Medidas para facilitar el pago de las cuotas de alquiler pendientes de las viviendas de protección pública de promoción directa en ARRENDAMIENTO

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Facilitar (en el ámbito de las Medidas sobre Viviendas de titularidad pública) el pago de las cuotas de alquiler pendientes, de las viviendas de protección pública de promoción pública en arrendamiento.

El interesado podrá solicitar a la administración o entidad propietaria la adopción de las siguientes medidas:

  1. Moratoria en el pago de la renta mensual, consistente en la interrupción del pago de la renta mensual durante un plazo inicial de un año, prorrogable anualmente hasta un máximo de cuatro, si persisten las circunstancias que motiven la concesión.
  2. Reducción de la renta mensual, consistente en la reducción de la cantidad a pagar en concepto de renta durante un plazo inicial de un año, prorrogable anualmente hasta un máximo de cuatro, en caso de que persistan las circunstancias que motiven la concesión
  3. Reestructuración de la deuda pendiente de pago, consistente en el establecimiento de un plazo de 5 años para su abono.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas que hayan suscrito un contrato que se encuentre vigente con una administración pública o con una entidad del sector público para el arrendamiento de una vivienda de protección pública de promoción pública.

Lugar y Forma de presentación

Presencial:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Ocupar la vivienda en virtud del citado contrato de arrendamiento, como residencia habitual y permanente del solicitante y, en su caso, de su unidad familiar o de convivencia, con una antelación de al menos 12 meses a la fecha de solicitud, acreditada mediante certificado de empadronamiento.
  • Tener unos ingresos familiares, calculados conforme a los criterios que se señalen por orden de la consejería competente en materia de vivienda, inferiores a 2,5 veces el IPREM, o bien que las cantidades que estén obligados a pagar por la vivienda superen la tercera parte de dichos ingresos.
  • Estar al corriente en el pago de las cuotas de la comunidad de propietarios, o en caso contrario aportar compromiso de ponerse al corriente en dicho pago con carácter previo a la resolución solicitada, como condición cuyo incumplimiento impedirá que se dicte aquella.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

  • a) Certificado de empadronamiento del solicitante/s y, en su caso, de la unidad familiar o de convivencia.
  • b) Declaración responsable relativa a la composición e ingresos del solicitante/s y, en su caso, de la unidad familiar o de convivencia, así como de estar al corriente en el pago de las cuotas de la comunidad de propietarios o, en caso contrario, compromiso de ponerse al corriente en dicho pago con carácter previo a la resolución solicitada, como condición cuyo incumplimiento impedirá que se dicte aquella.
  • c) En caso de no estar obligado/s a presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de conformidad con su normativa reguladora, documentación acreditativa de los ingresos señalados en la declaración responsable.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Prorrogado hasta el 20/12/2021 (ACUERDO 186/2019, de 21 de noviembre - BOCyL 25-11-2019).

Plazo de resolución

  • 3 meses

Notificación

  • Por correo postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Recursos

  • Alzada.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Legislación aplicable

  • Ley 10/2013, de 16 de diciembre, de medidas urgentes en materia de Vivienda (BOCyL 20-12-2013)
  • Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 07-08-2010)
  • ACUERDO 186/2019, de 21 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se prorrogan las medidas previstas en los Capítulos III y IV de la Ley 10/2013, de 16 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda (BOCyL 25-11-2019)

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Fomento

Órgano que resuelve:

Servicios Territoriales de Fomento

Tramitación electrónica

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