Subvenciones del Programa «Jóvenes Solidarios de Castilla y León» (2017)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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BDNS (Identificador)

341216

Fecha de publicación

6 de abril de 2017

Objeto

Convocar, para el ejercicio 2017, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), para:

  • Financiar las plazas que van a integrar el Programa «Jóvenes Solidarios de Castilla y León»
  • Seleccionar a los participantes de dicho programa.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 7 de abril de 2017 hasta el 10 de mayo de 2017

Más Detalles:

El plazo para la presentación de solicitudes, tanto por parte de las ONGD que quieran participar, como para los Jóvenes que quieran ser destinatarios del Programa, será de 20 DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las Organizaciones No Gubernamentales, constituidas como Agentes de Cooperación al Desarrollo
  • Los destinatarios de los programas serán jóvenes castellanos y leoneses que deseen formarse y adquirir experiencia en Cooperación al Desarrollo

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para ser beneficiarios de las subvenciones las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) deberán cumplir los siguiente requisitos:

  • a) Figurar inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León regulado en el Decreto 46/2008, de 26 de junio, y en su normativa de desarrollo.
  • b) No incurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Igualmente los destinatarios posteriores del Programa «Jóvenes Solidarios de Castilla y León» deberán cumplir una serie de requisitos:
  • a) Haber nacido en la Comunidad de Castilla y León o ser residente en esta Comunidad, con al menos dos años de antigüedad, en el momento de presentar la solicitud. Para la acreditación de la residencia y de la antigüedad de dos años o más, será necesario aportar el certificado de empadronamiento del año en curso en donde conste la fecha de alta.
  • b) Tener cumplidos 21 años de edad y ser menor de 36 en el momento de presentación de la solicitud.
  • c) No haber sido seleccionado en convocatorias anteriores de este programa, a excepción de los participantes en la modalidad denominada: «Curso práctico de sensibilización y formación en cooperación al desarrollo en los países empobrecidos».
  • d) No haber sido seleccionado de cualquier otro programa de ámbito nacional o internacional, ni haber participado en acciones de desarrollo humano sostenible, que supongan la estancia continuada en países en desarrollo por tiempo superior a 45 días, en los últimos 8 años.
  • e) No padecer enfermedad que limite su participación en las actividades del proyecto de voluntariado ni en las de sensibilización y formación.
  • f) No haber renunciado, de manera no justificada, en la convocatoria anterior a la condición de beneficiario propuesto o titular. A estos efectos, únicamente se considera renuncia justificada las señaladas en el artículo 42 de la presente orden.

¿Para qué es la ayuda?

El Programa «Jóvenes Solidarios de Castilla y León» permitirá a los jóvenes seleccionados participar en acciones de cooperación para el desarrollo y fomentar entre ellos el valor de la solidaridad mediante su integración, en proyectos de desarrollo que aquellas estén llevando a cabo en países empobrecidos. Se considerarán países de destino para este programa, los contemplados en el artículo 6 de la Ley 9/2006, de 10 de octubre de Cooperación al Desarrollo, los establecidos en el II Plan Director de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León 2013-2016, y en concreto los siguientes:
a) África Subsahariana: Burkina Faso, Etiopía, Kenia, Mozambique, Senegal y Tanzania.
b) América Central y Caribe: El Salvador, Guatemala, Haití, República Dominicana, Honduras y Nicaragua.
c) América del Sur: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.
d) Asia: India.
Se excluirán del programa aquellos países que, a pesar de aparecer como prioritarios, puedan suponer cualquier tipo de riesgo o no garanticen las condiciones de seguridad de los participantes. El período de estancia en terreno de la persona seleccionada deberá iniciarse durante el ejercicio en que se concedió la subvención, por un tiempo mínimo de dos meses y máximo de tres.
El período de estancia en terreno de los candidatos seleccionados deberá iniciarse durante el ejercicio en que se concedió la subvención, por un tiempo mínimo de dos meses y máximo de tres.

