AYUDAS DESTINADAS AL FOMENTO DE LA COOPERACIÓN EMPRESARIAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Mejorar la competitividad y el crecimiento de las Pymes de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través del desarrollo de proyectos colaborativos.

Destinatarios

  • Pymes de la Comunidad Autónoma de Extremadura que cuenten con centro productivo en la región, entendiendo por Pymes aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no excede de 50 millones de euros y cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros. Deberán adoptar alguna de las siguientes formas jurídicas: Personas físicas, Sociedades Anónimas, Sociedades Limitadas, Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación.
  • Comunidades de bienes y sociedades civiles que aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.
  • Asociaciones Empresariales, legalmente constituidas, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, así como aquellas asociaciones que tengan entre sus fines la cooperación de las empresas que la conforman.

Plazo de presentación

Hasta el 29 de octubre de 2016, inclusive.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Modelo de solicitud (Anexo I) -rellenable-

Decreto 137/2016, de 6 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº 175, de 12-09-16)

Orden de 23 de septiembre de 2016 por la que se realiza la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la anualidad 2016. (DOE de 29 de septiembre de 2016)

Extracto de la Orden de 23 de septiembre de 2016 por la que se realiza la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la anualidad 2016. . (DOE de 29 de septiembre de 2016)

Plazo normativo para resolver

En un plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de finalización de los períodos de selección fijados en la orden de convocatoria de las ayudas.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de alzada ante el Consejero de Economía e Infraestructuras en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, según lo dispuesto en los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Las pymes y las asociaciones empresariales solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Disponer de centro productivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Que el proyecto a subvencionar vaya dirigido a favorecer la competitividad y crecimiento de las pymes de la Comunidad Autónoma de Extremadura a través del desarrollo de proyectos colaborativos.
  • Que los proyectos colaborativos tengan alguna de las siguientes finalidades:

Proyectos de Reestructuración e Integración Empresarial, a realizar por al menos tres empresas, que tengan como objetivo la realización de procesos de reestructuración e integración empresarial que traigan como consecuencia, el desarrollo, con carácter permanente, de algunas de las áreas de negocio de cada una de las empresas participantes, mediante la constitución de una nueva unidad jurídica, participada por todas las empresas solicitantes de la ayuda.

Los proyectos deberán justificar, en todo caso, la inviabilidad de poder ser abordados de forma individual por cada una de las empresas solicitantes de la ayuda, siendo para ello imprescindible llevarlo a cabo de manera conjunta.

Los proyectos podrán referirse a buscar soluciones en materia de aprovisionamiento, logística, producción, comercialización conjunta u otra área estratégica de interés común.

Proyectos colaborativos entre pymes independientes, desarrollados y compartidos por un grupo de al menos tres pymes independientes, que tengan necesidades comunes y que traten colaborativamente de superarlas.

Esta tipología de proyectos, se enfocarán al desarrollo colaborativo puntual que suponga una mejora competitiva para las empresas participantes, sin que supongan la creación de una nueva entidad que vaya a continuar explotando sus resultados con carácter futuro y permanente.

Los proyectos deberán desarrollar cualquier tipo de actuación que genere, de manera evidente, una mejora competitiva para las empresas participantes en los mismos. En esta tipología de proyectos se podrá designar como organismo intermedio, bien a una de las empresas que participen en el proyecto, bien a una Asociación de carácter empresarial que tenga entre sus fines la cooperación de las empresas que la conforman. El organismo intermedio actuará como representante del proyecto frente a la Administración.

Para que un proyecto pueda ser considerado susceptible de ser subvencionado, en cualquiera de las dos modalidades de actuaciones subvencionables, deberá venir participado por al menos tres empresas, debiendo las mismas cumplir las siguientes condiciones.

No existirá vinculación entre las entidades participantes en el proyecto de que se trate y para el que se pretende solicitar la ayuda, de manera que ninguna de ellas podrá formar parte de los órganos de gobierno y administración de alguna o algunas de las restantes entidades solicitantes ni ostentar participación alguna en sus respectivos capitales, a excepción de la aportaciones económicas derivadas de la condición de socio que pudiera tenerse respecto a las Asociaciones que como tales participen en el proyecto. De la misma manera, en ningún caso existirá una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado entre las personas físicas que formen parte de los órganos de gobierno y administración de las entidades participantes en el proyecto.

Las empresas participantes en los proyectos deberán dejar constancia por escrito de los compromisos a adquirir por cada una de ellas, y de las aportaciones económicas que cada una de ellas destinarán para la realización del proyecto de colaboración.

Tanto las pymes como las Asociaciones Empresariales solo podrán participan en un único proyecto en cada convocatoria de ayudas, y no podrán participar como colaboradores externos, en el mismo proyecto que sea objeto de la subvención.

En el marco del Programa de Ayudas y para cada tipología de proyectos que a continuación se detallan, se subvencionarán los siguientes conceptos:

A) PROYECTOS DE REESTRUCTURACIÓN E INTEGRACIÓN EMPRESARIAL:

A 1. Gastos de Consultoría y asistencia técnica externa y especializada que sea necesaria para acometer el proyecto y que determine la viabilidad técnica, económica, financiera y comercial del mismo.

A 2 Gastos notariales, registrales y el asesoramiento técnico necesario para constituir jurídicamente la nueva entidad a constituir.

Se subvencionará el 80% de la inversión subvencionable, con un límite máximo de inversión subvencionable de 9.000 euros, IVA excluido, para la suma de los gastos A1 + A2.

