Ayuntamiento de Algeciras

  • Solicitud renovación padronal para extranjeros

    Los extranjeros no comunitarios que estén empadronados en la localidad y a los que le cuenten más de 2 años sin realizar ningún movimiento padronal, están obligados a renovar su inscripción mediante presentación de un formulario, acompañado de la pertinente documentación acreditativa de su identidad (pasaporte, tarjeta de residencia).

    El ayuntamiento, a instancias del INE, podrá iniciar el procedimiento de baja padronal de oficio contra aquellos que no hayan efectuado esta renovación. Los extranjeros comunitarios que no estén inscritos en el registro central de extranjeros del ministerio de interior estarán sujetos a renovación cada 2 años. Los que si dispongan de dicha inscripción, cada 5 años.

    Esta solicitud puede ser cumplimentada a mano (utilizando mayúsculas tipo imprenta) o electrónicamente rellenando los campos correspondientes. Una vez cumplimentada y firmada debe presentarse en la Delegación de Estadística, en la C/ Regino Martínez nº 7.

    También podrá realizarse de manera electrónica en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Algeciras haciendo uso del DNI electrónico o de un de un certificado digital.

    Solicitud de renovación de la inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia (289 KB)

    Solicitud de renovación de la inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia representada (menores de edad) (385 KB)

  • Solicitud subvención asociaciones

    Para solicitar una subvención debe estar inscrito en el registro Municipal de Asociaciones de este Excmo. Ayuntamiento y actualizada en el ejercicio en el que se pretende solicitar dicha subvención, estar al corriente de los pagos de los Impuestos Municipales y al día del cumplimiento de las Obligaciones Fiscales con la Agencia Tributaria.

    Documentos a presentar
    Certicado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Inexistencia de Inscripción como Empresario en el Sistema de la Seguridad Socialy un certicado Bancario donde aparezca el Nº de Cuenta de la Sociedad solicitante.


    Plazo de presentación
    El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el 1 de ENERO hasta el 30 de ABRIL del año para el que se solicita la subvención.

    Solicitud subvención asociaciones fiestas (308 KB)

  • Solicitud tasa sobre recogida domiciliaria de basuras


    FAQ – TASA SOBRE RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS

    Pregunta: He vendido mi piso este año, ¿tengo que pagar el recibo de la tasa de basura?.

    Respuesta: Sí, esta tasa es de carácter anual y se gira a los propietarios a 1 de enero.

    Pregunta: Somos familia numerosa y queremos saber si nos corresponde alguna bonificación en la tasa de basura?.

    Respuesta: Sí, las familias numerosas titulares pueden solicitar una bonificación.

    Pregunta: Si el edificio ha sido declarado en ruinas por el Ayuntamiento, ¿está exento de pago de la tasa por la recogida de basuras en el año siguiente a la declaración de ruina?.

    Respuesta: Sí, porque legalmente ha sido declarado en ruinas por el Ayuntamiento.

    Pregunta: La casa en la que vivía está en ruinas no de manera oficial, ¿tengo que pagar este año el recibo de la tasa de basura?.

    Respuesta: Sí, porque hasta que no se declare dicha situación por la autoridad competente usted tiene la obligación tributaria sobre dicha tasa.

    Pregunta: Somos familia numerosa, ¿qué plazos tenemos para solicitar la bonificación en la tasa de basura domiciliaria?.

    Respuesta: Desde el 2 de enero al 31 de marzo de 2015. Esta bonificación hay que renovarla anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año.

    Pregunta: Soy pensionista y mi salario es de 470 € ¿podría acogerme a alguna bonificación en la tasa de recogida de basura?.

    Respuesta: Sí, porque no supera el salario mínimo que está establecido en 648,60 € mensuales y se establece una tarifa de 6 €.

    Pregunta: Actualmente, me encuentro en situación de desempleo y los ingresos que percibe mi unidad familiar ascienden a 900 € mensuales ¿tendría derecho a una bonificación en la tasa de basura domiciliaria?.