Cuantía

  • El importe máximo de la subvención será de 3.000 € por plaza seleccionada.
  • El importe de la subvención solicitada deberá ser proporcional al coste efectivo de los gastos imputados a la actividad, así como al tiempo y duración de la estancia, a la renta per cápita del país de destino y al coste del transporte.
  • El importe de la subvención concedida para cada plaza seleccionada se corresponderá con la cuantía solicitada, siempre que el tipo de gastos imputados resulte proporcional a su coste efectivo, con el límite señalado en el apartado primero. En caso contrario podrá asignarse una cuantía inferior a la solicitada.
  • Los jóvenes seleccionados, como contribución a los gastos que origine su participación en el programa, deberán aportar una cuantía fija complementaria a la subvención otorgada, de 150 €.
  • Esta aportación se realizará directamente a la ONGD beneficiaria de la subvención mediante transferencia bancaria y en un plazo máximo de quince días naturales contados desde la publicación de la resolución del proceso de selección de los jóvenes particip

¿Qué documentos necesito?

? Los documentos que deben presentar las Entidades para participar en el proceso de SELECCIÓN DE PLAZAS son los siguientes:
1. Solicitud y datos relativos a la entidad solicitante (los que figuren en el Registro de Agentes de Cooperación para el desarrollo de la Junta de Castilla y León) y al proyecto, firmada por el presidente de la entidad o por el representante legal, que incluirá declaración responsable de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de no incurrir en ninguna de las prohibiciones ni causas de incompatibilidad para obtener la condición de beneficiario previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Datos relativos al proyecto de voluntariado que se presenta.
? Los Jóvenes que deseen participar en el PROCESO DE SELECCIÓN deberán presentar Solicitud, conforme al modelo normalizado, a la que deberá adjuntarse la siguiente documentación:

Documentación a presentar de los JOVENES PARTICIPANTES (69 kbytes)

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Cooperación al Desarrollo

Órgano que resuelve:

Consejero de la Presidencia

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES contados a partir de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá DESESTIMADAS.

Notificaciones

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional

Selección de las Plazas

  • El procedimiento de selección consistirá en la valoración de los proyectos aportados por los solicitantes por una Comisión de Valoración que emitirá un informe en el que se concretará el resultado de su evaluación y el orden de prelación.
  • El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe vinculante de la Comisión de Valoración, dictará la propuesta de resolución que será expuesta en el tablón de anuncios de la consejería competente y en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano, durante un plazo de diez días hábiles.
  • La resolución será motivada, contendrá los solicitantes a los que se les concede la subvención y su cuantía, las solicitudes desestimadas por insuficiencia de crédito, las restantes solicitudes desestimadas y las excluidas por incumplimiento de los requisitos.
  • La resolución se publicarán en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y también en Internet a través de la página Web de la Junta de Castilla y León.

Proceso de selección de candidatos

  • El procedimiento de selección consistirá en la valoración de los méritos aportados por los solicitantes y en una entrevista personal que llevará a cabo una Comisión de Selección que emitirá un informe en el que se concretará el resultado de su evaluación y el orden de prelación.
  • El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Selección, efectuará la propuesta de resolución en la que se expresará la relación de candidatos seleccionados para formar parte del Programa «Jóvenes Solidarios de Castilla y León», con indicación de las plazas asignadas. La propuesta de resolución de los candidatos seleccionados será expuesta en el tablón de anuncios de la consejería competente y en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano durante un plazo de diez días naturales.
  • La resolución será motivada, contendrá los candidatos seleccionados, la bolsa de suplentes y, de manera expresa, la desestimación del resto de solicitudes. Los candidatos que hayan superado la fase de entrevista con la puntuación mínima establecida en la convocatoria, y que no hayan obtenido plaza en el programa quedarán en reserva para hacer frente, a las renuncias que pudieran producirse, atendiendo al perfil de la plaza subvencionada vacante.
  • La resolución se publicará tanto en el «Boletín Oficial de Castilla y León» como a través de la página web de la Junta de Castilla y León (www. jcyl.es).

Compatibilidad con otras subvenciones

  • Las subvenciones concedidas al amparo de las presentes bases no serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, otorgadas por otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales..

Resolución. Beneficiarios

Tramitación electrónica

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