Procedimiento sancionador en materia Deportiva Capítulo II, título IX, de la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de Julio, del deporte).

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Procedimiento sancionador en materia Deportiva Capí­tulo II, tí­tulo IX, de la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de Julio, del deporte).

Presencial 012

Consejería:

Consejerí­a de Educación Cultura y Deporte

Dirección General:

Dirección General Deporte

Descripción:

Sancionar las conductas constitutivas de infracción administrativa en materia deportiva, a tenor de lo dispuesto en el capí­tulo II, tí­tulo IX, de la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte.

Tipo procedimiento:

Sancionador

Tipo de Inicio:

De oficio

Tipo de destinatario:

Comunes a todos

Tasa/Precio público:

No

Fecha:

06 de julio del 2010

Órgano instructor / Norma atributiva:

Dirección General de Deporte. Servicio de Deporte / Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC nº 134, de 11 de julio de 2000) y Decreto 72/2002, de 20 de junio, de desarrollo general de la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC 11 de julio de 2002).

í?rgano resuelve / Norma atributiva:

Gobierno de Cantabria (infracciones muy graves), Consejero de Educación, Cultura y Deporte (infracciones graves), Director General de Deporte (infracciones leves) / Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del deporte (BOC 11 de julio de 2000).

Plazo de resolución:

Seis meses, a partir de la fecha del acuerdo de incoación.

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Caducidad

Recursos:

Resoluciones dictadas por el Director General de Deporte: recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero de Educación, Cultura y Deporte. Resoluciones dictadas por el Consejero de Educación, Cultura y Deporte: recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejo de Gobierno de Cantabria. Resoluciones dictadas por el Consejo de Gobierno: recurso potestativo de Reposición / 1 mes si el acto fuese expreso y 3 si no lo es/ Consejo de Gobierno. Recurso contencioso. Adminsitrativo / 2 meses si el acto fuese expreso y 6 meses si no lo fuese.

Normativa:

Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC 11 de julio de 2000).

Información al ciudadano:

Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

3785650


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