo

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