ACREDITACIÓN DE ENTIDADES Y ACTIVIDADES DE FORMACIÓN PARA EL USO DE DESFIBRILADORES SEMIAUTOMÁTICOS EXTERNOS POR PERSONAL NO FACULTATIVO

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Dentro de la máxima urgencia las enfermedades cardiovasculares y los accidentes cardiacos, por sus fatales consecuencias, han de recibir una respuesta inmediata. Las causas más frecuentes de esta situación en un adulto, en el medio extrahospitalario, son la fibrilación ventricular y la taquicardia ventricular sin pulso y está reconocido científicamente que la desfibrilación eléctrica precoz es el medio más efectivo para conseguir recuperar la vida, evitando o minimizando las secuelas.
Por ello, mediante éste procedimiento ser regula la formación, inicial y continuada, del personal, con el fin de capacitarlo en el uso del desfibrilador semiautomático externo en la atención a pacientes que hayan sufrido una parada cardiaca.
Se entiende por desfibrilador semiautomático externo (en adelante DESA): el dispositivo electromédico, homologado para su uso de acuerdo con la legislación vigente, dotado de un sistema computerizado de análisis del ritmo eléctrico cardiaco capaz de identificar las arritmias mortales tributarias de desfibrilación e informar de cuando es necesario administrar una descarga eléctrica con la finalidad de restablecer un ritmo cardiaco viable, con altos niveles de seguridad.

Destinatarios

Entidades de Formación

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Modelo de Solicitud

Orden de 23 de octubre de 2009 por la que se establecen los requisitos mínimos de acreditación de entidades y actividades de formación para el uso de desfibriladores semiautomáticos externos por personal no facultativo (D.O.E. Nº 216, de 10-11-09)

Decreto 10/2008, de 25 de enero, por el que se regula el uso de desfibriladores semiautomáticos externos por personal no facultativo (D.O.E Nº 22, de 01-02-08)

Plazo normativo para resolver

Seis meses, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro competente.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

El programa de formación para la utilización de DESA irá destinado a cualquier persona que cumpla el requisito de ser mayor de 18 años de edad.
* PERSONAL DOCENTE:
1. El personal encargado de impartir esta formación, deberá reunir los siguientes requisitos:

  • Haber cursado un programa de formación de formadores reconocido por el Consejo Español de Reanimación Cardiopulmonar (en adelante CERCP).
  • Estar inscritos en el registro de entidades o particulares acreditados como formadores en la utilización de DESA, de la Consejería competente en materia de sanidad.
  • c) Tener la citada acreditación actualizada.

2. La dirección de los cursos corresponderá a un médico o diplomado universitario en enfermería que sea Monitor de Soporte Vital Básico y Desfibrilación Externa Semiautomática y/o Instructor de Avanzada de un programa de formación de formadores reconocido por el CERCP.
* MATERIAL DIDÁCTICO:
1. A cada alumno/a se les dotará como mínimo de:

  • Una guía de Soporte Vital Básico o de Soporte Vital Básico más Desfibrilación Externa Semiautomática, avalada por el CERCP del programa impartido.
  • Documentación del curso, con el cronograma, los objetivos y listado de docentes.

2. El personal docente contará, como dotación necesaria para grupo de 6 alumnos, con los siguientes medios:

  • Maniquí de simulación que permita la práctica de maniobra de soporte vital básico (vía aérea, masaje cardiaco externo y utilización del desfibrilador semiautomático externo).
  • Mascarillas para ventilación.
  • Juego de cánulas orofaríngeas de diferentes calibres.
  • Un desfibrilador semiautomático externo de formación homologado.
  • Material para las exposiciones teóricas: Ordenador, cañón de proyección, power point.

- Solicitud, acompañada de:

  • Escritura de constitución de la entidad, de su CIF así como poder y NIF de su representante legal. En el caso de que sea trabajador autónomo deberá presentar fotocopia de los documentos que acrediten cumplir con todos los requisitos legalmente establecidos para el ejercicio de su actividad. En caso de utilizar marcas comerciales en su actividad, deberá acreditar su propiedad y registro.
  • No se admitirán solicitudes cuyos proveedores sean personas físicas, excepción hecha de los trabajadores autónomos.
  • Titulación del responsable de la formación y del personal formador, los títulos de instructores y monitores de soporte vital. Estos títulos deberán estar expedidos por entidades públicas o privadas, cuyos programas de formación hayan sido acreditados por cualquiera de los sistemas de acreditación de reconocido prestigio -Consejo Europeo de Resucitación (ERC), la Sociedad Americana del Corazón (AHA)- o figurar en el registro de formadores en soporte vital de la Consejería competente en materia de sanidad.
  • Programas de formación que se proponga impartir, de conformidad con el contenido recogido en el Anexo I del citado Decreto 10/2008, de 25 de enero, por el que se regula el uso de desfibriladores semiautomáticos.
  • Documentación acreditativa de la disponibilidad de instalaciones adecuadas para impartir la formación, tanto teórica como práctica.
  • Documentación que deje constancia de la disponibilidad de material docente apropiador para los cursos a impartir, que deberá ser, al menos, la prevista en el artículo 5.2 de la Orden de 23-10-09 y en el Anexo II del Decreto anteriormente citado.

Formularios de solicitud

Modelo de Solicitud

Orden de 23 de octubre de 2009 por la que se establecen los requisitos mínimos de acreditación de entidades y actividades de formación para el uso de desfibriladores semiautomáticos externos por personal no facultativo (D.O.E. Nº 216, de 10-11-09)

Decreto 10/2008, de 25 de enero, por el que se regula el uso de desfibriladores semiautomáticos externos por personal no facultativo (D.O.E Nº 22, de 01-02-08)

Plazo normativo para resolver

Seis meses, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro competente.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Secretaría Técnica de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de Extremadura

Dirección General de Planificación, Calidad y Consumo

Consejería de Salud y Política Social

C/ Jerusalén, 2

06003-BADAJOZ

Teléfono: 924014753

correo electrónico: joseluis.ferrer@gobex.es

í?rgano gestor

(S.E.S) - DIRECCIí?N GRAL. DE ASISTENCIA SANITARIA
AVDA. DE LAS AMí?RICAS, 2
06800 MERIDA
dg.asisan@salud-juntaex.es
924382511/10

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003

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