A 3. Gastos de equipamiento técnico y logístico necesario para el funcionamiento habitual de la nueva unidad jurídica que se constituya para la ejecución del área de negocio a desarrollar de forma colaborativa, consistente en la adquisición e Implantación de software de gestión, licencias, y/o herramientas informáticas y equipamiento informático, de la nueva unidad jurídica.

Se subvencionará el 50 % de la inversión subvencionable, con un límite máximo de inversión subvencionable de 3.000 €, IVA excluido, para el conjunto de actuaciones amparadas en esta tipología de gasto.

A 4. Costes salariales y sociales derivados de la contratación de un gerente por parte de la nueva unidad jurídica, debiéndose acreditar la prestación de servicios para el desarrollo del proyecto subvencionado durante un mínimo de 9 meses, a jornada completa.

Se subvencionará el 75% de la inversión subvencionable, con un límite máximo de inversión subvencionable de 20.000 euros.

A 5. Gastos indirectos asociados al desarrollo de las primeras actividades de la nueva unidad jurídica constituida. En esta tipología de gasto tendrán carácter subvencionables los siguientes:

  • Gastos de viaje.
  • Alquileres (local).
  • Suministros (teléfono, fax, luz, agua, calefacción, todos ellos asociados a la ejecución de la actividad).
  • Material de oficina.

Se subvencionará el 75% de la inversión subvencionable, con un límite máximo de inversión subvencionable del 5% de los costes salariales subvencionados.

B) PROYECTOS COLABORATIVOS ENTRE PYMES INDEPENDIENTES.

B 1. Gastos de Consultoría y asistencia técnica externa y especializada que sea necesaria para acometer el proyecto y que determine la viabilidad técnica, económica, financiera y comercial del mismo.

Se subvencionará el 80% de la inversión subvencionable, con un límite máximo de inversión subvencionable de 9.000 euros, IVA excluido.

B 2. Costes salariales y sociales derivados del personal de las Asociaciones Empresariales que tengan entre sus fines la cooperación de las empresas que la conforman, cuando éstas sean designadas como Organismo Intermedio en el proyecto, debiéndose acreditar la labor de dicho personal durante un mínimo de 3 meses, a jornada completa.

Se subvencionará el 100% de la inversión subvencionable, con un límite máximo de inversión subvencionable de 6.000 euros, IVA excluido.

- Solicitud, acompañada de la siguiente documentación:

a). Memoria del proyecto a subvencionar, conforme al modelo del Anexo II Este documento deberá presentarse numerado y firmado por el solicitante.

b). Copia simple de la escritura de constitución de las empresas participantes en el proyecto, y en su caso de la asociación, o copia compulsada de la documentación sustitutiva en función de la figura jurídica de los solicitantes de la ayuda. En la tipología de proyectos de reestructuración e integración empresarial, se deberá aportar el CIF de la empresa a constituir, así como certificado de que no existe en el tráfico mercantil ninguna entidad con una denominación idéntica a la que se quiere constituir.

c). Presupuesto o facturas pro forma de las acciones subvencionables que pretenda llevar a cabo la entidad solicitante de la ayuda. En el supuesto en que los gastos proyectados en consultoría y/o equipamiento técnico sea superior a 12.000 euros, se deberán acompañar tres ofertas de diferentes proveedores, justificando el motivo de la elección cuando se opte por alguna que no sea la económicamente más ventajosa. En el supuesto de que adicionalmente, se solicite ayuda para la tipología de gastos de personal, o gastos indirectos, se deberá adjuntar Memoria de la actividad a realizar por el personal para cuya contratación se solicita la ayuda, debiendo contener un cronograma con tales actuaciones, así como los costes previsibles que tendrá dicho personal. De la misma manera, se deberá, en relación a los gastos indirectos, realizar una previsión de la cuantía de los mismos.

d). Contrato suscrito por todas las entidades participantes donde se recojan las obligaciones y derechos de todas ellas así como el compromiso de financiación de cada una de ellas y el porcentaje de financiación a asumir por cada una. En este contrato también deberá quedar constancia de la entidad elegida a efectos de representación frente a la Administración.

e). Certificados que acrediten que tanto la empresa o asociación solicitante de la ayuda, como cada una de las empresas participantes en el proyecto, se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, y de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como frente a la Seguridad Social, o autorización expresa al órgano gestor para recabar estos datos de oficio, recogida en el Anexo I.

Formularios de solicitud

Modelo de solicitud (Anexo I) -rellenable-

Anexos

a) Estructura y contenido mí­nimo del proyecto (Anexo II)

b) Solicitud de liquidación (Anexo III) -rellenable-

Decreto 137/2016, de 6 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº 175, de 12-09-16)

Orden de 23 de septiembre de 2016 por la que se realiza la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la anualidad 2016. (DOE de 29 de septiembre de 2016)

Extracto de la Orden de 23 de septiembre de 2016 por la que se realiza la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la anualidad 2016. . (DOE de 29 de septiembre de 2016)

Titular de la Dirección General de Empresa y Competitividad

Plazo normativo para resolver

En un plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de finalización de los períodos de selección fijados en la orden de convocatoria de las ayudas.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de alzada ante el Consejero de Economía e Infraestructuras en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, según lo dispuesto en los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura

í?rgano gestor

SERVICIO DE PROMOCIí?N EMPRESARIAL
PASEO DE ROMA, S/N Mí?DULO D 1ª PLANTA
06800 MERIDA
activacionempresa@gobex.es
924005489

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

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Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003

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