    Respuesta: Sí, usted previa solicitud puede acogerse a una tarifa de 9 €..

    Pregunta: Somos familia numerosa y con nosotros vive un familiar que no percibe ninguna prestación de desempleo. Nuestros ingresos son de 1.000 € al mes ¿tenemos derecho a alguna bonificación por la tasa de basura?.

    Respuesta: Sí, podréis acogeros a una bonificación en la tasa de basura domiciliaria cuya tarifa sería de 15 €.

    Pregunta: Debo pagar la tasa de una vivienda que sólo habito los fines de semana y los meses de verano?.

    Respuesta: Sí, porque las viviendas destinadas a domicilio de carácter familiar o similar deben tributar de manera voluntaria.

    Pregunta: Me han facturado mal esta tasa, ¿a quién tengo que dirigirme?.

    Respuesta: Puede dirigirse a Administración Tributaria en la calle Sindicalista Luis Cobos nº2-2ª planta de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. O mediante correo electrónico a la dirección atencionalciudadano@ayto-algeciras.es

    Solicitud Tasa sobre recogida domicilaria de basuras (392 KB)

  • Traslado de peticiones vecinales

    La Delegación de Participación y Atención al Ciudadano media en las relaciones de las asociaciones vecinales con el Ayuntamiento traslandando por escrito sus peticiones a la delegación municipal competente en la materia.

    Las asociaciones pueden exponer los problemas o carencias que adolecen la barriada para su subsanación por parte del Ayuntamiento cuando sea su competencia. Esta solicitud se puede realizar mediante escrito presentándola en el Registro General, o bien en las reuniones periódicas que la delegada mantiene con las asociaciones.

    Las peticiones también pueden ser de particulares sin vinculación alguna con asociaciones. Estas son resueltas directamente por la delegación cuando hacen referencia a peticiones de información o asesoramiento, sin necesidad de trámite alguno por parte del vecino.

    También se puede acceder al trámite a traves de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Algeciras>Ventanilla Única.

    Solicitud Asociaciones Vecinales (391 KB)

  • Venta ambulante en el Mercadillo Semanal

    Las personas que quieran solicitar la autorización municipal para el Mercadillo Semanal deberán cumplir con los siguientes requisitos:

    • Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente, y al corriente en el pago del impuesto de actividades económicas o, en caso de estar exentos, estar dado de alta en el censo de obligados tributarios.
    • Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda, y al corriente en el pago de las cotizaciones de la misma.
    • Los prestadores de terceros países deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo.
    • Tener contratado un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de la actividad comercial.
    • En el caso de que los objetos de venta consistan en productos para la alimentación humana, las personas que vayan a manipular los alimentos deberán estar en posesión del certificado correspondiente acreditativo de la formación como manipulador de alimentos.
    • Tener carnet profesional de vendedor ambulante.
    • Tener cumplidos 18 años.

    Las solicitudes habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, conforme al modelo adjunto. En el mismo se acompañará una declaración responsable en la que se acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos:

    Estar dado de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes del Impuesto sobre Actividades Económicas o, en su caso encontrarse en alguno de los supuestos de exención establecidos por la normativa vigente.

    Estar dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda, y al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social.

    Los prestadores procedentes de terceros países deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo.

    Tener contratado un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de la actividad comercial.

    Estar al corriente de las tasas que se establezcan por el aprovechamiento del dominio público relacionado con la actividad de comercio ambulante.

    En el caso de que los objetos de venta consistan en productos para la alimentación humana, estar en posición del certificado correspondiente acreditativo de la formación como manipulador de alimentos.

    Asimismo, en el caso de personas jurídicas, se habrá de presentar una relación acreditativa de los socios o empleados que van a ejercer la actividad en nombre de la sociedad así como la documentación acreditativa de la personalidad y poderes del representante legal de la persona jurídica.

    El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

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