AYUDAS A LAS INVERSIONES PARA LA COMERCIALIZACIÓN EN COMÚN DE GANADO BOVINO

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Fomentar la actividad comerciali- zadora de entidades cuyo objeto social sea la comercialización de ganado bovino, mediante la realización de inversiones que mejoren sus estructuras de comercialización, posibilitando de este modo que puedan poner en el mercado mayores volúmenes de producto con unos mayores niveles de calidad y elaboración, teniendo en cuenta la necesidad del sector de conseguir concentraciones suficientes de la oferta que permitan a los productores primarios una adecuada viabilidad en un mercado cada vez más competitivo

Destinatarios

Podrán ser beneficiarias las empresas dedicadas a la comercialización en común de ganado bovino y que realicen las inversiones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Plazo de presentación

Hasta el 17 de octubre de 2016, inclusive.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Solicitud (Anexo I)

Decreto 102/2016, de 12 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las inversiones para la comercialización en común de ganado bovino en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº137, de 18-07-16)

Orden de 13 de septiembre de 2016 por la que se establece la convocatoria de ayudas a las inversiones para la comercialización en común de ganado bovino en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2016 (DOE Nº 183, de 22-09-16)

Extracto de la Orden de 13 de septiembre de 2016 por la que se establece la convocatoria de ayudas a las inversiones para la comercialización en común de ganado bovino en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2016

Plazo normativo para resolver

Plazo máximo de 6 meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la orden de convocatoria.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso potestativo de reposición

1.- Establecimientos radicados en Extremadura y estar comprendida dentro del objeto de su actividad empresarial, la comercialización de bovinos.

2.- Quedarán excluidos de la condición de beneficiarios aquellos en los que concurra alguna de las circunstancias contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 59, de 25 de marzo).

3.- No se concederán ayudas a empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común

La ayuda será del 50% del importe de los costes de las inversiones subvencionables, pudiendo incrementarse en 20 puntos porcentuales adicionales, en el caso de operaciones subvencionadas en el marco de la AEI (Asociación europea para la innovación) o de aquellas relacionadas con una unión de organizaciones de productores, hasta un máximo de 350.000 euros por solicitud.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) NIF de la empresa. El cual será consultado de oficio previa autorización otorgada por el solicitante marcando la casilla correspondiente del Anexo I.

b) Documento que acredite a la persona física firmante, como representante legal de la entidad (cuando se solicite por primera vez y en caso de modificación de la representación).

c) Copia de Escritura o documento de constitución. (Cuando lo solicite por primera vez o en caso de modificación de datos).

d) Copia de los Estatutos de la empresa o acto fundacional que le sustituya según el tipode persona jurídica que se trate en los que conste como objeto social la comercialización en común. (Sólo en caso de que se solicite por primera vez o en caso de modificación de datos).

e) Acuerdo de la Junta, Consejo Rector u órgano competente de la empresa para realizar la solicitud de la ayuda.

f) Declaración responsable, marcando la casilla correspondiente del Anexo I, del repre- sentante de la empresa solicitante, acreditativa de los siguientes datos y requisitos:

1º. Que el proyecto para el cual se solicita ayuda ha sido aprobado por el titular o elórgano competente en los términos que figuran en la solicitud, y no ha sido iniciadasu ejecución en la fecha de presentación de la misma.

2º. Que no está incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de la subvención, a tenor del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

g) Declaración responsable sobre las subvenciones o ayudas públicas solicitadas o recibidas para los costes subvencionables para los que se solicite la ayuda amparada en el Decreto 102/2016, de 12 de julio.

h) Memoria valorada del proyecto de inversión, que recoja debidamente detallados, desglosados y fundados los siguientes aspectos:

1º. Localización exacta del nuevo establecimiento o infraestructura en que consiste la inversión, incluyendo planos de situación y emplazamiento.

2º. Descripción de la actividad y de las medidas a desarrollar por la entidad, incluyendo su incidencia en la comercialización en común de bovinos y estimación de los bovinos a comercializar anualmente.

3º. Descripción de las inversiones proyectadas, así como el plan de financiación de las mismas y su evaluación económica.

4º. Programación por fases y anualidades del desarrollo y ejecución de las inversiones.

5º. Resumen del presupuesto de inversiones, con la valoración de las unidades de obra, instalaciones y equipamientos, para cada fase o anualidad prevista.

i) Facturas pro forma, en original o fotocopia compulsada, correspondientes a las inver- siones futuras subvencionables. En su caso, ofertas de los proveedores y memoria según lo establecido en el artículo 4.5 del Decreto 102/2016, de 12 de junio y el artícu- lo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

j) Relación de los socios integrantes de la empresa, indicando el NIF de los mismos, así como, datos censales y código REGA de sus explotaciones

Formularios de solicitud

Solicitud (Anexo I)

Anexos

Solicitud de pago (Anexo II)

Decreto 102/2016, de 12 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las inversiones para la comercialización en común de ganado bovino en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº137, de 18-07-16)

Orden de 13 de septiembre de 2016 por la que se establece la convocatoria de ayudas a las inversiones para la comercialización en común de ganado bovino en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2016 (DOE Nº 183, de 22-09-16)

Extracto de la Orden de 13 de septiembre de 2016 por la que se establece la convocatoria de ayudas a las inversiones para la comercialización en común de ganado bovino en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2016

Titular de la Consejería

Plazo normativo para resolver

Plazo máximo de 6 meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la orden de convocatoria.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso potestativo de reposición

í?rgano gestor

SERVICIO DE PRODUCCIí?N AGRARIA
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