COMUNICACIÓN DE HUELGA

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Finalidad

Tener conocimiento de la huelga, y a través de la mediación, conciliación o arbitraje, dar solución a la misma.

Destinatarios

Trabajadores o sus representantes.

Plazo de presentación

- 10 días naturales antes de la huelga, si afecta a un servicio público.
- 5 días naturales antes de la huelga, en los demás casos.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. (BOE 255, de 24-10-2015)

Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo (B.O.E. Nº 58, DE 09-03-1977)

Efecto del silencio administrativo

Sin efecto de silencio

Impugnación ví­a administrativa

- Escrito, legitimado por los representantes de los trabajadores (comités de empresa, delegados de personal, sindicatos, etc..) conteniendo:
* objetivos.
* gestiones realizadas.
* fecha de inicio.
* composición del comité de huelga.

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. (BOE 255, de 24-10-2015)

Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo (B.O.E. Nº 58, DE 09-03-1977)

Efecto del silencio administrativo

Sin efecto de silencio

Impugnación ví­a administrativa

Al amparo de la Fundación de Relaciones Laborales, el Servicio de Mediación y Arbitraje de Extremadura es el instrumento de gestión de los procedimientos de solución autónoma de conflictos previstos en el ASEC-EX y desarrollados en su Reglamento de Aplicación.

A través de los procedimientos de mediación-conciliación y de arbitraje el Servicio ofrece a las partes de la relación laboral la oportunidad de resolver sus diferencias por medio del diálogo y la negociación, coadyuvando a la búsqueda de soluciones basadas en el consenso y adaptadas a la realidad de cada caso.

Mediante acuerdo interprofesional este Servicio ha asumido la función mediadora en conlictos laborales de naturaleza colectiva que en la Administración Autonómica desarrollan las Unidades de Mediación, Arbitraje y Conciliación cuando las partes no se sometan al ASEC-EX.

Toda la información sobre el Servicio de Mediación y Arbitraje de Extremadura en http://www.frlex.es/

- Si lo desea puede contactar por correo electrónico en la siguiente dirección: trabajoysanciones@gobex.es

í?rgano gestor

D. GRAL. DE TRABAJO
PASEO DE ROMA S/N, Mí?DULO D, 2ª PLANTA
06800 MERIDA
dgt.eye@gobex.es
924005262

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Centro de Empleo de Mérida 1

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Tel. 924003035

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Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

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